La nueva verificación contemplará el estado físico y mecánico del automóvil, por lo que se revisarán elementos como la carrocería, luces, sistema de frenos, sistema de dirección, entre otros.
Ciudad de México, 5 de mayo (SinEmbargo).– El Gobierno federal aprobó una nueva verificación físico-mecánica para los automóviles en el país que se deberá de realizar a la par de la de emisiones contaminantes.
De acuerdo con la norma oficial mexicana NOM 236, publicada esta semana en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Secretaría de Economía, esta verificación aplicará para todos los vehículos automotores cuyo peso no exceda los tres mil 857 kilogramos, y se podrá realizar en conjunto con otros programas o instrumentos que emitan las autoridades de cualquier orden de Gobierno, tales como los programas de verificación ambiental periódica.
Los vehículos que se someterán a inspección técnica serán:
-Los vehículos de uso particular: a los cuatro años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año.
-Los vehículos de transporte particular de 10 o más años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, cada año.
-Vehículos de uso intensivo: Un año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo; y a partir de entonces, cada año.
De acuerdo con la norma, la inspección técnica del vehículo comprende los siguientes elementos: carrocería y chasis; puertas; cofre; parabrisas y ventanas; limpiaparabrisas y lavaparabrisas; espejos o cámaras para vista indirecta; soporte exterior de llanta auxiliar; asientos y sus anclajes; cinturones de seguridad y sus anclajes; velocímetro; claxon.
Faros delanteros; luz de reversa; luces direccionales; luces de advertencia; luz de freno; luz de matrícula; luces de posición o cuartos; luces de identificación; sistema de frenos; sistema de dirección; sistema de suspensión; motor y transmisión; y depósitos fijos y canalizaciones en los vehículos que utilizan gas como combustible.
La persona que haga la verificación deberá de entregar al propietario del vehículo constancia y reporte de resultado de la evaluación. El vehículo se considerará como cumplidor con la nueva legislación siempre y cuando no presente defectos o sólo se encuentren defectos leves y cumpla con las disposiciones técnicas establecidas en la NOM.
Los vehículos cuyo peso bruto vehicular de diseño sea menor a 400 kg, los empleados de labores agrícolas y los vehículos para uso en terrero montañoso, desértico, en zonas de playas o vías férreas quedan exentos de la verificación, así como aquellos que sean designados como autos antiguos, vehículos asociados a maquinaria dedicada para las industrias de construcción y minería, y los que circulan únicamente en vías confinadas como pistas de carreras, aeropuertos, pistas de go-karts, u otro campo de transporte similar.