La Comisión de Quejas del INE ordenó al Presidente abstenerse, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales.
Ciudad de México, 13 de julio (SinEmbargo).– La Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó medidas cautelares solicitadas por la Senadora Xóchitl Gálvez para que el Presidente Andrés Manuel López Obrador se abstenga de emitir expresiones en contra de aspirantes presidenciales de la elección de 2024 durante sus conferencias matutinas.
Durante una sesión virtual, la Comisión resolvió procedente ordenar el retiro parcial de las conferencias matutinas del 3, 4, 5 y 7 de julio, que denunció Xóchitl Gálvez, así como la del 11 de julio que denunció el Partido de la Revolución Democrática (PRD), pues “se advierten manifestaciones que podrían derivar en una afectación de los principios de imparcialidad y neutralidad o disposiciones vinculadas con los procesos electorales próximos a iniciar, puesto que el Presidente de la República hizo pronunciamientos sobre procesos internos de partidos políticos y posibles aspirantes de cara al Proceso Electoral Federal 2023-2024”.
Comparto el resumen de la sesión de hoy en la Comisión de Quejas y Denuncias del @INEMexico. pic.twitter.com/oJQ1SlsRb7
— Claudia Zavala (@CZavalaP) July 14, 2023
La presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, Claudia Zavala, recordó que no es la primera vez que dictan medidas cautelares contra el presidente de la República por declaraciones de índole electoral.
"Se ordena el Presidente de la República se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales, en especial respecto de aspirantes a algún cargo o fuerzas políticas, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentra ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad", establece el proyecto de acuerdo.
La Senadora del Partido Acción Nacional (PAN), quien aspira a la candidatura presidencial, interpuso la denuncia contra el Mandatario, luego que en sus conferencias del 3, 4, 5 y 7 de julio arremetiera contra ella, acusándola de ser la candidata o representante "de la oligarquía en el 2024", "de la mafia en el poder", así como de engañar a la gente y ser cómplice de los expresidentes Vicente Fox y Carlos Salinas.
📡 #ComisiónINE | Acompáñanos a la transmisión de la Sesión Extraordinaria de la la Comisión de Quejas y Denuncias.
Orden del día: https://t.co/8b1NZu5mI2
Audio: https://t.co/gohpWs4bBh pic.twitter.com/yGhU3BCXwp— @INEMexico (@INEMexico) July 14, 2023
Este mismo jueves, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral que prohíben al Presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de realizar pronunciamientos, bajo cualquier modalidad o formato, sobre temas electorales en respeto a los principios de imparcialidad y neutralidad.
La controversia se originó a partir de la denuncia que el Partido Acción Nacional (PAN) presentó en contra del Presidente y quienes resultaran responsables, por las manifestaciones expuestas en la conferencia matutina del 26 de junio en las que descalificó a los partidos de oposición y mostró su apoyo al partido Morena.
#Boletín | La Sala Superior confirma que el presidente de la República debe abstenerse de emitir manifestaciones sobre temas electorales.
📰 https://t.co/3PMitxu8iP pic.twitter.com/cp0GlpFWa3
— TEPJF (@TEPJF_informa) July 13, 2023
El INE precisó que el Presidente de la República ya había emitido pronunciamientos vinculados con temáticas electorales en las conferencias matutinas del 27 de marzo; 19 de abril; 9, 11, 15 y 24 de mayo e indicó que ya se le había conminado a ajustarse a los parámetros constitucionales. Ante ello, ordenó que el titular del Ejecutivo federal se abstuviera de emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales, de forma que cuide que su actuar se ajuste a los principios de imparcialidad y neutralidad.
En contra de esa determinación, el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, el coordinador general de Comunicación Social y vocero del Gobierno de la República, así como el Presidente, acudieron ante la Sala Superior para impugnar dicha medida. La Sala Superior confirmó este día el acuerdo impugnado, según lo siguiente:
I. Es posible dictar medidas cautelares respecto de las manifestaciones denunciadas, porque la difusión de su archivo audiovisual y versión estenográfica se mantiene en el tiempo.
II. La medida consistente en una abstención de pronunciarse sobre temas electorales se justifica en el posible riesgo de afectar los principios constitucionales de los procesos electorales, aun cuando estos no hubiesen comenzado.
III. La medida no se dictó sobre hechos futuros, de realización incierta, dada la posibilidad de la reiteración de la conducta, ya que en diversas ocasiones se ha conminado al presidente a ceñirse al marco constitucional.
Finalmente, el Pleno consideró que la medida “no se trata de una censura previa, por la previsibilidad de la conducta (al ceñirse a la emisión de manifestaciones sobre temáticas electorales), así como el deber del servidor público de preservar la imparcialidad y neutralidad de los procesos democráticos”.