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08/02/2022 - 12:04 am

A 26 años de los Acuerdos de San Andrés, ¿y la Reforma Indígena?

Entre los aspectos más regresivos que subsisten en el texto constitucional están que el Estado mexicano sigue manteniendo una visión paternalista y de tutelaje jurídico hacia los pueblos, al considerarlos sujetos de “interés público” y no sujetos de “derecho público”, tal como se exigía desde San Andrés.

El Presidente Andrés Manuel López Obrador encabeza diálogo con los pueblos mazahua, otomí y población indígena migrante.
“La reforma constitucional de agosto de 2001, si bien reconoció un grueso importante de derechos de los pueblos indígenas en su Artículo 2, dejó una serie de pendientes de San Andrés que hasta la fecha siguen trayendo serias consecuencias para el goce efectivo de los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas”. Foto: Presidencia, Cuartoscuro

Por: Edmundo del Pozo e Ivette Lacabba*

El próximo 16 de febrero serán 26 años de la firma de los Acuerdos de San Andrés Larraizar. Bajo este histórico Acuerdo, el Estado mexicano se comprometió a crear un marco jurídico constitucional, el cual debería garantizar el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público; el ejercicio y la implementación de su derecho a la libre determinación y autonomía, así como el reconocimiento del derecho sobre sus tierras, territorios, bienes y recursos naturales, entre otros.

Si bien, la reforma constitucional de agosto de 2001, reconoció un grueso importante de derechos de los pueblos indígenas en su artículo 2, dejó una serie de pendientes de San Andrés que hasta la fecha siguen trayendo serias consecuencias para el goce efectivo de los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Lo cual motivó en su momento que diversas organizaciones indígenas interpusieran numerosos amparos contra dicha reforma.

Entre los aspectos más regresivos que susbsiten en el texto constitucional están, que el Estado mexicano sigue manteniendo una visión paternalista y de tutelaje jurídico hacia los pueblos, al considerarles sujetos de “interés público” y no sujetos de “derecho público”, tal como se exigía desde San Andrés. Ello les impide que sus actos de asamblea y de autoridad no sean reconocidos en su verdadero carácter legal por las diversas instancias del Estado a todos los niveles. De tal suerte que, el ejercicio de su libre determinación y autonomía queda restringido, también por el hecho de que el alcance de este derecho quedó delegado a las entidades federativas; quienes además se arrogan el derecho de definir quiénes son pueblos y comunidades y sus autoridades, con un claro sesgo de discriminación.

Este tipo de situaciones siguen ocasionando un sinnúmero de conflictos violentos, que ha cobrado vidas. Como son los casos del pueblo Ikoots de San Mateo del Mar en Oaxaca; de las comunidades de Cherán, Nahuatzen, Pichátaro de Michoacán; o los casos de Ayutla de los Libres en Guerrero y de Oxchuc en Chiapas, por solo citar algunos, analizados en el reporte sobre Libre Determinación en México, de la Fundación para el Debido Proceso y la Alianza por la Libre Determinación y la Autonomía (ALDEA)[1], y que fue retomado por la CIDH en un Informe reciente con el objetivo de que los Estados de la región cumplan con sus obligaciones internacionales en la materia.[2]

En el acto celebrado con los pueblos Yaqui, el 28 de septiembre del 2021, el Presidente López Obrador ofreció disculpas por los crímenes de Estado cometidos en contra de sus antepasados y abordó la necesidad de reparar el daño cometido, en lo que se dio a dio a conocer el Plan de Justicia Yaqui.

En el marco de este encuentro, el mandatario también recibió, de las autoridades Yaqui la propuesta de Reforma Constitucional en materia de derechos de pueblos indígenas, que busca corregir los defectos de la reforma de 2001 y reincorporar los pendientes de San Andrés para hacer efectivo, el derecho a la libre determinación y a la autonomía. Sin embargo, a la fecha, la propuesta sigue engavetada en los pasillos del Gobierno, siendo desplazada de la agenda política por la Reforma Eléctrica del Ejecutivo que ocupa hoy la máxima atención.

Debe recordarse que la propuesta de reforma constitucional, promovida por el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), viene precedida de un proceso participativo con pueblos y comunidades desarrollado en 54 foros de consulta en 2019 y luego 64 asambleas regionales de seguimiento en 2021, con el respaldo de 630 mil 986 firmas de autoridades, representantes y ciudadanas y ciudadanos de todos los pueblos indígenas y afromexicanos del país. Asimismo, desde ALDEA, conformada por comunidades indígenas y organizaciones de más de 10 estados del país, se han hecho diversos llamados a la Presidencia de la República para que concrete su promesa de impulsarla en el Congreso. No obstante, a pesar de estar dotada de esta importante base de legitimidad emanada de los mismos pueblos la iniciativa no levanta vuelo.

En cambio, cerramos el año con el llamado “Decretazo” del Ejecutivo que convirtió los megaproyectos prioritarios de la actual administración en obras preferentes y de seguridad nacional, que de manera indiscutida violenta los derechos a la libre determinación y a la autonomía de las comunidades indígenas, mismos que, contradictoriamente, el Gobierno se comprometió a cumplir en sus 100 compromisos y con una reforma constitucional que a 26 años de los Acuerdos de San Andrés y transcurrido ya más medio sexenio sigue sin ver la luz.

* Edmundo del Pozo es coordinador del programa de Territorio, Derechos y Desarrollo, e Ivette Lacabba es colaboradora de @FundarMexico

Nota:

Este artículo fue corregido el día 11/02/22 para precisar la información, ya que en una versión anterior mencionaba de manera errónea uno de los compromisos de la actual administración.


[1] https://www.dplf.org/es/resources/libre-determinacion-indigena-mexico

[2] https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/LibreDeterminacionES.pdf

 

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