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#LoQueSabemos | ¿La marihuana será legal en México?, ¿cuánto se podrá consumir?, ¿quién regula?

09/03/2021 - 10:00 pm

El pleno de la Cámara de Diputados tiene previsto discutir este miércoles un paquete de reformas y una nueva ley que regulan el consumo de la cannabis. No obstante, el dictamen que votarán los legisladores no es el mismo que fue avalado por el Senado en noviembre pasado, ya que en comisiones de San Lázaro se realizaron algunos ajustes, entre ellos la eliminación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, cuyas funciones ahora serán absorbidas por la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic). Pero, ¿qué más se prevé con estos cambios a la ley? Te contamos.

Ciudad de México, 9 de marzo (SinEmbargo).- La regulación del consumo lúdico de la marihuana en México se encuentra en la antesala de la Cámara de Diputados, que este miércoles podrá avalar un paquete de reformas y una nueva ley en la materia que recibió del Senado, cuyo contenido ha sido cambiado sustancialmente.

Las comisiones unidas de Justicia y Salud de San Lázaro aprobaron este lunes el dictamen, el cual ahora será puesto a discusión del pleno. El documento no es el mismo que se recibió de la Cámara Alta ya que, contrario a la propuesta original, no contempla la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, sino que estas funciones sean absorbidas por la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), una situación que no ha sido bien vista por legisladores de oposición.

“La minuta que llegó del Senado en diciembre tiene varias modificaciones y entre ellas una es justo la desaparición del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y se pasan todas las atribuciones a la Conadic y de hecho también las referencias que había en la ley, por ejemplo en la ley de salud y en el Código penal, ahora lo refieren a la Ley Federal de Cannabis. Antes eran implícitas ahí mismo y ahora hicieron esas modificaciones”, expresó en entrevista la Diputada de Movimiento Ciudadano, Martha Tagle, integrante de la Comisión de Salud.

El dictamen aprobado en el Senado y que será discutido por el pleno de la Cámara de Diputados crea la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y modifica la Ley General de Salud y el Código Penal para legalizar el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana bajo control federal. 

De lograr avalar esta legislación, México se convertiría en el cuarto país de América en regular el consumo responsable de esta sustancia, como antes lo hicieron Uruguay y Canadá, y como está permitido en algunos estados de Estados Unidos.

Esta regularización en el consumo de la marihuana obedece a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en 2018 declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley de Salud, por lo que ordenó al Congreso legislar en la materia y permitir el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal de los usuarios de la cannabis.

El mandato contempla que estas reformas sean aprobadas antes del 30 de abril próximo, justo un año después del primer plazo impuesto por el máximo tribunal de justicia del país, el cual se ha ido recorriendo ante las complicaciones que ha implicado la pandemia de la COVID-19.

¿QUÉ SE PROPONE CON LA REFORMA?

El principal componente es la regulación del consumo y aprovechamiento de la marihuana. Para ello se prevé la creación de Ley Federal para la Regulación del Cannabis, la cual a su vez contempla un aparato normativo para almacenar, aprovechar, comercializar, consumir, cosechar, cultivar, distribuir, empaquetar, etiquetar, exportar, importar, investigar, patrocinar, plantar o portar, tener o poseer; preparar, producir, promover, publicitar, sembrar, transformar, transportar, suministrar, vender, y adquirir bajo cualquier título, cannabis.

La iniciativa permite, por ejemplo, que una persona mayor de 18 años porte hasta 28 gramos de marihuana, uno de los principales puntos que han sido cuestionados por organizaciones de la sociedad civil que han señalado que se mantendría el carácter punitivo en la ley. 

En caso de que una persona sobrepase esta posesión, y siempre y cuando no se rebasen los 200 gramos de cannabis, será remitida a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas. En su caso, la sanción será una multa de entre 60 a 120 veces el valor diario de la UMA. No obstante, se prevén penas de prisión de hasta 15 años por portar más de 300 gramos.

Para la Diputada Martha Tagle, los cambios que se han hecho a este paquete de reformas sólo sobre regulan la posesión y aprovechamiento de la cannabis. “Están generando una ley que va a hacer totalmente inaplicable con una regulación extrema porque te regula todo. Tan sólo si tú ves la ley federal de regulación, empezando por lo que pretende regular la ley que es el artículo 2 que viene de la ‘a’ a la ‘y’, me parece que es sobreregulación”, indicó

¿CÓMO SERÍA LA COMPRA-VENTA?

Ya desde la propuesta original en el Senado se consideraba el cultivo de plantas de marihuana en los domicilios de los consumidores. Para ello, se contempla que las personas que deseen producir cannabis en sus casas, para su uso personal directo con fines lúdicos, podrán cultivar hasta seis plantas u ocho en caso de vivir dos consumidores en el mismo hogar.

No obstante, la ley señala la obligación de contar con un permiso para su realización “en congruencia con la propuesta descrita anteriormente de enfocar de la legislación que en su caso se emita en la regulación de la producción y no del consumo”, establece el dictamen aprobado en comisiones.

En este punto, la Diputada Martha Tagle indicó que no se puede imponer que para que una persona pueda producir en su casa tenga que pedir un permiso e ir a tramitarlo y para hacerlo le piden una serie de requisitos. “Eso debería de quedar fuera por lo menos en el autoconsumo personal, no tendrían por qué meterse en tu casa para decidir si siembras, cuánto siembras y que te pueden vigilar, eso me parece una invasión a la privacidad personal y totalmente en contra de la autonomía personal”, comentó.

La legislación comprende además la integración de asociaciones de cannabis sin fines de lucro, las cuales podrán cultivar y poseer plantas de cannabis psicoactivo para consumo de sus asociados con fines lúdicos.

Estas agrupaciones deberán constituirse con un mínimo de dos y un máximo de 20 personas mayores de edad. Tendrán que limitarse a cultivar hasta cuatro plantas por socio, sin exceder en ningún caso de cincuenta plantas. Aunque en la minuta enviada por el Senado se señalaba que el domicilio donde deberían constituirse tenía que tener una barrera física contra el humo de la cannabis, este requerimiento fue desechado por las comisiones de la Cámara de Diputados.

En cuanto a la producción y comercialización de cannabis con fines lúdicos, los establecimientos requerirán de una licencia emitida por la Conadic, mientras que las personas consumidoras que adquieran cannabis psicoactivo deberán hacerlo en los establecimientos autorizados.

Los locales que ofrezcan la venta de la cannabis tendrán que ofrecer servicios de información con relación a los usos, compuestos, propiedades, efectos y riesgos del cannabis psicoactivo y sus derivados conforme a los lineamientos que emita la Comisión contra las Adicciones.

Deberán mantener además en exhibición en un lugar visible en el interior del establecimiento que corresponda, la licencia otorgada; cerciorarse de que las personas que ingresen al establecimiento sean mayores de dieciocho años, mantener en un lugar visible en el interior del establecimiento que corresponda, un anuncio que contenga la leyenda sobre la prohibición de comercializar, vender, distribuir y suministrar a personas menores de 18 años, y exhibir las leyendas de advertencia sobre los usos del cannabis psicoactivo y sus derivados.

La propuesta original señalaba que no se podían vender más de 28 gramos por día. No obstante, esto fue descartado en el dictamen aprobado por las comisiones de la Cámara de Diputados.

En cuanto al empaquetado del producto final, no podrá tener colores o elementos llamativos, ni exponer testimonios o respaldos sobre el producto o alguna representación de persona o personaje real o ficticio. Tampoco podrá tener imágenes explícitas o subliminales que evoquen alguna emoción, sentimiento, estado o forma de vida o cualquier sensación semejante que implique asociarlas con el uso o consumo del cannabis psicoactivo y sus derivados ni mostrar logotipos que evoquen el consumo del cannabis psicoactivo y sus derivados.

Deberán estar elaborados preferentemente con materiales sostenibles, reciclables, biodegradables y compostables, aprobados por la autoridad competente, y ser herméticos, resellables y a prueba de niñas y niños, así como una etiqueta que contenga la leyenda que haga alusión a la prohibición de su consumo por menores de 18 años.

¿QUÉ INSTITUCIÓN REGULARÁ?

Aunque en la propuesta original se contemplaba la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, éste ya no es considerado en el dictamen que será discutido en la Cámara de Diputados.

Las funciones de emitir las diferentes licencias para el uso y el aprovechamiento de la cannabis ahora serán atribuidas a la Conadic, quien junto al Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas y del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria determinarán los mecanismos y procedimientos de certificación y trazabilidad del cannabis, sus derivados y productos.

Al respecto, el Diputado de Morena, Javier Hidalgo, quien también integra la Comisión de Salud, señaló que estos cambios se dieron por “austeridad y eficiencia” y forman parte de una transformación profunda del dictamen que venía en el Senado de casi el 80 por ciento de los artículos originales.

“Ya existe en la actual administración pública la responsabilidad de atender el tema de la cannabis y no crear un aparato burocrático, que justo es a lo que le venimos dando vueltas, el desaparecer fideicomisos oscuros, reduciendo presupuestos de órganos autónomos para crear austeridad y no a crear instituciones, por eso le dejamos a la Conadic esa responsabilidad, al mismo tiempo que acabamos de aprobar modificaciones a la Ley de Salud en donde en consecuencia buena parte de esta institución va a tomar más vigor en sus funciones”, señaló.

¿QUÉ OTROS USOS DE LA CANNABIS COMPRENDE LA LEY?

Uno de los usos que se contemplan son la producción del cannabis con fines de investigación y desarrollo tecnológico, la cual sólo será autorizada a petición de laboratorios, centros de investigación y universidades e instituciones de educación superior, públicas o privadas. 

De igual forma, la ley permite que los productos de cáñamo y sus derivados sean empleados para usos industriales y por lo tanto ser comercializados, exportados e importados, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la Ley, la regulación sanitaria y demás disposiciones normativas y comerciales, así como en los tratados internacionales en los que México sea parte.

¿CUÁNTAS LICENCIAS SE PREVÉ EMITIR?

Como parte de los cambios hechos en las comisiones de la Cámara de Diputados, se sugiere la incorporación de un nuevo sistema de licencias para la producción del cannabis, integrado por seis tipos de licencia, una más de los cinco tipos originalmente incluidos. Estos son:

  1. Integrales, las cuales permitirán la realización de todas las actividades de la cadena productiva del cannabis, desde el cultivo hasta la comercialización y venta al usuario final.
  2. Con fines solamente de producción, las cuales permitirán a sus titulares el cultivo del cannabis en las áreas especificadas en la licencia.
  3. Con fines de distribución, las cuales permitirán a sus titulares la adquisición de cannabis a un productor autorizado, con fines de venta a un comercializador autorizado.
  4. Con fines de venta al usuario final, la cual permitirán a sus titulares adquirir cannabis a un licenciatario de distribución para su venta final en establecimientos autorizados. 
  5. Con fines de producción o comercialización de productos derivados, las cuales permitirán a sus titulares comprar cannabis a un productor autorizado a fin de transformarla en productos para su venta al usuario final.
  6. Con fines de investigación: las cuales permitirán a sus titulares producir o adquirir cannabis psicoactivo para fines de investigación científica y desarrollo tecnológico.

El Diputado Javier Hidalgo indicó que se busca reforzar a los productores para que hagan el proceso completo, liberarlo, ya que antes estaba fraccionado, ahora se permite que los pequeños productores puedan participar. “Antes solo lo podían hacer las grandes empresas y había el peligro que las cigarreras entraran a esta industria y que en tres segundos le dieran vuelta a los pequeños productores. Esto es algo importante”, comentó.

No obstante, la Diputada Martha Tagle indicó que con esta expedición de licencias no se considera que los productores mexicanos no tienen la capacidad para hacer eso.

“Los productores siembran y punto, no tiene todo para tener la trazabilidad de la semilla y llevarla hasta el producto final y esa es una industria que está desarrollada en otros países y en México pretenden que esas licencias las obtengan los campesinos y que les den asesoría para obtener esas licencias. Sinceramente yo veo muy complicado que los campesinos anden haciendo eso cuando a duras penas tienen para dedicarse a sembrar”, comentó.

Obed Rosas
Es licenciado en Comunicación y Periodismo por la FES Aragón de la UNAM. Estudió, además, Lengua y Literatura Hispánicas en la Facultad de Filosofía y Letras.
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