México

Vila "olvida" decreto

Yucatán prohibió “terapias de conversión” desde 2021… pero no promulgan la reforma

02/09/2023 - 10:00 pm

Organizaciones civiles y activistas demandaron al panista Mauricio Vila Dosal para que acate sus obligaciones legales y constitucionales de promulgar y publicar la reforma al Código Penal estatal; un Juzgado local admitió a proceso el amparo.

Ciudad de México, 2 de septiembre (SinEmbargo).– El 25 de agosto de 2021, el Congreso de Yucatán dio dos pasos hacia la protección y reconocimiento de la comunidad LGBTQ+, cuando avaló el matrimonio igualitario y, en la misma sesión, la reforma local para prohibir las llamadas “terapias de conversión”. Dos años después, el Gobernador Mauricio Vila –del conservador Partido Acción Nacional–, no ha firmado ni publicado el segundo decreto, por lo que la norma no está vigente ni se puede aplicar.

La reforma de 2021 adicionó el capítulo VI Bis denominado “Terapias de Conversión” al Título Décimo Primero conteniendo el articulo 243 Ter 1 del Código Penal del Estado de Yucatán, que indica que “se aplicará sanción de uno a tres años de prisión y de cien hasta doscientos días multa a quien imparta, obligue, permita, consienta  o aplique sobre una persona terapia, método, tratamiento o actos tendientes a anular, obstaculizar, modificar, menoscabar o reprimir el libre desarrollo de la personalidad, orientación sexual, identidad sexual, expresión o manifestación de género de la víctima mediante violencia física, moral o psicoemocional que atenten contra la dignidad humana, aunque no cause daño físico o angustia psicológica”.

Además, precisa que se aumentará al doble la sanción “cuando el sujeto activo sea la madre, padre, tutora o tutor, curador, parientes por consanguinidad hasta el cuarto grado, profesional de la salud, psicólogo, psiquiatra o ministro de culto”. “Si la conducta se lleva a cabo en agravio de menores de edad, incapaces, adultos mayores, sujetos privados de libertad o, en general, con personas que por cualquier circunstancia no pudieran resistirse, la pena señalada en el párrafo anterior se aumentará en una mitad más”, cierra el artículo añadido.

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En los dos artículos transitorios se especifica que se derogan todas aquellas disposiciones de igual o menor jerarquía, que se oponga al decreto, el cual entrará en vigor “el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán”. Eso no ha ocurrido, denuncian activistas locales.

“Llevamos dos años sin que la reforma se publique, a pesar de que el 100 por ciento de los legisladores de la Legislatura pasada votaron a favor de la prohibición”, explica a SinEmbargo César Briceño, activista local y vocero del Colectivo Por Todas las Familias en Yucatán, grupo que, junto a otras organizaciones, ha llevado el caso del matrimonio igualitario a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ha presionado para que los derechos de las minorías se respeten en la entidad.

“Por este motivo no se han podido tomar acciones legales ni denunciar a las personas y las instituciones que están ejerciendo este tipo de práctica que la ONU ya clasificó como tortura. No tenemos una razón clara de por qué el Gobernador se ha negado a publicar la reforma. Lo que sí podemos decir es que es completamente congruente con las políticas de invisibilización y violencia institucional en contra de la comunidad LGBTQ+ que han caracterizado a su administración”, explicó.

Para el activista, la decisión del Gobernador panista no es un “descuido” legislativo ni mucho menos. “En 2018, cuando estaba en campaña, Mauricio Vila firmó y se comprometió con el Frente Nacional por la Familia y otros grupos antiderechos a no permitir el avance de los derechos de la comunidad. Aparentemente es un hombre de palabra y está cumpliendo con eso”, aseguró.

“No es la primera vez que la sociedad civil organizada ha tenido que obligarles a cumplir sus obligaciones y nuestros derechos como comunidad”, completó.

Los activistas denunciaron a Vila para que acate sus obligaciones legales como Gobernador. Foto: Cortesía

Y es que la semana pasada, integrantes de Kanan Derechos Humanos y el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán presentaron una demanda de amparo en contra del Gobernador de Yucatán para exigirle que promulgue y publique la reforma en cuestión que el Congreso de Yucatán aprobó desde el 25 de Agosto de 2021, en cumplimiento de su obligación constitucional, para que finalmente entre en vigor.

El miércoles, el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Yucatán admitió la demanda, con el cual se busca que Mauricio Vila Dosal acate sus obligaciones legales y constitucionales de promulgar y publicar la reforma al Código Penal estatal. “Estamos seguros que, como cada vez que hemos tenido que demandar a esta administración para que se protejan nuestros derechos, será un resultado favorable para la comunidad LGBTQ+”, indicó Briceño.

“Estas prácticas son violencia y retrasar la entrada en vigor en este tiempo permite que las instituciones religiosas y los charlatanes que en este estado venden y hacen negocio con esto no pueden ser denunciados ni frenados. Esto coloca a la comunidad LGBTQ+ en un estado de indefensión, sobre todo de las juventudes, de los más jóvenes, y ellos siguen operando y lucrando a partir de la violencia”, relató Briceño desde el sureste del país.

El activista también explicó a este medio una de las posibles razones por las cuales, a diferencia de la reforma de matrimonio igualitario, la prohibición de estas “terapias de conversión” no han recibido el mismo escrutinio. “La propuesta de matrimonio igualitario venía muy socializada y había mucha expectativa. Cobardemente dos veces, ilegalmente, habían rechazado la reforma los legisladores, y venía con muchísimo apoyo de la sociedad yucateca, a diferencia de la prohibición de las ECOSIG, que ni siquiera se tenía conocimiento, no venía socializada. Fue una sorpresa que se aprobara, no se conocía la iniciativa, lo conocimos cuando llegamos al Congreso es mismo día”, dijo.

“De hecho, con respecto al matrimonio igualitario, el Gobernador se tomó los seis meses que tiene de gracia para publicar una ley. Pero ahí hubo presión. Supongo que la prohibición de las ECOSIG no venía con todo ese empuje. Hay muchos que dan por válida la ley, pero aún no lo es”, remarcó.

El viernes antepasado, exactamente en el día que se cumplieron dos años desde la aprobación en el Congreso local de la reforma para prohibir las “terapias”, Vila asistió a un encuentro de rectores, presentó unidades de transporte y  se reunió con los diputados estatales del PAN Yucatán. De todo ello presumió en sus redes sociales. “Estamos trabajando en equipo para seguir logrando cambios que beneficien a las familias yucatecas”, escribió en X –antes Twitter–. Sin embargo, las familias de las minorías LGBTQ+ consideran que “no son todas las familias” por las que el Gobernador vela, representado en este “abandono” de una reforma clave para proteger, efectivamente, a todas ellas.

“TERAPIAS” QUE NO LO SON

De acuerdo con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), las llamadas “terapias de conversión” en realidad se identifican como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), y son prácticas de diferente tipo (sesiones psicologías, psiquiatría, religiosas, pláticas académicas, entre otras) que tiene la intención de cambiar la orientación sexual, la identidad o expresión de género de las personas homosexuales, bisexuales y trans a lo que se ha establecido como lo normativo “una heterosexualidad binaria cisgénero”.

En 1973, la APA-Psiquiatría sacó a la homosexualidad del Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales, como apuntan las Naciones Unidas en su Guía de referencia para profesionales de la salud mental en el combate a los ECOSIG. Sin embargo, en ese momento la homosexualidad seguía siendo considerada un “disturbio de la orientación sexual”. No fue sino hasta 1986 cuando la asociación retiró a la homosexualidad completamente de dicho manual. Posteriormente, el 17 de mayo de 1990, la OMS retiró también a la homosexualidad del CIE-10, manteniendo esta misma postura en su actualización más reciente, la CIE-11.

“En este sentido, debido a que la homosexualidad no es una enfermedad, el consenso científico decidió sacarla de los manuales. Esto implica, entonces, que no es una condición que se pueda o deba curar”, señala el Manual. La Asociación Americana de Psiquiatría “estas ‘terapias de conversión’ no son guiadas por investigaciones científicas o psiquiátricas rigurosas, sino que se basan en teorías y literatura cuya validez científica es cuestionable, que no sólo ignora el impacto del estigma social en la motivación de los esfuerzos para curar la homosexualidad, sino que es una literatura que estigmatiza activamente la homosexualidad también”.

Cientos de personas acudieron a la marcha de la Diversidad Sexual o Marcha del Orgullo LGBTTTIQA+ en Mérida en junio. Foto: Martín Zetina, Cuartoscuro

La Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género 2022 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) de 2021 reveló, por ejemplo, que, cuando al menos uno de los padres se enteraron de su orientación sexual, 9.8 por ciento aseguró que “le obligó a asistir con un psicólogo, médico, autoridad religiosa u otra persona o institución con el fin de corregirle”. La cifra se elevó al 13.9 por ciento entre la población trans+.

Entre las entidades que han frenado la práctica de este tipo de “terapias” están la Ciudad de México, Tlaxcala, Colima, Zacatecas, Baja California Sur y Estado de México. En Yucatán, que debería estar en la lista hace al menos dos años, aún no entra en vigor.

EL CONGRESO FEDERAL SE ESTANCA

En octubre, el Senado de la República aprobó la penalización de las “terapias de conversión”, que por años se han utilizado en contra de personas de la comunidad LGBTQ+. Esta reforma agrega al Código Penal Federal el capítulo “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” y también modifica la Ley General de Salud.

El dictamen señala que se castigará con prisión de dos a seis años a “quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de terapia de conversión que suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”, e incrementará al doble la sanción cuando las conductas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad. La reforma contó con 69 votos a favor, 2 en contra y 16 abstenciones, la mayoría de integrantes del PAN.

La iniciativa fue impulsada desde 2019 por las senadoras de Morena Citlalli Hernández; de Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado y del Verde Ecologista, Alejandra Lagunes, pero la reforma permaneció congelada y fue presentada en el pleno hasta septiembre de 2020, para posteriormente ser regresada a la Mesa Directiva del Senado.

El pasado abril, por su parte, la Cámara de Diputados avaló en comisiones la reforma enviada desde el Senado. “No hay nada que curar”, dijo el presidente de la Comisión de Salud, el morenista Emmanuel Reyes Carmona. Pero, por la premura de los tiempos legislativos, no se contempló para estudiarse en el pleno de San Lázaro en el pasado periodo.

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Fuentes consultadas de Morena, el partido de la mayoría, aseguraron a este medio que esperan que en el último año de la LXV Legislatura (que consta de dos periodos ordinarios entre septiembre y diciembre, así como de febrero a abril de 2024) se consiga avalar la reforma federal. “Es posible que sí salga en este periodo”, indicaron.

La reforma, añadieron las mismas fuentes, se había frenado porque, también el pasado abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido el artículo 205 bis, penúltimo párrafo, del Código Penal para el estado de Baja California Sur, en su porción que establecía que, en caso de reincidencia por parte de funcionarios públicos, valiéndose de su poder, que obligaran a otras personas a recibir estas “terapias de conversión”, la inhabilitación sería definitiva.

El pleno de los ministros consideró que “la medida constituía una pena permanente y desproporcionada, ya que su imposición estaba prevista de manera automática, sin contemplar un mínimo y un máximo, lo que no permitía el análisis del caso concreto, la determinación de la gravedad del hecho ni la culpabilidad en la comisión del delito”.

“Había un tema de que la SCJN invalidó unos artículos referentes a las sanciones, aún así las comisiones de Cámara de Diputados decidieron sacar el dictamen adelante”, aseguraron desde el partido oficialista.

Sin embargo, para los activistas de Yucatán, aunque el impacto de la prohibición federal de las ECOSIG sería una gran noticia, su estado ya debería contar con esas protecciones desde al menos 2021. “Desde luego que si se legisla a nivel federal tendrá un impacto en los estados que no tienen legislación o no lo han cumplido como en Yucatán, sin embargo no vemos por qué, con una reforma hecha, no tendríamos que esperar una reforma federal, si lo único que tiene que hacer el Gobernador es publicarla”, finalizó.

Manuel Gonzalez
Ciudad de México | 1993. Estudió periodismo. Actualmente trabaja como Editor en la redacción de SinEmbargo MX. Antes, fue corresponsal para Infobae México, la Agencia Alemana de Prensa (dpa) y El País América. Tiene un blog (Apuntes en la ciudad), un newsletter (Apuntes subrayados) y un podcast (Al otro lado del sueño) personales.
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