México, 18 Feb. (Notimex).- Las partes interesadas en la controversia constitucional sobre telecomunicaciones, interpuesta por la Consejería Jurídica de la Presidencia contra la resolución del juez 32 de lo Civil del TSJDF, tienen cinco días para impugnar los acuerdos de admisión y suspensión emitidos, aclaró la ministra Olga Sánchez Cordero.
La ministra instructora se refirió al recurso interpuesto en materia de derechos de transmisión de señales de televisión abierta, y dijo que sus acuerdos son claros y transparentes, aunque como todos los de su clase están sujetos a una revisión para determinar su legalidad.
En este caso, agregó, las partes interesadas en impugnar pueden interponer un recurso de reclamación para que una de las salas, o el pleno, tome la resolución definitiva sobre los acuerdos que emitió el lunes.
Explicó que sólo en el caso de que ninguna de las partes impugne los acuerdos en el plazo de los cinco días otorgados, continuará el procedimiento para desahogar la controversia constitucional, en los plazos y términos señalados.
Sánchez Cordero abordó el tema en la sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el marco de la ceremonia de recepción del certificado que acredita la inclusión del expediente Radilla Pacheco, resuelto por la Corte, como parte del acervo “Memoria del Mundo” de la Unesco.
El acuerdo de suspensión dictado por la ministra Sánchez Cordero en la controversia constitucional sobre telecomunicaciones, anula el del juez 32 de lo Civil del TSJDF, donde establecía que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no era competente para resolver sobre la retransmisión de las señales de televisión abierta.
Mientras, el acuerdo de admisión reconoce como parte no al juez en lo particular, sino al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), y como terceros interesados a ambas cámaras del Congreso de la Unión y al Instituto Federal de Telecomunicaciones.
La ministra Olga Sánchez Cordero fue designada para revisar la controversia constitucional que interpuso la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República contra la resolución del juez civil del TSJDF que emplazó al Instituto Federal de Telecomunicaciones abstenerse de resolver sobre los derechos de transmisión de las señales de televisión abierta