Tribunal rechaza amparo de Aristegui para regresar a MVS y da por terminada la batalla legal

14/07/2015 - 3:57 pm
La periodista, Carmen Aristegui, en la presentación del libro "Manuel Buendía. Foto: Cuartoscuro
Carmen Aristegui dejó de conducir el noticiero estelar el pasado 16 de marzo. Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México, 14 de junio (SinEmbargo).– Un Tribunal determinó revocar la admisión de la demanda de amparo promovida por la periodista Carmen Aristegui Flores, en contra de su despido por parte de la empresa MVS, con lo que se da por terminada la batalla legal entre la empresa y la periodista.

En la sesión realizada este día por la mañana, el Quinto Tribunal Colegiado en materia Administrativa rechazó la admisión del recurso legal promovido por la periodista en contra de su salida del aire el pasado 16 de marzo, y con el que se pretendía que la empresa radiofónica fuera considerada como una autoridad, pues argumentaba, explota bienes públicos.

Sin embargo, aún quedan por resolverse  los juicios de amparo promovidos por ciudadanos, colaboradores del espacio radiofónico; así como por distintas organizaciones promotoras de los derechos humanos y libertad de expresión.

A través de un comunicado, el equipo de Aristegui Noticias se dijo sorprendido por el dictamen y consideró que con dicha resolución “el Tribunal Colegiado contradice la jurisprudencia definida de la Suprema Corte, que establece que el análisis sobre la naturaleza jurídica de la autoridad responsable debe hacerse, no en el auto admisorio, sino en la sentencia de fondo que resuelva el juicio de amparo”.

Agregó, que se esperaba que el día de hoy  el Tribunal “actuara a la altura del nuevo paradigma de los derechos humanos y de la necesidad de establecer un status judicial a la defensa de la libertad de expresión”.

Aseguró que con ello se ha evitado el análisis de los Lineamientos Editoriales que como “censura” previa la empresa impuso a los colaboradores del la Primera Emisión de Noticias MVS, en ese entonces todavía encabezado por Aristegui.

El documento dice además que como consecuencia de la determinación judicial del día de hoy ya no podrán ser estudiadas por ninguna autoridad “cuestiones fundamentales” como la independencia periodística, la libertad de información y el respeto a la diversidad de opiniones.

Denunció que el Quinto Tribunal Colegiado nulificó el contenido del artículo quinto de la Ley de Amparo, que permite que por esta vía puedan reclamarse actos de particulares, lo que asegura el comunicado sienta un precedente nefasto.

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