El Presidente decretó el pasado 22 de abril, que entraría en vigor el próximo 15 de mayo para prever disminuir los llamados “tiempos fiscales” y, en consecuencia, los tiempos oficiales con que cuenta el Estado bajo el modelo de comunicación política previsto con la reforma constitucional de 2007.
Ciudad de México, 7 de mayo (SinEmbargo).- El Instituto Nacional Electoral (INE) promovió una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del decreto del Presidente Andrés Manuel López Obrador para reducir los tiempos oficiales de la radio y televisión.
“La controversia promovida por el INE plantea una invasión a las competencias que tiene el Instituto como autoridad única en la administración de los tiempos oficiales que corresponden al Estado en radio y televisión, destinados a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales, el cual tiene como finalidad garantizar la equidad en la contienda, el trato igualitario a la difusión de ideas y que la ciudadanía ejerza su derecho a la información en materia político electoral a través del voto informado”, detalló el INE en un comunicado.
Además, recalcó que al ser reducidos los minutos, multiplicados por el número de concesionarios privados, implican que 6 mil 034 spots se estarían dejando de transmitir a nivel nacional para dichos fines, lo cual sería una afectación a sus atribuciones.
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— @INEMexico (@INEMexico) May 7, 2020
“En la demanda presentada ante la SCJN, el INE plantea que dichos tiempos oficiales conforman en su conjunto y de manera integral un bloque normativo de constitucionalidad que rige el modelo de comunicación política y garantiza que el Estado cuente con un mínimo de 48 minutos diarios, a fin de que el INE, como autoridad única en su administración, disponga de su totalidad en procesos electorales, así como del 12 por ciento de estos minutos en periodo ordinario. Por tanto -se sostiene en la demanda- cualquier merma a ese bloque normativo viola la Constitución y las atribuciones del INE”, detalló la institución.
El Presidente decretó el pasado 22 de abril, que entraría en vigor el próximo 15 de mayo para prever disminuir los llamados “tiempos fiscales” y, en consecuencia, los tiempos oficiales con que cuenta el Estado bajo el modelo de comunicación política previsto con la reforma constitucional de 2007.
Con dicha medida, los tiempos fiscales de transmisión se reducirían de 18 a 11 minutos diarios para canales de televisión y de 35 a 21 minutos diarios en estaciones de radio.
Los tiempos oficiales son espacios de transmisión con los que cuenta el Estado en estaciones de radio y canales de televisión abierta y éstos se componen de tiempos de Estado y tiempos fiscales.
La Constitución contempla un mínimo de 48 minutos durante proceso electoral y el 12 por ciento de los tiempos oficiales durante el periodo ordinario,los cuales deben garantizarse y no pueden quedar a la discreción de las autoridades ni de los particulares.