De acuerdo al Presidente del TEESIN, Guillermo Torres Chinchillas, corresponde al INE e IEES retomar la sentencia de Tribunal Electoral del estado de Sinaloa y evaluar si puede o no contender en las siguientes elecciones; además Luis Guillermo Benítez Torres puede impugnar dicha sentencia.
Culiacán/Ciudad de México, 4 de diciembre (Noroeste/SinEmbargo).- Siguen en pie las posibilidades de que el Alcalde de Mazatlán, Luis Guillermo Benítez Torres, participe en las elecciones del 2021, a pesar de haberse confirmado en la sentencia del Tribunal Electoral del estado de Sinaloa que ejerció violencia política contra la Síndico procuradora Elsa Isela Bojórquez Mascareño, explicó el Magistrado presidente, Guillermo Torres Chinchillas.
“La sentencia no tiene ese alcance para determinar: no se le debe registrar. No, nosotros únicamente atendimos la demanda que se presentó por parte de la Síndica procuradora y el análisis resultó que, en efecto, había obstrucción del cargo y que se daban los elementos para considerar que había violencia política en razón de género, esta sentencia va a pasar a un listado que va a tener el INE o el IEES, para que al momento de que les presenten la solicitud de registro, ya ellos valoren la contundencia del asunto y determinen si es procedente o improcedente el registro”.
Torres Chinchillas informó que, además de que la sentencia emitida por el TEESIN este miércoles no tiene esos alcances, “El Químico” Benítez tiene cuatro días hábiles después de la notificación de la sentencia para impugnar en la sala de Guadalajara, que bien, esta puede respaldar la sentencia emitida en el tribunal sinaloense o la puede rebotar.
“El Tribunal no tiene hasta ahorita por qué pronunciarse al respecto, porque esto le compete al órgano administrativo, en este caso lo que ordenó la Sala Superior es que el INE o el Instituto Electoral del estado de Sinaloa para las elecciones locales, sea quien tenga un estado de aquellos funcionarios que hayan incurrido en violencia por razón de género, derivado de una sentencia de un órgano jurisdiccional o un tribunal”, explicó el Magistrado presidente del TEESIN.
“Que tengan el listado para que en caso de que se solicite el registro, ellos evaluarán, INE e IEES, la gravedad del asunto, el caso concreto y en un momento determinado ellos decidirán si es procedente el registro o es procedente en razón de que, en efecto, fue condenado por violencia política en razones de género”, agregó.
Benítez Torres, entonces, aún con la sentencia emitida que avala violencia política en razones de género de su parte, será evaluado por el Instituto Nacional Electoral e Instituto Estatal Electoral de Sinaloa, de acuerdo al cargo que desee contender, para ver si consideran viable o no que participe en las elecciones. Hasta el momento, el Presidente Municipal del puerto ha manifestado su interés en contender por la gubernatura de Sinaloa abanderando el partido al que pertenece, Morena.
LA DUDA
Víctor Hugo Arteaga, reportero de El Financiero, informó para este medio nacional que debido a que “El Químico” Benítez sería sancionado por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa por violencia ejercida hacia la Síndica procuradora Elsa Bojorquez, el nombre del aspirante a la gubernatura de Sinaloa se integraría al Registro Nacional de Personas sancionadas en materia de Violencia Política Contra las Mujeres del INE.
“Por lo que quedará impedido de participar en el proceso electoral de 2021 y no podrá registrarse para participar en el proceso interno de Morena, que está semana lanzó su convocatoria”, se lee en su texto.
Cabe recordar que el pasado mes de octubre el Consejo General del INE aprobó nuevos lineamientos para los candidatos que quisieran contender en las próximas elecciones. En estos se estípula que para ser candidato a puestos de elección popular los aspirantes deberán firmar un formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad, donde se establezca que no han sido sancionados por cometer violencia familiar o delitos sexuales y tampoco ser deudor de pensiones alimenticias.
El mensaje del INE es claro: cero tolerancia a cualquier tipo de violencia contra las mujeres.
OPORTUNIDADES
Pero la sentencia emitida todavía no ha causado estado, por lo que puede ser impugnada ante instancias federales por el Alcalde de Mazatlán, dictó el Magistrado, para lo cual tendrá cuatro días después de que se le notifique la sentencia, lo cual no se ha hecho.
“Ellos tienen todo el derecho de impugnarla ante la Sala de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tienen un término de cuatro días para hacerlo y la sala de Guadalajara puede ser que confirme o no la sentencia”, destacó.
Torres Chinchillas enfatizó que una vez pasado esos cuatro días y si Benítez Torres no impugna, entonces la sentencia habrá causado estado y el INE y el IEES pasarán a agregarlo al listado correspondiente de personas que han ejercido violencia política en razones de género y valorarán si registran o no al interesado en contender en las elecciones.
En un escenario más alejado, abundó el Magistrado, en caso de que a Luis Guillermo Benítez Torres le negaran el registro por estar en esta lista de personas que han ejercido este tipo de violencia contra las mujeres, también tendría derecho de impugnar ese acuerdo de parte del INE o IEES, dependiendo en cargos federales o locales.
-Con información de América Armenta, de Noroeste