México

“Hoy es un día histórico”

Desde hoy no se podrá procesar a mujer alguna que aborte. “Parteaguas”: Zaldívar

07/09/2021 - 3:30 pm

“A parir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal Constitucional”, destacó el Ministro presidente Arturo Zaldívar.

Ciudad de México, 7 de septiembre (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo historia este día al fallar a favor de las mujeres al considerar inconstitucional la penalización del aborto.

El recurso, que se empezó a debatirse el día de ayer lunes, se refiere al artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila, pero sienta un precedente a nivel nacional sobre la interrupción legal del embarazo, que sólo es legal en cuatro estados del país –Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz e Hidalgo–. En los 28 estados restantes el aborto sigue estando penalizado con algunas excepciones.

El tribunal necesitaba una mayoría cualificada –8 de 11 votos– para aprobar el recurso de inconstitucionalidad y 10 de sus integrantes votaron a favor, algo que temían los grupos que están en contra del aborto y que desde ayer se manifestaron afuera de la Corte con pañuelos celeste con la leyenda: “salvemos las dos vidas”, imágenes religiosas y rosarios.

La histórica decisión de la Suprema Corte fue destacada por el Ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea​​ en su discurso al finalizar la sesión:

“Señoras y señores ministros, hoy es un día histórico para los derechos de todas la mujeres mexicanas y las personas gestantes. A partir de hoy es un parteaguas en la historia de los derechos de todas las mujeres, sobre todo de las más vulnerables. Con este criterio unánime del Tribunal Constitucional, no sólo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, sino se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país.

“A parir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal Constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. El día de hoy es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos. Este Tribunal Constitucional demuestra una vez más, con los hechos y con sus sentencias, que su único compromiso es con la Constitución y con los derechos humanos”.

La Ministra Margarita Ríos Farjat, quien dio su ponencia este día, destacó que un tribunal no puede sustentar sus decisiones en creencias personales y por lo tanto emitió su voto a favor del proyecto del Ministro Luis María Aguilar.

“Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman la decisión de abortar. Nadie se embaraza en ejercicio de su autonomía para después abortar. Los abortos clandestinos son una realidad, se calcula que en México se realizan hasta un millón de abortos al año y de éstos una tercera parte se complica”, expuso. “Me inclinó a no penalizar la interrupción voluntaria del embarazo”.

El Ministro Luis María Aguilar, autor del proyecto destacó en su discurso:

“Nunca más una mujer ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo”.

La Ministra en retiro Olga Sánchez Cordero, quien en el año 2008 votó a favor de la constitucionalidad de la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en la Ciudad de México, también celebró esta decisión de la Corte:

El proyecto, realizado por el Ministro Luis María Aguilar, señala que el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo es el resultado de una combinación de derechos y principios asociados a la libertad de decidir y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia, conforme a sus convicciones.

De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), los artículos 195 y 196 del Código Penal de Coahuila atentan contra los derechos de autonomía y libertad reproductiva de las mujeres al impedir la interrupción del embarazo durante la primera etapa de la gestación y además por lo estipulado en el el artículo 224 en donde se dicta una penalidad menor para el delito de violación entre parejas que para el delito de violación en general.

Fue la entonces Procuraduría General de la República (PGR, hoy Fiscalía), la que desde 2017 promovió la acción de inconstitucionalidad al considerar que se vulneran los derechos de autonomía y libertad reproductiva de las mujeres.

en Sinembargo al Aire

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