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Buscan criterio general

La SCJN ordena suspender el trámite de amparos ligados a prisión preventiva oficiosa

02/07/2024 - 10:49 am

La Ministra Lenia Batres Guadarrama consideró que esta fue una “buena decisión ante las circunstancias actuales”, ya que permitirá dar seguridad jurídica a las personas que tienen procesos pendientes.

Ciudad de México, 2 de julio (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó ayer a los tribunales colegiados del país abstenerse de resolver amparos sobre la prisión preventiva oficiosa, en lo se establece un criterio general.

A través de una nota informativa, la Ministra Lenia Batres Guadarrama dio a conocer que en sesión privada, el pleno de la SCJN pidió la suspensión de la tramitación de todos los amparos pendientes de resolución, cuyo tema de fondo sea la prisión preventiva oficiosa.

“Esta es una medida precautoria, toda vez que la SCJN tiene programado resolver varios juicios constitucionales donde definirá los alcances de la prisión preventiva, con respecto a las convenciones internacionales sobre la materia”, compartió.

La Ministra Batres argumentó que para “evitar que cualquier instancia jurisdiccional emita fallos que resulten contradictorios con el criterio general que fijará la SCJN, se tomó esta determinación de suspender los trámites de todos los amparos que tengan como tema principal la prisión preventiva”.

Por ello, Batres consideró que esta fue una “buena decisión ante las circunstancias actuales”, ya que permitirá dar seguridad jurídica a las personas que tienen procesos pendientes.

La Corte cuenta con proyectos de sentencia elaborados por los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo, quienes proponen declarar inconvencional la prisión preventiva de oficio, es decir, la prisión automática.

La SCJN discutirá inhabilitar la prisión preventiva oficiosa. Foto: Armando Monroy, Cuartoscuro.

Asimismo, el Ministro Ortiz Mena propone anular el segundo párrafo del Artículo 19 constitucional que ordena la prisión preventiva oficiosa en casi 20 delitos; mientras que el proyecto de Pardo Rebolledo no sólo propone inaplicar la prisión automática, sino también negar las órdenes de arraigo y que, en los casos en los que se denuncie tortura, se ordene una investigación independiente en donde no participen las autoridades penitenciarias ni de detención.

FGR ALERTA POR RIESGOS

El pasado 23 de junio, la Fiscalía General de la República (FGR) exhortó a la Suprema Corte a “cumplir con la Constitución” y rechazar el tema de la posible desaparición de la prisión preventiva oficiosa, la cual permitiría la liberación de 60 mil personas que son procesadas por diferentes delitos.

Durante la Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ), compuesta por las y los fiscales generales de Justicia de los estados, así como por procuradores, llamó a la SCJN a mantener la soberanía nacional y la supremacía constitucional ante el asunto, con el fin de no afectar el derecho interno de las y los mexicanos.

De acuerdo con la Fiscalía, en caso de desaparecer la medida, se expondría a la ciudadanía a graves riesgos con respecto a víctimas, testigos y servidores públicos que intervienen en cada caso de prisión preventiva, debido a que los acusados pueden atentar contra quienes los han señalado, evadirse o volver a delinquir.

“Resolver en contra de la Constitución permitiría que alrededor de 60 mil personas sujetas en todo el país a procesos por delitos de feminicidio, homicidio, secuestro, delincuencia organizada y otros graves, obtengan su libertad procesal, lo que implicará que la sociedad quedará expuesta a graves riesgos”, indicó la FGR.

Como parte de los argumentos, se encuentra que la prisión preventiva oficiosa es violatoria a los Derechos Humanos, es inaceptable en una democracia y es “indigna” para un Estado constitucional, según lo esgriman órganos como la Academia Mexicana de Ciencias Penales.

Ante ello, la propuesta de la Corte está enlistada desde el pasado 23 de enero. La discusión se espera hasta el mes de agosto; sin embargo, el máximo tribunal del país requiere ocho de 11 votos para eliminar dicha medida cautelar.

En 2023, la SCJN determinó que definiría cómo participará el Poder Judicial en la ejecución de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que inició el expediente 3/2023, turnado al Ministro Jorge Pardo Rebolledo, para acatar la orden por el caso “García Rodríguez y otro vs. México”.

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