La Consejería Jurídica presentó “un incidente de impedimento en contra de la Magistrada” por pronunciarse anticipadamente a favor de la demanda del exsecretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina, “sin haber escuchado antes a todas las partes involucradas en el juicio”.
Ciudad de México, 7 de marzo (SinEmbargo).– La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) señaló que la Magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Janine Madeline Otálora Malassis, no acató el principio de imparcialidad previsto en el artículo 17 de la Constitución al anticipar públicamente su postura en la que “prejuzga a favor” de las pretensiones de Edmundo Jacobo Molina, exsecretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE).
La Consejería Jurídica presentó “un incidente de impedimento en contra de la Magistrada” por pronunciarse anticipadamente a favor de la demanda del exsecretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina, “sin haber escuchado antes a todas las partes involucradas en el juicio y sin que exista un proyecto de resolución sometido a consideración del Pleno de la Sala Superior, como lo indican los artículos 17 y 18 de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral”.
En un comunicado, la dependencia también afirmó que Otálora Malassis violentó el Reglamento Interno del TEPJF, que en su artículo 146 refiere:
“El personal del Tribunal Electoral por ningún motivo podrá sustraer físicamente, por medios electrónicos o por cualquier otro medio, los expedientes de los medios de impugnación de las instalaciones del Tribunal Electoral, salvo que existiera causa justificada para ello, respetando en todo momento el deber de confidencialidad a que obliguen la ley o este Reglamento. Tampoco podrá hacer del conocimiento de las partes o de cualquier otra persona el sentido de algún proyecto antes de que se resuelva el asunto respectivo. El Pleno de la Sala, cuando lo estime conveniente, podrá acordar la publicidad de algún proyecto de sentencia.
“No se podrá entregar a persona ajena al Tribunal Electoral los proyectos de autos, acuerdos o sentencias previa resolución de los mismos.
“Por ningún motivo podrán sustraerse de las instalaciones del Tribunal Electoral los expedientes de carácter administrativo, salvo en los casos que exista una instrucción expresa, por escrito, de la persona titular de la unidad de adscripción”.
La Consejería Jurídica insistió en que con la filtración de su postura anticipada, también contraviene el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación (PJF), que en su capítulo II Imparcialidad establece que un Magistrado debe “juzgar con ausencia absoluta de designio anticipado o de prevención a favor o en contra de alguno de los justiciables”.
“Se espera que la Sala Superior actúe apegada a derecho y ordene a la magistrada abstenerse de intervenir en el trámite y resolución del juicio promovido por el exsecretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina”, indicó la Presidencia a través de la CJEF.
A continuación la versión pública del oficio 100.CJEF.2023.4893 que anexó la Consejería Jurídica:
versión publica del oficio 100.CJEF.2023.04893 (2)El Presidente Andrés Manuel López Obrador dijo esta mañana que “no le extrañaba” que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación planteé la restitución del exsecretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina.
“No tenemos ningún inconveniente y tampoco nos debe de extrañar, porque es lo mismo ese Tribunal. Ha retorcido la Ley como ha querido. Acuérdense que son los que cancelaron las candidaturas de nuestro movimiento en Guerrero y Michoacán sin fundamentos jurídicos, por consigna”, comentó este martes en su conferencia matutina.
Por ello, pidió a constitucionalistas, a abogados y a quienes estudian Derecho revisar esos casos para que lleguen a notar la forma “tendenciosa, ilegal y arbitraria” en que, aseguró el Presidente, actúa el TEPJF.
Además, señaló que al llevar a cabo dicho amparo que permite la restitución de Edmundo Jacobo en el INE, sólo se deja “de manifiesto una vez más que son muy ambiciosos”.
“Sobre todo este señor [Edmundo Jacobo] que estuvo ahí 30 años, 14 o 15 años, ganando un dineral. Me recuerda aquella famosa frase de la picaresca, política mexicana, de otros tiempos: ‘Vivir fuera del presupuesto es vivir en el error’. Así está esto”, agregó.
El diario Milenio informó ayer que la Magistrada Janine Otálora presentó un proyecto en el que propone que el Tribunal Electoral determine la no aplicación del Artículo que ordena el despido del ahora exsecretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina.
Dicho medio de comunicación, quien tiene una copia del proyecto que fue circulado entre las magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y en el que la Magistrada Otálora le da la razón a Edmundo Jacobo y al INE, precisó que el Artículo tendría varios agravios que van contra la Constitución y el Congreso de la Unión no puede tomar esta determinación con una ley transitoria.
La periodista Jannet López Ponce precisó que el proyecto, que será sometido a votación esta semana, concluye que trata de una norma privativa e individualizada que sólo tiene efectos para Jacobo Molina y después quedará inválida, además de que afecta la autonomía y el Congreso de la Unión pretende ir en contra de la Constitución con una Ley transitoria.
“Se ordena inaplicar el Artículo décimo séptimo transitorio del decreto […] pues se trata de una norma privativa e incidir en la autonomía del órgano constitucional y en las facultades constitucionales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral”, reza el proyecto.
Edmundo Jacobo Molina permaneció 15 años en su cargo como Secretario Ejecutivo del INE hasta que entró en vigor el llamado Plan B electoral.