Las personas que conduzcan en estado de ebriedad se harán acreedores a sanciones más severas.

Diputados de CdMx reforman la Ley de Movilidad y endurecen penas a conductores ebrios

08/07/2021 - 4:42 pm

En la reforma se estableció que si una persona es sorprendida mientras conduce un vehículo de transporte privado o público bajo los influjos del alcohol o de algún narcótico, se le retirará la licencia de forma definitiva.

Ciudad de México, 8 de julio (SinEmbargo).– El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas a la Ley de Movilidad, con lo cual también se establecieron sanciones más severas a conductores que resulten responsables de alguna infracción de tránsito.

Con 49 votos a favor, los diputados capitalinos avalaron de manera unánime modificaciones al artículo 67  de dicha ley. Además, extendieron las penas de cárcel a las personas que conduzcan en estado de ebriedad y resulten culpables de homicidio culposo o/y lesiones.

En la reforma también se estableció que si una persona conduce una unidad de transporte privado o público bajo los influjos del alcohol o de sustancias tóxicas, perderá la licencia de forma definitiva.

Los legisladores puntualizaron que en el caso de conductores de vehículos privados que sean sorprendidos cometiendo la misma falta dos veces en un mismo año o tres veces a lo largo de tres años, su licencia será cancelada de forma definitiva.

Mientras que cuando un conductor o un vehículo de uso colectivo se vea involucrado en accidentes de tránsito de manera constante, se le revocará el permiso de la ruta de transporte público.

Además, en el dictamen se establecieron sanciones de más de 13 años de prisión a los conductores que utilicen de manera indebida los carriles confinados al uso exclusivo de ciclistas o de transporte público.

Los diputados locales indicaron que habrá sanciones para quienes circulen a exceso de velocidad o que se vean involucrados en algún percance vehicular mientras usan el celular u otro dispositivo de comunicación.

Cabe señalar que también se aprobaron reformas al Código Penal capitalino, en el que realizaron un incremento de las penas de cárcel para las personas que cometan homicidio culposo, al conducir bajo los influjos del alcohol o de alguna sustancia tóxica, mismas que irán de los cinco a los 13 años, que antes eran de entre cuatro y 10 años.

Los legisladores destacaron que las reformas tienen el objetivo de evitar discriminación y acoso sexual en el transporte público, así como el de acelerar los procesos en caso de un accidente vial, caso en el que las personas que conduzcan bajo los influjos del alcohol o de algún narcótico serán castigadas con mayor severidad.

En tanto, otra modificación dio a conocer que para las unidades de transporte público será obligatorio contar con una póliza de seguro, de mínimo de cuatro millones 481 mil pesos, obtenida de una institución registrada en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de lo contrario se le revocará la concesión con la que cuente el dueño.

en Sinembargo al Aire

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