Desde hoy Telcel no puede cobrar ‘roaming’; expertos alertan sobre los riesgos por la Reforma en Telecom

06/04/2014 - 3:46 pm

Ciudad de México, 6 de abril (SinEmbargo).- A partir de este domingo, Telmex y Telcel están obligados a realizar cambios en sus operaciones, entre ellas eliminar el cobro por roaming nacional, desbloquear celulares, proporcionar facturas claras y facilitar la cancelación de sus servicios.

El pasado 6 de marzo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) determinó que estas empresas, propiedad de Carlos Slim, son preponderantes, es decir, poseen más de 50 por ciento de los mercados en donde participan, por lo que son sujetas a una regulación especial que incentive la competencia y mejores condiciones para los usuarios.

Por ello es que desde hoy, Telcel tiene prohibido realizar cargos a sus suscriptores por concepto de Servicio de Usuario Visitante o Itinerancia, concepto mejor conocido como roaming.

La empresa de telefonía móvil, que cuenta con más de 70 millones de suscriptores a nivel nacional, también está obligada a desbloquear los equipos terminales, sin costo alguno, salvo que se encuentre reportado como robado.

En el caso de sus clientes en el esquema de pospago, Telcel deberá desbloquear una vez vencido el plazo contratado, cuando se haya pagado la penalización correspondiente en caso de terminación contractual anticipada o al momento de la adquisición del equipo correspondiente si este ha sido pagado en su totalidad.

El desbloqueo se hará, a elección del suscriptor, en el centro de atención a clientes, entregando la clave de desbloqueo mediante el envío de un SMS o de manera remota cuando sea técnicamente factible, mientras que en el caso de los clientes prepago deberán recibir equipos terminales ya liberados.

Asimismo, la telefónica deberá enviar a sus clientes de prepago un mensaje de texto gratuito cada vez que realicen una recarga de saldo, incorporando información básica de las tarifas, así como la dirección electrónica y el número telefónico en los cuales podrán consultar la información de las precios aplicables a sus servicios.

La empresa deberá facturar los servicios prestados con un desglose preciso de los conceptos y tarifas aplicadas y abstenerse de facturar servicios no contemplados en el contrato, sin el expreso consentimiento del usuario.

En el caso de Telmex, el Ifetel determinó que a partir de este día, deberá poner a disposición de sus suscriptores las mismas facilidades para la cancelación de los servicios que pone para la contratación de los mismos.

Una vez que el usuario solicite la cancelación de sus servicios, la empresa deberá suspender el servicio y abstenerse de efectuar nuevos cargos, pero podrá cobrar cualquier adeudo que se tenga.

La venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones no podrá ser una causa por la cual el suscriptor no pueda cancelar los servicios de telecomunicaciones contratados.

La telefónica también está obligada a desglosar los conceptos cobrados o facturados al suscriptor, distinguiendo los asociados a servicios de telecomunicaciones prestados, de cualquier otro bien o servicio que no sea de telecomunicaciones o cualquier servicio prestado por otra empresa contratado y facturado.

ESPECIALISTAS ADVIERTEN RIESGOS A LA SEGURIDAD POR REFORMA EN TELECOMUNICACIONES

En estos días en que está a discusión la iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto, representantes del sector advirtieron que la iniciativa contiene disposiciones que podrían poner en riesgo la seguridad y privacidad, al obligar a los concesionarios a dar la ubicación geográfica de usuarios sin orden judicial de por medio.

El artículo 189 del proyecto de ley del Ejecutivo señala que los concesionarios están obligados a proporcionar la localización geográfica en tiempo real de cualquier tipo de dispositivo de comunicación que se encuentre relacionado con investigaciones en materia de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, extorsión o amenazas.

Ello, a solicitud de la Procuraduría General de la República (PGR), de las procuradurías de las entidades federativas, o de los agentes del Ministerio Público, señala el proyecto de ley del Ejecutivo que analiza el Senado.

Para el vicepresidente de regulación en Telefónica México, Miguel Calderón, es fundamental que se delimite el intercambio de información con un solo interlocutor a cargo de la seguridad pública, ya que la iniciativa propone que cualquier Ministerio Público del país puede requerir información.

“La iniciativa propone que cualquier Ministerio Público en el país, hay más de tres mil, pueda solicitar directamente sin ningún procedimiento, sin ninguna orden judicial, que se les entregue en tiempo real la información geográfica de cualquier persona; eso nos parece peligroso”, dijo.

Además, continuó, el capítulo denominado “colaboración con la justicia” puede ser contraproducente, dado que se pide a los concesionarios inhibir dentro de los penales las señales celulares, lo cual es técnicamente imposible.

“Es imposible que desde mi radio base pueda definir hasta dónde llega la propagación electromagnética, pero además no creo que sea el papel de los concesionarios entrar a un penal a bloquear señales; lo que proponemos es apoyo técnico y bloquear números específicos, eso ya lo hemos hecho”, explicó.

Asimismo, el proyecto de ley secundaria en materia de telecomunicaciones plantea que los empleados de los concesionarios que no colaboren con las autoridades de seguridad pública involucradas se harán acreedores a una pena de tres a ocho años de cárcel.

Calderón consideró que ello se trata de una pena excesiva que puede sustituirse por una causa de revocación del título de concesión y la imposición de una multa económica.

“Hay otro artículo que dice que debemos bloquear cualquier mensaje no solicitado y malicioso, sin que haya una definición de malicioso; esto nos preocupa porque se presta a todo tipo de cosas, a que un mensaje de Twitter se considere no solicitado y la definición de malicioso queda a libre interpretación de cualquier”, añadió.

Para la vicepresidenta de Relaciones Institucionales y Comunicación de Nextel de México, Cristina Ruiz de Velasco, es conveniente que legisladores que analizan la iniciativa realicen un balance correcto entre procuración de justicia y derechos de los usuarios.

“Sabemos que las telecomunicaciones desafortunadamente son usadas para fines de delincuencia organizada, pero también que son un instrumento importante para la prevención del delito”.

Sin embargo, subrayó, en el debate público están presentes preocupaciones sobre temas de privacidad y regulación de la información que se transmite a través de las redes de telecomunicaciones.

En opinión de la especialista Clara Luz Álvarez, de aprobarse estos artículos relacionados con las obligaciones de los concesionarios en materia de seguridad y justicia, se somete a los usuarios a un estado de indefensión jurídica, violaciones a sus derechos y a la libertad de expresión.

“El artículo 197 dice que si hay un evento o lugar crítico entonces le pueden ordenar a un concesionario que suspenda las señales de telecomunicaciones; ni siquiera (el presidente venezolano) Nicolás Maduro en sus mejores sueños puede pensar en tener avalado algo así”.

Álvarez considera que la colaboración con la justicia que establece el documento involucra de manera directa la seguridad de los usuarios, ya que su información puede ser requerida por cualquier autoridad con el argumento de realizar labores de inteligencia.

“Si recordamos, la Suprema Corte en una penosa resolución autorizó la geolocalización, pero ahora eso se ve como un juego de niños comparado con esto; ahí se limitaba a delitos de delincuencia organizada y delitos contra la salud, entre otros, y aun así fue escandaloso, pero éste no tiene límites”, argumentó.

-Con información de Notimex

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video

más leídas

más leídas