México

La consulta va. La mayoría en la SCJN dice que es constitucional y dicen NO al proyecto de Aguilar

01/10/2020 - 2:28 pm

El Ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, realizó la votación del proyecto bajo el entendido de que se modificará la pregunta hecha por el Presidente para cuidar los derechos humanos.

Ciudad de México, 1 de octubre (SinEmbargo).– El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio seis votos a favor de la iniciativa del Presidente Andrés Manuel López Obrador para realizar una consulta popular para decidir si se enjuicia o no a cinco expresidentes de México.

El proyecto de inconstitucionalidad del Ministro Luis María Aguilar Morales quedó con cuatro votos.

El Ministro presidente Arturo Zaldívar realizó la votación del proyecto bajo el entendido de que se modificará la pregunta hecha por el Presidente para cuidar los derechos humanos.

La discusión de la propuesta del Presidente López Obrador pasó por varias etapas. En una primera los ministros abogaron en su mayoría más por la inconstitucionalidad al resaltar qué tanto de viabilidad había en consultar si alguien debía ser juzgado o no, pero desde la visión de las víctimas.

Otros ministros argumentaron su postura a favor bajo la idea de reivindicar el derecho a la consulta popular, pero modificando la pregunta propuesta por el Ejecutivo, haciendo uso de la facultad que les otorga la Ley de Consulta Pública.

En la votación final fue ese el factor que abonó en la determinación de la constitucionalidad. Los seis ministros que le dieron luz verde fueron Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmín Esquivel Mossa y Alberto Pérez Dayán.

Por declarar la consulta inconstitucional votaron Jorge Mario Pardo Rebolledo, Norma Lucía Piña Hernández, Javier Laynez Potisek, Luis María Aguilar Morales y José Fernando Franco González Salas.

Zaldívar Lelo de Larrea se pronunció en contra del dictamen que la declaraba inconstitucional. En su argumentación dijo que la Corte tiene una oportunidad histórica para transitar a un modelo de democracia más justo y más incluyente.

“Si queremos que la democracia deliberativa funcione y sea una realidad, hay que confiar en la ciudadania y en las instituciones, las cuales funcionan como intermediarios de la opinión ciudadana y el derecho”, aseguró este jueves.

Durante su intervención, el Ministro consideró que la iniciativa no viola la presunción de inocencia, porque la materia de la consulta no asume que las personas son responsables y tampoco que la ciudadanía decida su culpabilidad, sino que abre la puerta a la decisión de que la personas decidan si se inician los procesos para que sean investigados.

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“La Corte debe asumir su responsabilidad histórica en el rol de la protección de los derechos humanos de participación política. No nos corresponde ser puerta cerrada sino el puente que permite a las personas a intervenir en las grandes discusiones nacionales con todo respeto al marco constitucional”, añadió.

Previamente el Ministro Luis María Aguilar enlistó las consideraciones por las cuales determinó que la iniciativa era anticonstitucional:

1. Los derechos y las garantías no pueden ser restringidos en una consulta.

2. El objeto de la consulta pone en riesgo los derechos de las víctimas y de las personas afectadas por los hechos. Tanto toda persona como las autoridades del Estado están obligadas a denunciar cualquier hecho y que resulten todas las investigaciones necesarias para sancionar cualquier delito, sea un expresidente, funcionario o cualquier otra persona.

3. Al identificar y señalar a todas las personas a las que se pretende enjuiciar, se afecta la presunción de inocencia, que puede generar la ilicitud de pruebas y dañar los procesos penales en curso y los futuros. De existir los delitos, estos pueden quedar impunes, lo que afecta a las víctimas.

4. Involucra la restricción de las garantías de los derechos. La persecución de los delitos es tarea del Estado y no puede someterse a la decisión popular.

5. La consulta es dilatoria del principio de igualdad porque no está justificado por qué a los expresidentes se les somete al escrutinio público para ver si son enjuiciados y al resto de la población no.

El Ministro presidente Arturo Zaldívar durante la votación de la constitucionalidad de la consulta para enjuiciar a los expresidentes.
El Ministro presidente Arturo Zaldívar durante la votación de la constitucionalidad de la consulta para enjuiciar a los expresidentes. Foto: Imagen tomada de transmisión en vivo

6. Además si el resultado fuera un NO, el resultado sería vinculante para todas las autoridades. Si el NO no fuera vinculante, la consulta sería innecesaria y de realizarla sería restarle importancia al mecanismo de consulta popular.

LOS PRINCIPALES ARGUMENTOS 

Para el Ministro Presidente, darle luz verde a la consulta implica integrar a todas las personas al debate público, lo que es condición indispensable para tener un país más igualitario. Dijo que le correspondía a la Corte abrir las puertas de la vida institucional "a quienes históricamente han estado excluidos de ella, no es nuestro rol analizar la pregunta sino dar alcances expansivos de la consulta para armonizar todos los principios constitucionales en juego".

Agregó que el derecho a la consulta debe ser maximizado y por lo tanto, darle la interpretación más amplia posible a fin de hacerlo efectivo para que cumpla con su función principal que es la de "detonar un debate que incluya a los voces excluidas y avanzar hacia una democracia participativa".

Explicó que uno de los objetivos por el cual se debía aprobarse la iniciativa es porque una consulta resuelve conflictos políticos, por lo que no frustra derechos ciudadanos, "es una posibilidad real de hacer efectiva la participación ciudadana y hacer realidad nuestras aspiraciones de paz, igualdad, justicia y bienestar social", concluyó.

El Ministro Gutiérrez Ortiz Mena, habló en el sentido de que la consulta planteada como la envió el Presidente, implicaría una restricción a los derechos, incluidos los de las víctimas.

Explicó que los delitos no pueden depender de la opinión pública y que es responsabilidad del Estado buscar la verdad, "considerar que el Estado no puede sería faltar a las obligaciones constitucionales".

La Ministra Ríos Farjat habló sobre el derecho de las víctimas a la verdad y a la justicia y a la reparación y consideró que el proyecto establecía una argumentación que se pone en la línea convencional y constitucional, pero que se basó en una lectura restrictiva del derecho humano a la consulta.

"El Artículo 35 dice que nuestra participación debe ser resolver sobre la constitucionalidad, en este sentido para resolver adecuadamente no debe perderse de vista que no estamos analizando una ley, sino la pertinencia de un tema dentro de un ejercicio democrático impulsado por nuestro propio constituyente. El proyecto eligió una base de interpretar de manera rígida como si la consulta fuera la pregunta", comentó.

Fue ella la primera que habló sobre la facultad de la Corte para realizar modificaciones a la pregunta a fin de garantizar el respeto a los derechos humanos y agotar las posibilidades de modificación de manera que no se impida el derecho a participar.

"Estamos analizando la materia prima de un ejercicio democrático y si no la analizamos así, la anularemos, me refiero a la pregunta y a la modificación. El documento del Presidente se refiere a quebrantos al erario, corrupción, desigualdad. Es un documento político, pero no corresponde juzgar sino determinar el propósito de la consulta. El propósito es dar cauce democrático a una demanda social a la justicia con independencia de los cauces legales", añadió.

El Minisitro Javier Laynez, quien en la votación final apoyó el dictamen, dijo que no quedaba duda en el valor de la participación de la sociedad, pero que había formas de escuchar su sentir y exigencias.

"Los medios de comunicación, las redes sociales, las autoridades deben consultar más seguido a la ciudadanía, pero la consulta fue regulada a nivel de la Carta Magna. No es fácil. Esta decisión no es popular. Hay una posibilidad de que no gane el sí. Los jueces no somos nombrados para ganar popularidad; el Ejecutivo y Legislativo sí. El poder judicial nunca, nunca las fiscalías. Tenemos el papel de salvaguardar la constitución y los derechos humanos, aún muchas veces contra el derecho de las mayorías", señaló.

Desde su punto de vista, la decisión de estar en contra de la consulta no tenía relación con los expresidentes, sino porque "la materia no es constitucionalmente consultable".

El Ministro Presidente Arturo Zaldívar realizó la votación del proyecto bajo el entendido de que se modificará la pregunta hecha por el Presidente para cuidar los derechos humanos.

Daniela Barragán
Es periodista por la UNAM, con especialidad en política por la Carlos Septién. Los últimos años los ha dedicado al periodismo de datos, con énfasis en temas de pobreza, desigualdad, transparencia y género.
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