El IFT anunció que acordó diferir la entrada en vigor de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias hasta que la Suprema Corte resuelva la controversia constitucional ordenada por el Presidente Enrique Peña Nieto.
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Ciudad de México, 1 de febrero (SinEmbargo).- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó que se modificó el régimen transitorio de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias con la finalidad de diferir su entrada en vigor hasta que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) resuelva la controversia interpuesta ayer por órdenes del Presidente Enrique Peña Nieto.
"Tomando en cuenta el tiempo que regularmente toma este tipo de procesos judiciales, se modificó el régimen transitorio de los Lineamientos con la finalidad de diferir su entrada en vigor al 16 de agosto de 2017. Lo anterior, sin perjuicio que el Instituto revise dicha fecha si a su llegada no se han resuelto las controversias constitucionales referidas", expreso e IFT en un comunicado.
El Acuerdo por el cual se modifica la entrada en vigor de los Lineamientos fue aprobado por el Pleno en sesión extraordinaria este miércoles 1 de febrero.
El Instituto explicó que a pesar de que se tiene la convicción de que los Lineamientos fueron emitidos en cumplimiento de lo ordenado por la Ley y conforme al marco jurídico, no debe existir duda sobre su apego a la Constitución.
El IFT aprobó el 29 de noviembre de 2016 los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias (Lineamientos), en cumplimiento de lo ordenado por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
"La LFTR y los Lineamientos configuran un nuevo marco jurídico en materia de derechos de las audiencias que ha sido cuestionado mediante dos controversias constitucionales presentadas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación; una en contra de diversas disposiciones de la Ley expedida por el Congreso de la Unión y otra en contra de los Lineamientos expedidos por el Instituto", recordó el IFT.
Ayer, en conferencia de prensa, Humberto Castillejos, consejero jurídico de la Presidencia precisó que la controversia va contra ocho artículos de la Ley de Telecomunicaciones debido a que invadieron facultades que corresponden al Presidente de la República.
“Estos ocho artículos de la Ley de Telecomunicaciones invadieron facultades constitucionales que corresponden al Presidente del Presidente de la República”, señaló Castillejos.
El Gobierno federal lo que hace es solicitar a la SCJN que invaliden los lineamientos del IFT “por tener un vicio de origen por estar fundamentados en artículos inconstitucionales”, precisó el funcionario.
“Los derechos de las audiencias, en términos del Artículo 6 de nuestra Constitución, son parte del derecho humano a la información y, por ende, cualquier regulación debe estar prevista en la Ley. En caso de requerirse ser detallada, precisada o proveer algo en la esfera administrativa, sería una competencia del Presidente de la República mediante el reglamento respectivo”, agregó.
Por tanto, apuntó, la regulación de los derechos de las audiencias no puede contenerse en Lineamientos Generales expedidos por el IFT, sino que deben de estar normados, regulados y previstos en la Ley, en términos de la Constitución y las Convenciones sobre derechos humanos. En caso de ser reglamentados, esto “correspondería al Presidente de la República, en los términos del Artículo 89, Fracción 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.