La defensa del sacerdote advirtió que impugnará la sentencia dictada contra Aristeo Trinidad Baca al considerarla excesiva por los delitos de violación y abuso sexual agravado en contra de una niña; en tanto, la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género (FEM) anunció que apelará para que se aumente la sanción.
Por Blanca Elizabeth Carmona
Ciudad Juárez, Chihuahua, 4 de marzo (LaVerdad).– Por tres delitos probados en contra de una niña: dos violaciones y un abuso sexual, el sacerdote Aristeo Trinidad Baca fue condenado este martes a 34 años cinco meses y 10 días de prisión.
La decisión del Tribunal sienta un precedente que agrupaciones de mujeres consideraron histórico debido a que se hizo justicia a una niña que se enfrentó, con el respaldo de su familia, a un religioso católico encumbrado desde el poder eclesial, económico y político. También, porque se sentenció al primer sacerdote de la Diócesis de Ciudad Juárez por delitos de índole sexual.
Sin embargo, la pena impuesta fue cuestionada tanto por la defensa legal del presbítero como por la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género (FEM).
Los defensores de Aristeo consideran que se trata de un castigo excesivo, por lo que advirtieron que impugnarán, en tanto que la FEM anunció que presentará un recurso legal con el fin de que se haga una revisión para aumentar la pena.
El Tribunal integrado por los jueces Carlos Jaime Rodríguez García, Florina Coronado Burciaga y Arnulfo Arellanes Hernández se pronunció sobre la pena este 2 de marzo, 765 días desde que la víctima, acompañada de su madre, interpuso la denuncia penal, el 19 de diciembre del 2018.
La Jueza redactora de la sentencia, Coronado Burciaga, dijo que el acusado fue considerado como una persona con un grado de peligrosidad superior al mínimo, porque trasgredió el vínculo de amistad que tenía con la familia de la víctima, aprovechó ese lazo para tener a la menor a su disposición y agredirla, además por el nivel académico que él tenía. Aristeo estudió Teología en Salamanca, España.
La Jueza explicó que en la fecha en que se cometieron las violaciones –en diciembre del 2015 y el 28 de enero del 2018– la penalidad contemplada para ese delito era de seis a 20 años de cárcel. Como el religioso fue considerado con un grado de peligrosidad superior al mínimo, por cada violación se le impusieron ocho años y cuatros meses de castigo.
Las violaciones fueron consideradas por el Tribunal como conductas agravadas, debido a que el religioso quebranto la fe existente en la relación de amistad entre él y los padres de la víctima y con la menor. Por ello los jueces sumaron cinco años, seis meses y 20 días de cárcel por cada violación. Así por las agravantes fue un total 11 años un mes y 10 días. Lo que agregado a la pena básica por violación quedó en 27 años nueves meses y 20 días de prisión.
En la fecha que sucedió el abuso sexual, éste se castigaba con tres a 10 años de encarcelamiento y de 200 a 400 días de multa. Aristeo fue sancionado por este delito con cuatro años de prisión y al pago de 240 Unidades de Medida y Actualización (UMA), como multa, equivalente a 17 mil 529 pesos.
A dicho castigo, los jueces sumaron otros dos años y ocho meses más de prisión al concluir que la conducta fue agravada también porque el presbítero no respeto la fe que tácitamente existía en la relación con la víctima y los padres de ella. Así el abuso sexual quedó sancionado con seis años y ocho meses de prisión.
SEGUIRÁ EN PRISIÓN DOMICILIARIA
Sin embargo, el Tribunal de Enjuiciamiento autorizó que sacerdote continúa con la prisión preventiva domiciliaria, es decir, no ordenó que sea recluido en un centro penitenciario debido a que la sentencia aún no ha quedado firme, por ello los participantes en el juicio oral tiene derecho a presentar recursos legales para inconformarse.
Los juzgadores dijeron que el tiempo que Aristeo lleva privado de su libertad –incluida la prisión domiciliaria– debe abonarse a la pena impuesta.
El Tribunal le impuso además la obligación de reparar de forma integral el daño ocasionado desde cinco figuras: la restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, todas contempladas en la Ley General para Víctimas.
En cuanto a la restitución, al clérigo se le condenó a pagar de forma genérica y ante el Juez de Ejecución de Penas los daños ocasionados en la aplicación de las medidas de protección implementadas a favor de la víctima y de sus padres, entre estos el arrendamiento de una casa, la manutención de la familia y el ingreso de la víctima a otra escuela, esto a favor de Gobierno del estado quien hizo y continúa con esas erogaciones.
Respecto a la rehabilitación para la víctima se ordenó a Baca pagar 52 terapias psicológicas, cada una con un costo de 800 pesos. Por lo que el monto total es de 41 mil 600 pesos. El Tribunal también instruyó a que el clérigo cubra los gastos de una atención psicológica para los padres de la ofendida, al ser consideradas como víctimas indirectas.
Referente a la compensación por el perjuicio, sufrimientos y pérdidas económicas evaluables, el Tribunal de Enjuiciamiento dijo que la Ley General de Víctimas señala que dicha compensación no debe ser un enriquecimiento para la parte ofendida sino responde a la gravedad del daño y el tope es 500 veces el salario mínimo mensual de la Ciudad de México, en este caso se tasó en 40 mil 300 pesos y debe ser entregada a favor de la víctima.
Como medida de satisfacción la Jueza dijo que el Tribunal emitía una declaración judicial buscando restablecer la dignidad y reputación de la víctima y de sus padres. “Se considera que tanto la víctima, como sus padres y hermanas son personas dignas de respeto que por su comportamiento social se les considera serias y honorables máxime que en el desarrollo del presente juicio penal se desempeñaron con veracidad y dieron información que resulto apegada a la verdad sin que en ellos se hubiese advertido algún indicio de falsedad”.
La Jueza Florina Coronado Burciaga dijo que la no repetición de los delitos de violación y abuso sexual está garantizada con el hecho de que Aristeo Trinidad se encuentra privado de la libertad, sujeto a la supervisión de la autoridad ejecutora quienes deben coadyuvar en la protección de la víctima y de la sociedad.
Todas esas medidas fueron solicitadas por la agente del Ministerio Público a cargo del juicio oral, Iveth Consuelo Serna Arredondo, y por la asesora jurídica de la víctima, Diana Edith Torres. Esta última también pidió que la sentencia sea publicada, al respecto los jueces dijeron que se hará en términos de lo que prevé la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley de Protección de Datos Personales, básicamente se reservaran los datos que permitan identificar a la víctima y a sus familiares.
ALISTA DEFENSA APELACIÓN
Al terminar audiencia, Jorge Alberto Soto Adame, abogado defensor del presbítero dijo que la pena impuesta a su representado es muy alta y dentro los diez días que prevé la legislación se presentará la apelación.
Antes de que el Tribunal de Enjuiciamiento se pronunciara respecto a la penalidad, Soto Adame indicó que la pena solicitada por el Ministerio Público y la Asesoría Jurídica de la víctima es infamante, ilegal y busca estigmatizar a Aristeo Trinidad.
En el exterior de Ciudad Judicial, donde se llevó cabo el juicio, un grupo de feligreses se manifestó a favor del religioso, con cantos y oraciones, durante el tiempo que subió a declarar la médica legista María Elena Robles Delgado y cuando los jueces estaban imponiendo el castigo.
Robles dijo haber practicado una valoración médica al cura el 9 de febrero del 2019, cuando fue detenido, y determinó que no padece ninguna enfermedad crónico-degenerativa y no presentaba huellas de violencia.
PIDEN AUMENTAR CASTIGO
La FEM dio a conocer que con la declaración de al menos 20 testigos logró acreditar la culpabilidad del imputado en al menos tres agresiones cometidas contra la niña entre el 2015 y el 2018.
Pese a ese logró, expuso que está en desacuerdo con la penalidad que se le impuso al agresor, por lo que se presentará un recurso legal con el fin de que se haga una revisión para que se aumente la pena, así como el pago de la reparación del daño conforme a la legislación en materia de víctimas.
A su vez, Imelda Marrufo Nava, coordinadora de Red Mesa de Mujeres, dijo que la condena y la reparación del daño considerado por los jueces en contra del padre Aristeo les parece poco, “no llegó ni a la mitad de lo que se pedía”. El Ministerio Público había solicitado una sanción acumulada de 83 años y cuatro meses de cárcel por los tres delitos en los que se encontró culpable al sacerdote.
“Amerita que se apele por la parte acusatoria, hay elementos para que proceda la impugnación a la condena, porque hablamos de violación y abuso sexual agravada” afirmó. “El tribunal fue benévolo en otorgar la sanción”.
Sin embargo, dijo que la inconformidad con la penalidad no deteriora el ambiente de victoria por la condena al sacerdote Aristeo, la que calificó como un triunfo no sólo para la víctima y su familia, sino para la comunidad que está habida de justicia. Además de que marca un precedente.
El juicio oral contra Aristeo inició el pasado 25 de enero con la declaración de la víctima, quien dijo que durante tres años cada domingo antes de la misa de 8 de la mañana fue agredida de forma sexual por el cura en la casa parroquial de la iglesia Santa María de la Montaña.
Posteriormente el Ministerio Público presentó a los padres, a la hermana y a la madrina de la víctima; a otra mujer que dijo haber sido monaguilla en la misma parroquia y señaló que sufrió tocamientos lascivos por parte del clérigo; a cuatro peritos, tres de ellas psicólogas y una médica legista; a un agente investigador; al activista y exsacerdote que lucha contra la pederastia Alberto Manuel Athié Gallo; al director del Cereso 3 de Ciudad Juárez y a autoridades de Ejecución de Penas.
Mientras que la asesora jurídica de la víctima presentó al vicario de la Diócesis de Ciudad Juárez, José René Blanco Vega.
Los abogados defensores presentaron a una monja, un acólito y una voluntaria que coordinaba la celebración de misas en la parroquia Santa María de la Montaña. Todos coincidieron en afirmar que el 28 de enero del 2018 estuvieron acompañando a Aristeo a la hora y en el lugar donde presuntamente se cometió uno de los tres delitos por los que ahora fue sentenciado y afirmaron que a partir del momento que los padres de la víctima dejaron el cargo de tesoreros en la iglesia, aumentó la recaudación del dinero de las limosnas.
También el sacerdote declaró, el 4 de febrero, para afirmar que es inocente y añadió que el móvil de la acusación fue el dinero.
Con la sentencia concluyó el juicio contra el sacerdote Aristeo Baca.