Personas indígenas promovieron un juicio de amparo contra el Gobirno federal y el de Chiapas ante la falta de información sobre la pandemia de COVID-19 en la lengua tsotzil, tseltal, zoque y chol; argumentaron que se violaron sus derechos a la salud y a la información.
Ciudad de México, 8 de abril (SinEmbargo).– Una Jueza concedó un amparo a los pueblos tsotzil, tseltal, zoque y chol que obliga al Gobierno federal y al de Chiapas a difundir de manera inmediata las medidas sanitarias de prevención contra el COVID-19 en lenguas maternas.
El juicio de amparo fue promovido por una mujer y cuatro hombres indígenas pertenecientes a los pueblos tsotsil, tseltal, zoque y chol e integrantes del Movimiento Campesino Regional Independiente, Coordinadora Nacional Plan de Ayala, Movimiento Nacional (MOCRI-CNPA-MN), la suspensión de plano les fue otorgada por la Jueza Quinto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Civiles Federales, Julissa González Rojas, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
En él se pide al Gobierno federal y de Chiapas que de manera inmediata “garanticen el acceso a la información y den a conocer las medidas y acciones sanitarias efectivas de contención, prevención y combate de la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19 en las lenguas maternas de los pueblos Tsotzil, Tseltal, Zoque y Chol, la información deberá difundirse a través de los medios masivos de comunicación (audiovisuales, orales y gráficos) respetando las especificidades culturales de cada pueblo”.
El MOCRI-CNPA-MN informó en un comunicado que promovieron el juicio de amparo ante la falta de información sobre la pandemia de COVID-19 en la lengua tsotzil, tseltal, zoque y chol toda vez que es obligación de las autoridades proteger y garantizar el derecho a la salud y a la vida de los pueblos indígenas.
Los defensores de derechos humanos y los abogados de Rivero&Asociados, Defensa Estratégica en Derechos Humanos que los representan destacaron que aunque el amparo contempla a cuatro grupos étnicos “el Estado mexicano tiene la obligación legal, política y moral para difundir a través de los medios masivos de comunicación (audiovisuales, orales y gráficos) las medidas y acciones sanitarias efectivas de contención, prevención y combate de la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19 en las lenguas maternas de todos los pueblos indígenas de nuestro país, respetando las especificidades culturales de cada pueblo”.
Con la suspensión de plano la Jueza González Rojas concedió al Presidente Andrés Manuel López Obrador; a Jorge Alcocer Varela, Secretario de Salud, así como al presidente del Consejo de Salubridad General y al Gobernador de Chiapas, Rutilio Cruz Escandón Cadenas, un plazo de 24 horas para que acaten la resolución. En caso de incumplirla podrían recibir penas privativas de libertad o ser inhabilitados para ejercer cargos públicos.