La Profeco recordó a la ciudadanía que los despachos de cobranza no pueden realizar visitas o llamadas telefónicas al domicilio de las y los deudores después de las 22:00 horas, por lo que emitió una serie de recomendaciones para denunciarlos.
Ciudad de México, 7 de agosto (SinEmbargo).– La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una serie de recomendaciones para que la ciudadanía denuncie si es víctima de hostigamiento por algún despacho de cobranza.
La dependencia explicó que los despachos de cobranza son terceros (personas físicas o morales) o representantes que realizan actos de cobranza de manera extrajudicial de los créditos, préstamos o financiamientos que otorgan las entidades comerciales.
Los despachos realizan actividades fuera de un procedimiento judicial para recuperar el dinero que adeuda un cliente, pero, de acuerdo con la Profeco, no pueden realizar visitas o llamadas telefónicas al domicilio de las y los consumidores entre las 22:01 y las 06:59 horas.
Estos son otras 10 acciones que los despachos de cobranza no pueden realizar porque son contrarias a la ley:
-Dirigirse a personas distintas al cliente, obligado solidario o aval.
-Establecer contacto en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la entidad comercial o el cliente.
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— Profeco (@Profeco) August 7, 2021
-Enviar comunicaciones a terceros, excepto el aval o deudores solidarios.
-Acosar, amedrentar, intimidar
o amenazar al comunicarse con los clientes, avales, deudores solidarios, familiares, amigos o compañeros de trabajo.
-Usar cualquier medio impreso o a la
vista del público o en el exterior del
domicilio o empleo de la persona deudora par informar sobre lo que debe.
-Usar documentos que aparenten
ser escritos judiciales o formatos que simulen demandas.
-Enviar correspondencia al cliente
con leyendas visibles que hagan referencia a que se trata de un asunto de cobranza.
-Utilizar medios masivos de comunicación para hacer pública la deuda del cliente.
-Los despacho de cobranza tampoco pueden recibir el pago del adeudo.
-Tampoco pueden utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como “no disponible”, “confidencial, “oculto”, “privado” o denominaciones que impidan su identificación.
La Profeco invitó a la ciudadanía a denunciar si considera que sus derechos han sido vulnerados por los despachos de confianza.
Detalló que las quejas pueden presentarse contra los despachos ante la entidad comercial, ya sea por vía electrónica, por escrito o por teléfono y la entidad tiene la obligación de remitir a la Profeco la queja dentro de las 48 horas siguientes.
La ciudadanía también puede presentar una queja directamente ante la Profeco si la entidad comercial no responde a la queja, para ello se puede enviar un correo electrónico a conciliaexpres@ profeco.gob.mx; o acudir a alguna de las Oficinas de Defensa del Consumidor, que están abiertas de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas.