Diversos partidos y ciudadanos denunciaron dichas acciones derivadas de publicaciones en redes sociales, por lo que se ordenó retirar el material en cuestión.
Ciudad de México, 27 de enero (SinEmbargo).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió este sábado, por unanimidad de votos, seis medidas cautelares por la aparente realización de actos anticipados de campaña, uso indebido de la pauta, vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral 2024, incluido un caso que involucra directamente al Presidente Andrés Manuel López Obrador.
Diversos partidos y ciudadanos denunciaron dichas acciones derivadas de publicaciones en redes sociales, por lo que la Comisión ordenó a los responsables del manejo y administración de cada cuenta o página de Internet, que deben retirar el material en cuestión.
VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DEL EVENTO DEL 10 DE DICIEMBRE
El Partido Acción Nacional (PAN) denunció al Presidente López Obrador y a quienes resulten responsables, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, así como uso indebido de recursos públicos por los pronunciamientos realizados durante su visita a Almoloya de Juárez, en el Estado de México, el pasado 10 de diciembre de 2023.
La Comisión de Quejas y Denuncias determinó procedente la solicitud de medida cautelar para que eliminen o modifiquen la publicación que contiene la versión estenográfica de ese día, así como a dar cumplimiento a la resolución que fue aprobada por mayoría de votos.
No obstante, se negó la tutela preventiva porque no se cuenta con elementos para asegurar que la conducta denunciada se repetirá por tratarse de hechos futuros de realización incierta.
VIDEO DE PRECANDIDATA DE “FUERZA Y CORAZÓN POR MÉXICO”
Un ciudadano presentó una denuncia en contra de Xóchitl Gálvez Ruiz y a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), por actos anticipados de campaña e incumplimiento a las reglas de propaganda por la difusión de un video en las redes sociales en las que presuntamente se emiten manifestaciones a la ciudadanía para posicionarse de manera anticipada frente al electorado de cara al proceso electoral.
Al respecto, tras analizar la grabación, el colegiado concluyó que es improcedente ordenar el retiro de las publicaciones cuando no se advierten manifestaciones de alguna propuesta de plataforma electoral o promesa de campaña, por lo que está permitida su difusión en periodo de precampaña al considerarse genéricas y amparadas por la libertad de expresión.
Respecto a la tutela preventiva, también resolvió improcedente por tratarse de hechos futuros de realización incierta.
DESPLEGADO DE GOBERNADORES/AS EN REDES SOCIALES
El PAN denunció a las y los gobernadores de 21 entidades federativas, así como a Martí Batres, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México (CdMx), por la presunta vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, y el probable uso indebido de recursos públicos.
También incluyó a Morena, el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), así como a la candidata presidencial de la izquierda, Claudia Sheinbaum Pardo, por presunta culpa in vigilando tras la publicación de un desplegado en el que manifiestan públicamente su apoyo a la abanderara de la coalición “Juntos Haremos Historia”, además de su difusión en diferentes medios de comunicación.
Sobre dicha solicitud, la Comisión consideró improcedente ordenar el retiro de las publicaciones en redes sociales porque ya no están disponibles. Y en cuanto a las realizadas en medios de comunicación, manifestó que se trata de notas informativas que forman parte del ejercicio periodístico, por lo que no se justifica su retiro.
En este caso, la tutela preventiva fue negada al no tenerse elementos para confirmar que la conducta denunciada se repetirá, debido a que son hechos futuros de realización incierta.
Acerca de la culpa in vigilando y el uso de recursos públicos de los actores denunciados, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizará de fondo el tema.
VIDEO DEL GOBERNADOR DE NUEVO LEÓN
El PRI presentó una denuncia en contra del Gobernador de Nuevo León, Samuel Alejandro García Sepúlveda, de Movimiento Ciudadano (MC) y otros legisladores y funcionarios, por la supuesta vulneración a los principios de legalidad, equidad, neutralidad e imparcialidad en la contienda, tras producción y difusión de un video el 10 de enero de 2024 en redes sociales.
El retiro de las distintas publicaciones fue procedente, luego de que los integrantes de la Comisión determinaron luego de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, que se advierte que el mandatario neolonés muestra su apoyo al candidato presidencial de MC, Jorge Álvarez Máynez, circunstancia que sería una posible transgresión al Artículo 134 constitucional, puesto que los servidores públicos tienen la obligación de observarlo de forma permanente.
«Se desprenden elementos de carácter político-electoral, aunado a que se encuentra alojado en la red social del funcionario público estatal, con lo que puede trascender en mayor medida, pues es accesible al público en general. Por lo anterior, se ordenó al denunciado y al partido MC a que, en un plazo que no podrá exceder de seis horas, lo eliminen de las redes sociales citadas, así como de cualquier otra plataforma en la que se encuentre alojado».
Referente a otras publicaciones denunciadas se concluyó que no se advierten elementos que pudieran afectar la equidad en el proceso electoral ni pronunciamientos a favor o en contra de alguna candidatura o partido político, de ahí la improcedencia de ordenar su retiro.
Aunque también se determinó improcedente la tutela preventiva por ser hechos futuros de realización incierta, así como las publicaciones en medios de comunicación por formar parte del trabajo periodístico.
VIDEO DE MC ALOJADO EN INSTAGRAM
El PRD también denunció al Gobernador Samuel García por actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, derivado de publicaciones realizadas en las redes sociales que el partido asegura «contienen propaganda en contra de los partidos políticos de oposición, así como de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, de cara al Proceso Electoral Federal 2024».
Para este caso, la Comisión resolvió que las publicaciones en la red social X, de fecha 6 de diciembre de 2023, están amparadas en el ejercicio de la libertad de expresión al no constituir actos anticipados de campaña ni difundir propaganda política o electoral. Tampoco hacen un llamado expreso a votar a favor o en contra de algún partido político o candidato ni exponen una plataforma electoral.
Sin embargo, otorgó las medidas cautelares para eliminar unas publicaciones cuyo contenido puede constituir actos anticipados de campaña por ser de índole político-electoral, lo cual podría incidir en la ciudadanía para los próximos comicios.
Con relación al video alojado de MC en Instagram, mencionaron que el material denunciado no es de naturaleza política, ni su contenido es genérico, por lo que su difusión no está permitida en todo tiempo, por lo cual, se ordenó al mandatario estatal y a su partido naranja que, en un plazo que no podrá exceder de seis horas, eliminen las publicaciones de todas sus redes sociales en las que difundieron el material.
Acerca de la tutela preventiva, resultó improcedente al versar sobre hechos futuros de realización incierta, pues no se tienen elementos para considerar que la conducta denunciada se repetirá en un futuro, pero en ambos casos, será la Sala Regional Especializada del TEPJF quien analice de fondo la situación.
SPOT DE MC, PRELIMINARMENTE, SE AJUSTA A LA NORMA ELECTORAL
En el último asunto, el PAN denunció a MC, por el probable uso indebido de la pauta en la difusión del promocional de televisión denominado «MICHELLE FOSFO FOSFO 2», pues el blanquiazul consideró que se actualiza la promoción personalizada a favor del Gobernador de NL, aunado a que se omite el carácter con medios gráficos y auditivos, la calidad de la precandidatura.
«No se advierte que contenga expresiones que de manera evidente, objetiva y razonable estén dirigidas a posicionar a alguna persona en particular, ni que constituya de manera evidente e inequívoca propaganda gubernamental con promoción personalizada, ya que contiene frases genéricas que deben considerarse amparadas por la libertad de expresión», afirmó la Comisión del INE.
En cuanto al uso indebido de la pauta, se detalló que el material denunciado no precisa el público al que se encuentra dirigido, por lo que se determinó que el spot no encuadra en el concepto de propaganda de precampaña al tratarse de divulgación genérica y, por tanto, su contenido no es exclusivo a militantes de MC.