Ambas dependencias gubernamentales presentaron sus impugnaciones el pasado 3 de marzo por lo que serán revisadas por un Tribunal Colegiado de Apelación en Material Penal; Rosario Robles fue absuelta el pasado 24 de febrero por su presunta participación en delitos relacionados a desvío de recursos.
Ciudad de México, 6 de marzo (SinEmbargo).- La Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Fiscalía General de la República (FGR) presentaron impugnaciones en contra del fallo en el que Rosario Robles Berlanga, exsecretaria de Desarrollo Social, resultara absuelta de los delitos de uso indebido del servicio público a raíz del supuesto desvío de recursos en el caso de la “Estafa Maestra“.
Ambas autoridades argumentaron en su apelación que el Juez Roberto Omar Paredes Gorostieta y Femat, encargado de absolver a la funcionaria durante el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto, omitió el estudio de indicios sobre la presunta participación de Robles en delitos que provocaron un daño financiero por más de cinco mil 073 millones de pesos.
Los recursos legales presentados por la ASF y la FGR ya fueron entregados el pasado 3 de marzo ante el Centro de Justicial Penal Federal del Reclusorio Sur, por lo que ahora serán turnados ante un Tribunal Colegiado de Apelación en Material Penal en la Ciudad de México.
El pasado 24 de febrero, Rosario Robles Berlanga, quedó exonerada del delito de ejercicio indebido del servicio público del que se le acusó en 2019, además de también ser liberada de la inhabilitación que la Secretaría de la Función Pública (SFP) le notificó en 2021 y con lo que le impedía ejercer algún cargo público durante 10 años.
Aquel viernes, Robles se presentó minutos antes del 11 del día para acudir a una audiencia en el Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur, respecto de la causa penal 314/2019. El objetivo de los abogados fue demostrar que la acusación de ejercicio indebido del servicio público por el desvío millonario en la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y de Desarrollo Territorial y Urbano (Sedatu), de 2012 a 2018, había prescrito.
El Juez de Control Roberto Omar Paredes determinó sobreseer la causa penal. De acuerdo con el periódico El Universal, Robles Berlanga rompió en llanto.
Así, Rosario Robles queda librada de las medidas cautelares que mantenía aún fuera de prisión; ya no tendrá que firmar cada quincena en el Reclusorio de Santa Martha y podrá salir del país.
La malversación de fondos públicos, conocido como “La Estafa Maestra”, fue por 5 mil millones de pesos que fueron extrahídos de las dos dependencias durante los años en los que Rosario Robles estuvo al frente de ellas.
El esquema fue el mismo, primero en la Sedesol y luego en la Sedatu, por lo que se logró hablar de un delito continuado.
Sin embargo, el Juez señaló que en cumplimiento a la ejecutoria del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal, se acreditó el sobreseimiento, con efectos de sentencia absolutoria. Su defensa argumentó que la conducta penal que se le atribuye a su cliente es solo un incumplimiento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y no un delito.
Ese mismo día, luego de que se diera la noticia, la FGR informó que procedería penal y administrativamente contra el Juez federal Roberto Omar Paredes luego de que emitiera el dictamen de absolución a Rosario Robles Berlanga.
“En el caso de la determinación tomada este día por el Juez Federal Roberto Omar Paredes Gorostieta y Femat del Reclusorio Sur, de sobreseer LA CAUSA a favor de Rosario ‘R’, con la misma se está actuando en contra de la ley y en contra de las constancias de autos; razón por la cual se inicia no solo la queja administrativa, sino el procedimiento penal correspondiente”, detalló la dependencia a cargo de Alejandro Gertz Manero en un comunicado.
La Fiscalía también informó que apelará la decisión del Juez, pues “no se puede permitir la violación a los principios legales y a la justicia más elemental”.
La dependencia explicó que la ley señala que cuando hay una conducta prevista en dos leyes, cada una de esas leyes se aplica independientemente de la otra; y así lo dice la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en su artículo 118, donde dice que las sanciones establecidas en esta Ley son independientes de las sanciones civiles, mercantiles, políticas y penales, y al respecto establece:
“Las sanciones e indemnizaciones a que se refiere esta Ley se impondrán y exigirán con independencia de las responsabilidades de carácter político, penal, administrativo o civil que, en su caso, lleguen a determinarse por las autoridades competentes”.