El Ministro Pérez Dayán recibió los recursos legales que interpusieron tres municipios de Coahuila, dos del Estado de México y dos más de Guanajuato.
Ciudad de México, 5 de marzo (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite siete controversias constitucionales que impugnan la primera parte del llamado “Plan B” de la Reforma Electoral del Presidente Andrés Manuel López Obrador.
Las impugnaciones, admitidas por el Ministro Alberto Pérez Dayán, van contra las modificaciones a Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Los recursos fueron interpuestos por los municipios de Monclova, Sierra Mojada y Matamoros, de Coahuila; Naucalpan y Cuautitlán Izcalli, del Estado de México; además de Guanajuato y Comonfort, de Guanajuato.
El Ministro Pérez Dayán negó otorgar la suspensión solicitada a los municipios, debido a que combaten normas generales y no se actualiza la excepción establecida por la Corte, la cual consiste en que la suspensión puede otorgarse siempre y cuando impliquen o puedan implicar la transgresión irreversible de algún derecho humano.
Las autoridades municipales argumentaron que las adiciones de los párrafos tercero y cuarto al Artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social “generan una afectación directa en su autonomía presupuestaria en tanto que los Poderes Legislativo y Ejecutivo Federales se extralimitan o desbordan las facultades que tienen encomendadas constitucionalmente”.
Las siete impugnaciones se suman a las controversias constitucionales que presentaron hace unos días el Instituto Nacional Electoral (INE) y el municipio de Chihuahua, Chihuahua, las cuales también se admitieron a trámite.
La Ley General de Comunicación Social determina el 0.1 por ciento de gasto del presupuesto en campañas de difusión, la cual se aplica para los entes públicos que integran a los tres poderes de la Federación, de las Entidades Federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como los órganos a los que la Constitución dota de autonomía y cualquier otra institución o entidad de carácter público.
La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece por su parte las sanciones a funcionarios que no cumplan con las restricciones para comunicación social.