México

EPN desconoce derechos de audiencias que promulgó hace 4 años; especialistas ven presión de Televisa

01/02/2017 - 9:30 pm

Los lineamientos en los que por primera vez se reconocen los derechos de las audiencias de los servicios de radio y televisión fueron una realidad desde que fue aprobada la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión en 2014. Sin embargo, a pocos días de entrar en vigor, tanto el Congreso de la Unión como la Presidencia de la República interpusieron dos controversias constitucionales a una Ley que ellos mismos elaboraron, promovieron y aprobaron. Especialistas en telecomunicaciones y organizaciones civiles consideran la decisión por completo extraña, irregular y contradictoria. Sostienen que ambas acciones obedecen a otro tipo de intereses que se enmarcan en esa relación políticos-televisión, con miras en la elección del Estado de México y la Presidencial de 2018.

Ciudad de México, 1 de febrero (SinEmbargo).- En los últimos meses, el programa de revista matutino estelar de Televisa, Hoy, pasó a ser de debate político. En él, a diario los presentadores analizan los temas coyunturales de México y el mundo y destinan a ello gran cantidad de minutos.

La Reforma de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada en 2014 y que forma parte del paquete de Reformas Estructurales promovidas por el Presidente Enrique Peña Nieto, contempló acabar con ese tipo de prácticas en los programas de radio y televisión, al promulgar los lineamientos de derechos de las audiencias.

Pero a los pocos días de que éstos entraran en vigor, el Senado de la República se lanzó contra la Ley, al considerar que ésta establecía una “censura previa”. Por su parte, Presidencia se lanzó contra el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), al señalar que éste no tiene las facultades para determinar los derechos de las audiencias y también reclamó al Senado haber aprobado esas atribuciones.

Parece un arrepentimiento repentino, ya que la Reforma de Telecomunicaciones, que durante los tres últimos años ha servido a funcionarios federales para presumir el éxito del paquete de reformas, resultó tener un negrito en el arroz.

El Presidente interpuso una controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Congreso por haber facultado al IFT, a través de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para que éste defina los lineamientos de las audiencias. Los elementos que demanda son la libertad de expresión, el derecho a la información y los derechos de las audiencias.

Ayer, el Consejero Jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos, informó que el Presidente Enrique Peña Nieto interpuso una “controversia constitucional” en contra de los lineamientos sobre la defensa de las audiencias, emitidos por IFT. Foto: Cuartoscuro

Presidencia solicitó la invalidez de los lineamientos “porque contienen un vicio de origen, ya que se basan en leyes que se consideran inconstitucionales”.

Entre otras cosas, los lineamientos elaborados por el IFT, establecen la prohibición de publicidad o propaganda presentada como información periodística, obliga a diferenciar la opinión de la información en los programas y exige que cada uno de los medios cuenten con un defensor de las audiencias.

Expertas en el tema y organizaciones civiles denunciaron que el hecho, por la contradicción que representa y la premura de las acciones emprendidas por el Senado y Presidencia, parece obedecer a otros intereses que a los de una defensa de la Ley o de una preocupación por un exceso en las competencias de un órgano autónomo.

Para Aleida Calleja Gutiérrez, experta en telecomunicaciones e integrante del Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (Observacom), resulta grave que se quiera poner a instituciones del Estado al servicio de particulares, en específico de Televisa y más, cuando se pone en juego la autonomía del IFT.

Humberto Castillejos Cervantes, Consejero Jurídico de Presidencia, dijo en conferencia de prensa el martes pasado, que se busca que el IFT quede como un órgano técnico. Para Calleja, esta es una vía que puede querer el Gobierno federal para tener otra vez el control del tema de los contenidos y de poder regular a la industria según sus alianzas y las lealtades que se tengan con el gobierno en turno.

“Es claro que esta campaña de desprestigio al IFT, tiene todos los tintes de las campañas que suele utilizar Televisa. Más porque vienen dos fechas importantes: la reposición del proceso que tiene que hacer el IFT para determinar el poder sustancial de Televisa en el mercado de televisión de paga y la evaluación y adecuación, si es necesario, de las medidas de preponderancia y en este caso, Televisa es el Agente Económico Preponderante en radiodifusión”, comentó.

Irene Levy Mustri, Presidenta de Observatel, refirió que existe una fuerte presión por parte de los medios para que los lineamientos se suspendieran, argumentando que se censuraba la comunicación. Desde su perspectiva, lo que más sorprendió fue la controversia de Presidencia en contra de la Ley que él mismo promulgó.

“Peña Nieto argumenta que, después de casi cuatro años de la reforma Constitucional y tres de la reforma, hay ocho artículos que son inconstitucionales porque le otorgan al IFT facultades que van más allá de la Constitución. Está jalado de los pelos […] ¿Por qué después de tantos años se les ocurre que esos artículos violan la Constitución? Hubo más de una [ocasión] o desde la consulta pública, se recibieron comentarios y nadie de Presidencia dijo que era inconstitucional. Eso es una gran presión de los comunicadores, de los concesionarios para que esto se lleve a la Corte”, agregó.

Por su parte, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), recordó que durante la discusión de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se reforzaron los derechos de las audiencias y dos de esos derechos fueron propuestos por el propio Ejecutivo Federal, a pesar de que hoy sean impugnados por legisladores, la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), la Iglesia Católica, autoridades estatales y municipales y ahora el propio Presidente de la República.

En un comunicado, la organización aseguró que dejar la reglamentación de los derechos de las audiencias en manos del Ejecutivo implicaría someterlos intereses políticos y de los concesionarios, “como está ocurriendo”.

Sostuvieron que tal pareciera que tanto el Congreso como Presidencia, no saben lo que aprueban, ya que resultó extraño el actuar tardío en contra de leyes que ellos mismos elaboraron: “Resultan extrañas las controversias constitucionales presentadas por el Senado y la Presidencia de la República. El Senado deliberó y aprobó en su momento la reforma Constitucional y la legislación secundaria que ordena al IFT emitir los Lineamientos. Además, este ordenamiento fue sometido a consulta pública y finalmente fue aprobado por el Pleno del IFT.

A unos cuantos días de que entren en vigor los Lineamientos, tardíamente los demandantes los consideran inconstitucionales. Pareciera que los legisladores no saben lo que discuten y aprueban. Por parte de la Presidencia, fue el propio Ejecutivo quien propuso dos de los derechos de las audiencias que más han sido atacados por los medios. Pareciera que el Ejecutivo Federal tampoco sabe lo que propone al Congreso de la Unión. Debería sentirse satisfecho porque avalaron lo que desde un principio contenía la iniciativa de ley”.

Ayer mismo, Pablo Escudero, presidente del Senado, acudió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dar entrega de la controversia Constitucional. Foto: Cuartoscuro

EL NADO SINCRONIZADO

La Iglesia católica a través de su semanario Desde la fe, abordó el tema y definió los lineamientos elaborador por el IFT como “extralegales y cuasinquisitoriales”.

“Los lineamientos son inequitativos cuando no se dan medios legales de defensa, convirtiendo un acuerdo administrativo en instrumento de acoso y presión para los informadores y medios. El resultado es un IfeTel con facultades extralegales y cuasinquisitoriales, obligando a distinguir entre opinión e información lo que deriva en fiscalizaciones informativas que coartan la libertad de expresión reconocida en nuestra Constitución”, puede leerse en su publicación del pasado domingo.

Para Calleja Gutiérrez este tipo de reacciones obedecen a una táctica definida como “nado sincronizado”, que Televisa emprende cuando está en contra de determinadas regulaciones.

“Los principales líderes de opinión y plumas cercanas a la industria, expresan casi lo mismo, al mismo tiempo, en coro. Utilizan a legisladores, funcionarios públicos y hasta la iglesia católica. Yo no sabía que la Iglesia era tan experta en la materia ni tampoco Miguel Ángel Mancera […] Es un coro completo que intenta moldear a la opinión pública a favor de sus intereses. Tienen una campaña de desinformación muy severa en la que acusan al IFT de promover la censura, cuando lo único que hace el IFT es cumplir con la ley y hay un clima de linchamiento a la que hasta periódicos se han metido. Puedes estar o no de acuerdo con lo que dice la ley, pero es la ley y ellos la hicieron”, sostuvo.

El escenario de fondo, dijo, son las cuestiones electorales: “es clarísima la alianza de una muy buena parte de la clase política con la industria y especialmente, con la televisora. Parece que la presentación de la controversia, por ambos lados, inicia el arranque de las elecciones, tanto las del Estado de México como las del 2018. Si hay algo que los políticos del siglo pasado aprecian mucho, es la pantalla, porque creen y están convencidos que es a través de la pantalla como pueden llegar al poder. Y ahí está el caso del propio Presidente de la República”.

Horas después del anuncio de Presidencia, el IFT, en un comunicado de prensa, contestó que fue la reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones y Competencia económica la que reconoció derechos de las audiencias, y que fueron establecidos luego en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como diversos mecanismos para su protección.

“Entre otras cosas, la ley estableció el derecho a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta, el derecho a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa, así como la figura del defensor de audiencias y el deber de los concesionarios de contar con códigos de ética”, dice el comunicado.

El IFT celebró la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en esta materia.

LO QUE DICE LA LEY

El pasado 21 de diciembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, para entrar en vigor el 16 de febrero de este año y las obligaciones de los concesionarios y programadores hasta el 31 y 31 de marzo del mismo año.

De acuerdo con Observatel, los Lineamientos regulan la defensa de las audiencias de televisión abierta, radio y televisión de paga y aseguran el cumplimiento de los derechos de información, de expresión y de recepción de contenidos, según lo establecido por los Artículos 6 y 7 de la Constitución.

Los Lineamientos tuvieron un periodo de consulta pública de 30 días y hubo 65 participaciones.

Entre los derechos están:

  1. -Derecho a la no transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística. Para el cumplimiento de este derecho, se establece que cada que haya una mención publicitaria, se deberá visualizar en la parte inferior derecha de forma traslúcida el símbolo “P”, acompañado de un sonido, para que también informe del contenido presentado a las personas con discapacidad.
  2. Al final de las emisiones deberá aparecer la lista de los patrocinadores, empresas o personas que pagaron por publicidad.
  3. Para los cortes comerciales, deberán aparecer las siguientes leyendas al inicio y al final: “Se suspende el programa e inicia corte programático que incluye publicidad” y “Termina corte programático que incluya publicidad, se reanuda programa”, con una duración de cinco segundos. O la opción es una recuadro traslúcido que ocupe al menos una sexta raye de la pantalla en la parte inferior derecha.
  4. En el caso de la radio, se deberá expresar que se trata de un anuncio y en los comerciales, un audio que señale: “Vamos a corte con publicidad” y “Termina corte con publicidad”.
  5. -Respeto a las características de la clasificación de contenidos
  6. -El libre acceso a la información plural y oportuna, preservar la veracidad de la información, derecho a la no transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa y derecho a la libertad de difundir opiniones, información e ideas.
  7. Aquí, quien esté brindando información, deberá advertir que emitirá su opinión.
  8. -Se debe contar en al menos uno de los programas de noticias de mayor audiencia, servicios de subtítulos, doblaje al español y lenguaje de señas.
  9. -Deben contar con mecanismos para emitir reclamaciones, sugerencias y quejas a los defensores de las audiencias.
  10. -Los concesionarios de televisión y radio deberán nombrar un defensor de las audiencias.

El IFT, quien sería el encargado de supervisar el cumplimiento de las obligaciones, podría proceder a la suspensión precautoria de transmisiones, la suspensión de las transmisiones luego de un procedimiento, imponer multas del 1 hasta el 3 por ciento de los ingresos del concesionario, o por el doble de los ingresos obtenidos en caso de que se rebasen los topes de transmisión de publicidad, o una multa del 0.51 por ciento o 1 por ciento en caso de que no se nombre a un defensor de las audiencias o no se emitan códigos de ética.

La organización A favor de lo mejor llamó a conservar los “derechos ganados”, como el de recibir información plural y veraz, contar con defensores, conocer códigos de ética, proteger a la audiencia infantil y reconocimiento de las personas con discapacidad.

Reconocieron la creación del organismo autónomo y con criterio independiente, “para evitar la injerencia o imposición de los poderes políticos o económicos en sus decisiones” y señalaron que era preocupante que Presidencia y los legisladores que fueron quienes elaboraron, promovieron y aprobaron la independencia del IFT ahora refuten sus facultades. Ellos decidieron que el IFT sería quien emitiera los lineamientos para los Derechos de las Audiencias, “¿y hasta ahorita cuestionan sus facultades?”.

Levy Mustri refirió que hay tres vías para este caso, que no proceda la controversia porque la Ley Constitucional, señala que no procede la suspensión contra normas generales y esta es una; que el IFT decida suspender la entrada en vigor de los lineamientos hasta que se solucione las controversias Constitucionales; o que el IFT suspenda la entrada en vigor los artículos que más polémica generaron.

Sin embargo, ve en la controversia una contrarreforma, “ya no quieren un instituto fuerte, que siempre no, mejor lo hacemos desde Los Pinos. Es un retroceso, una contrarreforma y deja un mensaje de que las reformas estructurales, pueden echarse para atrás, ya que cuatro años después si lo hicieron con la reforma exitosa, ¿qué puede pasar con las otras?”.

 

Daniela Barragán
Es periodista por la UNAM, con especialidad en política por la Carlos Septién. Los últimos años los ha dedicado al periodismo de datos, con énfasis en temas de pobreza, desigualdad, transparencia y género.
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