Los cambios constitucionales de la reforma son cuantiosos, pero ninguno convierte al Distrito Federal en un Estado más de la República Mexicana, según un análisis que explica los contra de estas modificaciones que ayer fueron decretadas por el Gobierno federal.
Ciudad de México, 1 de febrero (SinEmbargo).– La Reforma Política que convierte al Distrito Federal en Ciudad de México conlleva para algunos analistas más puntos en contra que a favor, debido a que significa un avance “milimétrico” en el largo camino que los ciudadanos de la capital del país han recorrido por conquistar su autonomía.
El cambio de placas para los habitantes de la Ciudad de México o el llamarse a partir de que la reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) “mexiqueño”, no es lo peor que sucederá.
El Centro de Investigación para el Desarrollo (CIDAC) expone los puntos más relevantes de la reforma en su último análisis Semana Política. De los más de 50 cambios constitucionales que se realizarán, ninguno está encaminado a que el DF sea el Estado número 32, según explica.
“La Ciudad de México permanecerá con un carácter sui generis dentro del Federalismo mexicano. En primer lugar, las delegaciones dejarán de llamarse así, para ser simplemente demarcaciones territoriales de la Ciudad de México gobernadas por una Alcaldía. A diferencia de los municipios, dichas instancias continuarán siendo órganos políticos administrativos sin personalidad jurídica propia, ni patrimonio. Las 16 demarcaciones estarán gobernadas por un Alcalde y un conjunto de concejales, figura en un principio análoga a un Presidente Municipal y el cabildo”, expone el CIDAC.
La semana pasada, cuando Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal (GDF), anunció que la mayoría de los congresos locales habían aprobado la Reforma Política, muchos medios de comunicación cabecearon sus notas como que había llegado el Estado 32. En ese momento nadie desmintió la confusión.
Martí Batres Guadarrama, presidente del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en la capital del país, explicó en su columna como invitado en el diario Reforma el error.
“Se ha difundido, por ejemplo, que ha nacido el Estado 32. Esto es falso. Nos están desinformando. El nuevo artículo 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, producto de la reciente Reforma Política aquí comentada, se dice a la letra: ‘La Ciudad de México es la entidad federativa, sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos; se compondrá del territorio que actualmente tiene y, en caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en un Estado de la Unión con la denominación de Ciudad de México”, escribió.
Batres señaló en su columna que es claro que el Distrito Federal mantiene su naturaleza jurídica tradicional: “En otras palabras quienes afirman que se ha creado el Estado 32 o no conocen el texto real de la reciente reforma o reproducen una versión con fines propagandísticos”.
REFORMA CON DEDICATORIA
El CIDAC explica otro punto en contra de la reforma: Se refiere a los concejales, los cuales son planteados para ser un contrapeso al Gobierno local, sin embargo uno de los riesgos latentes es que esta figura se constituya como un “cómplice” de la gestión de la Alcaldía.
“O como factor para agudizar un punto muerto innecesario entre la agenda del Jefe de Gobierno y el Alcalde”, indica.
Será la nueva Asamblea Constituyente la encargada de la Constitución de la Ciudad de México que deberá estar lista a más tardar en enero de 2017.
“De acuerdo con la reforma, la Asamblea estará compuesta de 100 miembros: 60 de ellos serán elegidos mediante el voto directo de los ciudadanos bajo el principio de representación plurinominal; 14 miembros serán elegidos por la Cámara de Diputados; 14 por el Senado; 6 directamente por el Jefe de Gobierno; y los 6 restantes por el Presidente de la República. Una Asamblea Constituyente debe representar las distintas fuerzas políticas al interior de un territorio para acordar, de la manera más precisa, la construcción de su forma de gobierno. No obstante, con la fórmula de conformación de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México no se garantiza dicha representatividad”, dice el CIDAC.
Según el análisis, la fórmula propuesta facilita la sobrerrepresentación del Partido Revolucionario Institucional (PRI), minoritario en la capital, así como los partidos políticos que cuentan con mayor apoyo electoral en el DF, pero no en el Congreso Federal como el Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
El Coordinador de la bancada de Morena en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), César Cravioto Romero, dijo desde el inicio de la discusión de la reforma, a finales del año pasado, que se requería cambiar el planteamiento.
Incluso propuso que el Congreso de la Unión debía escuchar a los asambleístas. Lo cual, no ocurrió.
La minuta que se aprobó está hecha para favorecer los intereses del Presidente Enrique Peña Nieto y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, acusó Cravioto.
“Nosotros estamos apoyando que salga una Reforma Política muy distinta a la de la minuta del Senado, considerando que los constituyentes debemos ser los 66 diputados que integramos la legislatura. Se podría completar con diputados federales, senadores del DF y un grupo de ciudadanos que tengan experiencia, interés y de reconocida trayectoria. No estamos de acuerdo en que el Presidente de la República y el Jefe de Gobierno designen al 40 por ciento de ellos”, dijo en ese momento.
EL POLÉMICO CONSTITUYENTE
El Senador Alejandro Encinas enumeró en abril del año pasado tres cambios fundamentales en la Reforma Política:
En primer lugar que la Asamblea Legislativa no podrá constituirse en la Asamblea Constituyente que redactará la Constitución Política de la Ciudad de México.
El Constituyente estará formado por 60 ciudadanos electos por el voto directo y 40 designados por el Presidente de la República, el Jefe del Gobierno del Distrito Federal y el Congreso de la Unión.
Asimismo se agregó un párrafo para establecer que “es facultad exclusiva del Jefe de Gobierno del Distrito Federal elaborar y remitir el proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México que será discutido, en su caso modificado, y votado por la Asamblea Constituyente. El Jefe de Gobierno deberá remitir el proyecto de la Constitución Política de la Ciudad de México a la Asamblea Constituyente a más tardar el día en el que ésta célebre su sesión de instalación”.
En segundo lugar, las alcaldías no podrán tener funciones menores a las que gozaban o ejercían hasta diciembre de 2006.
De forma textual se lee en el artículo décimo séptimo transitorio:
“Dentro de las funciones que correspondan a las alcaldías, la Constitución de la Ciudad de México y las leyes locales contemplarán, al menos, aquéllas que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal vigente a la entrada en vigor del presente Decreto, señala para los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, con base en el modelo de asignación de funciones entre el Gobierno de la Ciudad y el Gobierno de las Alcaldías que se establece en el artículo 122 constitucional”.
“Las competencias de las alcaldías a que se refiere el presente transitorio, deberán distribuirse entre el Alcalde y el Concejo de la Alcaldía, en atención a lo dispuesto en la Base VI del Apartado A del artículo 122 constitucional, reformado mediante el presente Decreto”.
El tercer punto se refiere a la forma en que se integrarán los órganos de gobierno en la Asamblea Constituyente en donde se aplicará el mismo criterio que en el Congreso de la Unión.
En abril, los legisladores de izquierda coincidían que de aprobarse la Reforma Política del DF, Miguel Ángel Mancera podría convertirse en el Jefe de Gobierno del Distrito Federal que logró lo que no consiguieron ni Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, ni Andrés Manuel López Obrador ni Marcelo Ebrard Casaubón: darle a la Ciudad de México una Constitución Política como cualquier entidad federativa, reconocen legisladores de izquierda.
Pero grupos de la sociedad civil protestaron y consideraron que esa legislación estaba incompleta, porque nunca fue consultada.
El Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia acusó que durante la discusión de la Ley no dieron la oportunidad “para que la ciudadanía participe en la reorganización de poder público en la capital”.
LOS AVANCES SON “MILIMÉTRICOS”
Según el CIDAC, uno de los avances o aspectos positivos que se pueden rescatar de la Reforma Política es que la Constitución Política de la Ciudad de México establecerá fórmulas para la distribución del presupuesto a las alcaldías.
Actualmente los delegados deben utilizar su habilidad política para conseguir recursos para sus delegaciones.
“En este sentido, la negociación presupuestal que actualmente recae en la habilidad política de cada Delegación, ahora descansará en una fórmula preestablecida de asignación de recursos. Hoy en día, gran parte del presupuesto delegacional no encuentra justificación técnica, financiera o de eficiencia”, indica.
María Eugenia Valdés Vega, investigadora experta en procesos electorales, padrón electoral y sistema político de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), explicó que los cambios que realizaron en la Reforma Política, son mínimos.
“Desapareció el nombre del DF, pero no es un nuevo Estado. Para mí lo que hay en el DF desde 1997 que se nombró la actual organización política con Jefe de Gobierno y delegados, fue un esperpento y lo que se aprobó ahora, sigue siendo un esperpento, porque sigue sin llamarse Gobernador, no es municipio y la Constitución dará lugar a una ciudad, no a un Estado”, dijo.
De acuerdo con la investigadora el avance para la Ciudad de México es “milimétrico en comparación con toda la lucha que se ha dado por tener los derechos soberanos del pueblo que la habita”.