México
Cámara de Diputados aprueba leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial

Avanza legislación del PJ

Diputados avalan leyes secundarias de Reforma Judicial; crean Tribunal de Disciplina

10/12/2024 - 10:36 pm

Los dictámenes de leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial fueron aprobados por la Cámara de Diputados. Dichos proyectos plantean la expedición de la Ley Orgánica y la Ley de Carrera Judicial del PJF, además de reformar la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Ciudad de México, 10 de diciembre (SinEmbargo).- La Cámara de Diputados aprobó en lo general los dictámenes de leyes secundarias que forman parte de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), con las cuales se busca expedir la Ley Orgánica y la Ley de Carrera Judicial del PJF, además de reformar la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

El dictamen para la expedición de la Ley Orgánica del Poder Judicial fue aprobado con 330 votos a favor por parte de los grupos parlamentarios de Morena y aliados, contra 123 votos de los partidos de oposición.

El objetivo de esta Ley es establecer una nueva estructura organizacional dentro del PJF y los poderes judiciales de los estados, con el fin de dotarlos de un nuevo funcionamiento que permita garantizar la impartición pronta y expedita de la justicia.

Como parte de la reestructuración se incluirá la eliminación del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), cuyas funciones pasarán a ser absorbidas por el Órgano de Administración Judicial y el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, que tendrá la tarea de supervisar a jueces y magistrados.

A diferencia de como ocurre en el CJF, cuya presidencia está a cargo de la persona titular de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal de Disciplina Judicial será presidido por alguien elegido mediante un proceso de votación quien únicamente permanecerá en el cargo durante dos años.

Otro punto que establece la Ley Orgánica es el reducir el número de integrantes de la SCJN, que pasará de 11 a nueve. Del mismo modo, señala que quienes la conformen ocuparán el cargo por sólo 12 años y no podrán reelegirse para un nuevo periodo. En el caso de la presidencia de la Corte, ésta se renovará cada dos años.

La Ley también incluye aspectos en materia de perspectiva de género y la creación de la Escuela Nacional de Formación Judicial. Asimismo, plantea la imposición de sanciones por faltas administrativas, las cuales pueden ir desde una amonestación hasta la destitución o inhabilitación del cargo en cuestión.

En cuanto al dictamen para la expedición de la Ley de Carrera Judicial, ésta fue aprobada con 325 votos a favor, 125 en contra y cero abstenciones.

Dicha Ley suplirá una homónima publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en 2021, incorporando elementos como una formación obligatoria en perspectiva de género y estableciendo que la carrera judicial debe guiarse bajo el principio de la ética en el ejercicio del servicio público.

Entre otros aspectos, la Ley establece la eliminación de la Carrera Judicial categorías como la de magistrados de Circuito y jueces de Distrito para incorporar otras como las de secretario general de Acuerdos del Tribunal de Disciplina Judicial, y secretario proyectista e instructor del Tribunal de Disciplina Judicial.

La Ley incluye la sustitución de la Escuela Federal de Formación Judicial por la Escuela Nacional de Formación Judicial, la cual coadyuvará en funciones de evaluación del desempeño del Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial.

Otro punto importante es la creación de un capítulo relativo al combate al nepotismo, al establecer que ningún titular tiene permitido otorgar nombramientos, prórrogas o promociones a personas con las que tengan un vínculo familiar o sentimental.

Por último, el dictamen para reformar la Ley General de Responsabilidades Administrativas se aprobó con 328 votos a favor, 126 en contra y cero abstenciones.

A grandes rasgos, las modificaciones planteadas están encaminadas a redefinir el término de servidores públicos, quienes pasarán a ser nombrados como personas servidoras públicas, y que son todas aquellas que desempeñan un cargo en entes públicos del ámbito federal y local.

La Ley señala que las personas servidoras públicas "observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de austeridad, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos, mismos que rigen el servicio público".

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video