INE revira sobre Revocación de Mandato

Lineamientos para Revocación de Mandato están sintonía con la Ley, afirma el INE

05/10/2021 - 10:23 pm

El INE se refirió a los señalamientos que afirman que este presuntamente “incumple con la Ley al no permitir la recolección de firmas para la Revocación de Mandato en papel”, lo cual rechazó. El organismo refirió que sus determinaciones para organizar una eventual consulta popular están en sintonía con la Ley Federal de Revocación de Mandato. 

Ciudad de México, 5 de octubre (SinEmbargo).- El Instituto Nacional Electoral (INE) aseguró que los lineamientos para organizar una eventual consulta popular para la Revocación de Mandato están en sintonía con la Ley Federal de Revocación de Mandato.

A través de una tarjeta informativa, el INE se refirió a los señalamientos que afirman que este organismo presuntamente “incumple con la Ley al no permitir la recolección de firmas para la Revocación de Mandato en papel”, con excepción de 204 municipios, como se estableció.

En este sentido, aclaró que la “Constitución establece la facultad al INE de determinar los formatos y medios para recabar las firmas de la Revocación de Mandato”, por lo que el Instituto no está obligado a “permitir la recolección de firmas en papel en todo el territorio nacional”.

Refirió que el artículo 11 de la Ley de Revocación de Mandato establece que el INE tendrá la obligación de proporcionar un formato autorizado, así como su contenido, para la recopilación de firmas, de las que también deberá detallar a la ciudadanía el número mínimo de firmas requeridas para que proceda la solicitud.

En tanto, el artículo 12 de la ley federal se estableció que “el INE diseñará y aprobará la utilización de herramientas tecnológicas y dispositivos electrónicos al alcance de la ciudadanía”, que servirán para recabar los apoyos necesarios que den inicio al proceso de Revocación de Mandato.

“A partir de estas disposiciones legales es evidente que el INE cumple con lo establecido en la legislación de la materia”, indicó el organismo a cargo de Lorenzo Córdova.

Respecto a la recolección de firmas en papel, indicó que deberá hacerse a través de un formato específico, que contará con el nombre del promovente o auxiliar, quien además de estar presente al momento de recabar los apoyos para la Revocación de Mandato, tendrá que resguardarlos y entregarlos al INE.

Añadió que el organismo no tiene la facultad de determinar “de manera arbitraria el número de municipios en los que permitirá a la población el uso de los formatos en papel”, ya que esta modalidad se basa en los “datos oficiales y públicos de autoridades competentes”.

Sobre la aplicación móvil (APP) para el proceso de recopilación de firmas, el Instituto explicó que se previó su uso en el artículo 35, fracción IX, numeral 2, de la Constitución. Asimismo, se busca “garantizar la certeza en el ejercicio del derecho de participación ciudadana”.

Destacó que la App también tiene el propósito de “favorece la organización y desarrollo del proceso de revocación de mandato para el caso del Presidente de la República electo para el período constitucional 2018-2024, en los plazos que el propio Legislador previó en los artículos transitorios constitucionales de la reforma de 2019”.

en Sinembargo al Aire

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