México

“No queremos jefes”

Reforma de apps choca con flexibilidad de repartidores; dicen no a la “subordinación”

09/11/2024 - 1:00 pm

La propuesta del gobierno federal busca proteger los derechos laborales en el trabajo de plataformas digitales. Y mientras una parte de la fuerza laboral apoya esta iniciativa, otra prefiere conservar su independencia.

Ciudad de México, 8 de noviembre (SinEmbargo).– La reforma para regular el trabajo por plataformas digitales es inminente. Luego de las últimas reuniones con representantes de trabajadores y empresas, como Uber, DiDi y Rappi, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) alista la versión final de la propuesta en la que se contempla la subordinación flexible y la forma de trabajo independiente.

Con ello, México se convertirá en uno de los pocos países que han reglamentado esta actividad económica y laboral, la cual ha dejado amplias ganancias para las compañías y han aliviado la falta de acceso al empleo, pero sin acceso a derechos plenos.

No obstante, no todas las partes están conformes con la propuesta de la Presidenta Claudia Sheinbaum. Una facción de la fuerza laboral de este sector rechaza el reconocimiento del vínculo laboral con las trasnacionales ante el temor de perder su independencia y flexibilidad.

“No queremos la subordinación, no queremos jefe ni saber de horarios fijos. No queremos un sindicato que nos represente, empezando por ahí: no queremos sindicatos”, dice en entrevista Saúl Gómez, vocero del colectivo Repartidores Unidos de México (RUM).

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La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmando un proyecto de reforma mediante el cual se busca dar seguridad social y otros beneficios a repartidores. Foto: Presidencia

El pasado 16 de octubre, la Presidenta de la República firmó una iniciativa de reforma para regular el trabajo de plataformas digitales basadas en la geolocalización. Es decir, el de servicios de transporte por aplicación y de entrega a domicilio.

Tras una nueva ronda de reuniones con las empresas, el texto ha sido modificado, pero uno de los puntos fundamentales se mantiene: el que establece que este tipo de trabajo consiste en una relación subordinada.

Como producto de las mesas de trabajo se alcanzaron diversos acuerdos como: “la creación de un modelo de coexistencia entre trabajadores independientes y subordinados flexibles”, informó la Alianza In México, conformada por Cabify, DiDi, Rappi y Uber.

El colectivo RUM también logró que en la iniciativa quede establecida la libertad para aceptar pedidos, el trabajo multiplataforma, la definición de flexibilidad discontinua y mismo sistema de impuestos que han tenido.

Para la Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación (UNTA), el único sindicato exclusivo de personal dedicado al reparto y conducción, la reforma resolvería “el gran problema del trabajo en plataformas digitales”.  

Sergio Guerrero secretario general de la UNTA explica que dichas empresas “operan y ofrecen el servicio de transportación de personas y de mercancía, y para desarrollar esa actividad económica tienen una plantilla de conductores y de repartidores que no son reconocidos como sus trabajadores y por lo tanto no han accedido a los derechos que contempla la Ley Federal del Trabajo (LFT)”.

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Repartidores de aplicaciones digitales. Foto: Mario Jasso, Cuartoscuro

¿CUÁNTO GANAN LOS REPARTIDORES DE APP? 

“La realidad contractual del trabajo en plataformas —sobre todo aquellas vinculadas a la venta y reparto— tiende a desconocer la existencia de un vínculo entre empleado y empleador”, concluye el estudio Las regulaciones en la economía de plataformas, de Fundar.

Esta actividad ha permitido hacer frente al desempleo y la subocupación, pero su legislación representa un reto porque no encaja en las formas tradicionales de laborar y en ese limbo las trabajadoras y los trabajadores han perdido derechos.

La falta de transparencia de esas empresas dificulta conocer el nivel de ganancias alcanzan. El reporte El impacto de Uber en México, presentado por esa compañía, indica que en 2022 “aportó un valor estimado de 73 mil millones de pesos a la economía mexicana”.

Esa cantidad representa “las ganancias de los socios conductores, socios repartidores y de los negocios en la plataforma Uber” y en toda la cadena de intermediación. 

En la Unión Europea, la economía de las plataformas digitales pasó de 3 mil millones de euros en 2016 a 14 mil millones en ingresos en 2020.

España, Chile, algunos estados de Estados Unidos son los países que han legislado para proteger los derechos de las personas que trabajan en este sector. En México, desde el año 2022, la entonces titular de la STPS, Luisa María Alcalde, comenzó el análisis para presentar una iniciativa de reforma a la LFT para regular el trabajo por aplicación.

En agosto de aquel año, funcionarios de la STPS recibieron a repartidores y conductores, quienes entregaron el Manifiesto de Piso Mínimo de las Trabajadoras y Trabajadores de Plataformas Digitales. El documento pedía el reconocimiento como personas trabajadoras y no como socias, la seguridad social con aportación tripartita y el mantenimiento de la flexibilidad laboral.

Pese a que Alcalde Luján anunció que enviaría la iniciativa al Congreso, el sexenio terminó y esto no pasó. Pero ahora, el segundo gobierno de la 4T ha retomado el tema.

“El objetivo es regular y permitir que las y los trabajadores tengan derechos amparados por la ley. Algunos trabajarán dos horas al día, se reconoce eso, no necesitan trabajar tiempo completo. Algunos otros trabajaran ocho horas al día, algunos trabajan hasta más”, dijo la Presidenta Claudia Sheinbaum al presentar la iniciativa en su conferencia matutina.

Los repartidores se enfrentan a la precariedad laboral. Foto: Victoria Valtierra, Cuartoscuro.

TRABAJO SUBORDINADO

 El proyecto modifica los artículos 49, 50 y 127 de la LFT para proteger a las trabajadoras y los trabajadores de despidos por afiliarse a un sindicato o por ejercer el derecho de huelga, y garantiza una indemnización. Además, les incluye entre la población con derecho a recibir utilidades.

La otra parte del proyecto agrega un nuevo capítulo a la ley, el IX Bis, relativo al Trabajo en plataformas digitales con 21 nuevos artículos. Y es en el ordenamiento 291-A donde señala que ese tipo de trabajo “es una relación laboral subordinada”.

En tanto que “la persona trabajadora de plataformas digitales será quien preste servicios personales, remunerados y subordinados, bajo el mando y supervisión de la plataforma digital”. 

El artículo 291–D de la iniciativa de reforma indica que “el trabajo en plataformas digitales será primordialmente flexible y discontinuo” y en al artículo 291-E se especifica que “el tiempo de trabajo destinado para la plataforma será definido por la persona trabajadora”.

Para la UNTA, lo anterior es muy importante porque garantiza que las personas trabajadoras sigan teniendo autonomía de su tiempo sin que por eso renuncien a tener derechos laborales.

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Repartidores de aplicaciones por internet arribaron a la Cámara de Diputados para manifestarse contra la ley que busca regularizar su labor e incorporarlos al seguro social. Foto: Galo Cañas, Cuartoscuro

¿FLEXIBILIDAD EN PELIGRO? 

Según Sergio Guerrero, secretario general de la UNTA, “la iniciativa se construyó escuchando la postura de los trabajadores y de las empresas”. En la administración pasada, Luisa María Alcalde y funcionarios de la STPS que aún continúan en la dependencia mantuvieron reuniones con ambas partes y en este gobierno se han retomado.

Pero según Saúl Gómez, vocero de la RUM, la iniciativa se presentó sin previo aviso a todas las personas trabajadoras del sector y con poca claridad en sus términos. 

Y mientras el gobierno federal calcula que hay más de 658 mil trabajadores y trabajadoras de aplicaciones digitales a nivel nacional, RUM sostiene que son más de 2 millones, quienes “podrían caer en el desempleo por la pérdida de su flexibilidad”, sostiene Saúl Gómez. De aprobar la reforma, considera, las empresas se irían del país o aumentarían los costos de los servicios. 

El colectivo insiste en que la flexibilidad se perdería por lo que indica el artículo 291-L de la propuesta. En el numeral III se señala que las personas trabajadoras tendrían la obligación de realizar los “trabajos mandatados por la plataforma digital en los horarios, condiciones y lugares convenidos”.

Guillermo Malpica, director ejecutivo de Alianza In México, también arredra sobre la pérdida de la flexibilidad. Con la subordinación, dice, “el trabajador tiene que trabajar sus ocho horas diarias, seis días a la semana, en un lugar específico y recibir instrucciones de sus jefes”. Ese panorama resulta casi deprimente ante “la gran característica de las plataformas”: la flexibilidad.

Desde la UNTA consideran que ese discurso lleva una intención de “generar miedo, incertidumbre y desinformación entre los compañeros”. Sergio Guerrero observa una “campaña muy clara de las empresas para hacer ver que se podría perder por completo este beneficio”.

Una facción de la fuerza laboral de este sector rechaza el reconocimiento del vínculo laboral con las trasnacionales ante el temor de perder su independencia y flexibilidad. Foto: Galo Cañas, Cuartoscuro

SEGURIDAD SOCIAL VS. INDEPENDENCIA

La reforma también ordena la firma de un contrato laboral entre trabajadores y trabajadoras de plataformas digitales y las empresas, el cual debe ser avalado e inscrito en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL).

El artículo 291-F establece que el salario se fijará por tarea, servicio, obra o trabajo realizado. Tendrán derecho a un descanso semanal, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.

 Y también seguridad social. La iniciativa, en el artículo 291-K obliga a las empresas a “inscribir a las personas trabajadoras” ante el IMSS. Para ello, dicho organismo y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) tendrán un plazo para adecuar las reglas que permitan la afiliación de esta población que no labora bajo el esquema tradicional.

“Estamos totalmente de acuerdo en que haya seguridad social, pero que se preserve la flexibilidad y la independencia de esta actividad. No necesita haber una subordinación para otorgar la seguridad social”, dice en entrevista Guillermo Malpica, director ejecutivo de Alianza In México.

 En 2023, el Congreso modificó la Ley del Seguro Social (LSS) para introducir la figura del “trabajador independiente o por cuenta propia”, quien puede pagar su seguridad social de manera directa. Y bajo ese esquema esperaban las empresas que se continuara. “Obviamente, en ese modelo las contribuciones las aporta 100 por ciento el trabajador independiente”, reconoce Guillermo Malpica.

El representante empresarial sostiene que con la subordinación laboral “pierde el conductor, que deja de tener una alternativa de ingresos de una manera flexible. Pierde el consumidor, porque a lo mejor ya no encuentran con la misma facilidad un conductor. Creo que quedó muy documentado el efecto negativo de este modelo de subordinación en España bajo la Ley Rider”.

Para la UNTA ésta “es una iniciativa de avanzada que plantea un camino nuevo en el mundo del trabajo en plataformas digitales. A nivel internacional, creemos que puede ser un buen ejemplo de técnica legislativa. La vemos muy positiva”, concluye Sergio Guerrero, secretario general de esa organización.

Blanca Juárez
Periodista egresada de la UNAM. Cubre temas políticos, laborales, sociales y culturales con perspectiva feminista.
en Sinembargo al Aire

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