Alejandro Calvillo
03/03/2022 - 12:03 am
¿Opinar = Informar?
¿Cuánto dinero no ha circulado de empresarios y políticos hacia periodistas y conductores para no solamente ganarse su opinión, también para que la información sea difundida a su favor?
Las prácticas corporativas pueden llegar al extremo de no reconocer ningún interés superior al de sus ganancias y más cuando han dominado el entorno político para evitar cualquier tipo de regulación que afecte sus negocios, aunque estos sean totalmente ilegítimos.
Este es el caso de la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión que se manifiesta activamente en contra de la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que obliga a que los comentaristas y periodistas de radio y televisión se vean obligados a distinguir su opinión de la información. Es muy simple, se les prohíbe engañar al dar como información lo que es una opinión. La SCJN lo único que ha hecho es reestablecer lo que ya estaba en la ley desde 2014 y que por intervención de la CIRT fue abolido en 2017.
¿Cómo podemos ejercer nuestro derecho a la información si no podemos distinguir en los mensajes que recibimos qué es información y qué es opinión? La CIRT lo que defiende es el “derecho al engaño”, lo que defiende es una práctica de colusión entre los intereses políticos y económicos con concesionarios, conductores y periodistas para que presenten opiniones como información que favorezca sus intereses. ¿Cuánto dinero no ha circulado de empresarios y políticos hacia periodistas y conductores para no solamente ganarse su opinión, también para que la información sea difundida a su favor?
El valor de una opinión de un conductor o periodista a favor de un interés en particular es menor si se presenta como pura opinión personal, a si se logra filtrar como información. Si la audiencia recibe el mensaje como opinión de un conductor o periodista no tendrá la penetración y la fuerza de si ese mensaje le es presentado como una información, como un hecho. Lo que interesa a la CIRT es mantener un negocio en el que de manera ilegitima, no regulada, no declarada, se negocian favores, recursos, para realizar propaganda o favorecer a corporaciones, a través de opiniones insertadas como información. Dejar la autorregulación en las manos de la CIRT es como darle el gallinero al Zorro, como agrupación empresarial muestra su falta total de ética y se lleva entre las piernas a muchos concesionarios. ¿Quién impone estas posturas en la CIRT? ¿Están todos sus miembros de acuerdo?
La Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias lo establece muy claramente al señalar que el derecho a la información es el derecho de todo individuo a hacerse de información, a informar y a ser informado. El derecho humano a la información que es base de la democracia de una nación y de la convivencia y el desarrollo social, fue reconocido en el artículo 6 de nuestra constitución desde el 6 de diciembre de 1977. Tardamos muchos años en tener instrumentos para poder ir haciendo este derecho una realidad, pero siempre hay intereses en contra.
Todos somos testigos, al menos los que tenemos cierta edad, de la manipulación política en la radio y televisión que se vivió en extremo en México para mantener en el poder a un partido político durante 70 años. Un contubernio profundo entre el poder político y el económico. Los medios de comunicación pueden servir tanto al dominio de las oligarquías económicas que se benefician de un régimen político, como a un grupo en el poder que los compra.
Los medios de comunicación tienen un poder enorme a través de la creación de percepción, y la percepción se convierte en “realidad”. No importa que la percepción sea un engaño, toma naturaleza de “realidad” en la consciencia de la gente, de las “masas”. La mayor manipulación de la historia ha sido por el régimen nazi. Al jefe de propaganda nazi, Joseph Goebbels, se le atribuye la frase “Repite una mentira con suficiente frecuencia y se convierte en verdad”. No importa que la afirmación sea falsa, la repetición la puede hacer creíble. Y si la opinión no puede separarse de la información, la mentira puede repetirse una y otra vez como si fuera información, como si fuera un hecho incontrovertible.
La CIRT no sólo está en contra de la resolución de la corte en el hecho de que se obliga a distinguir información de opinión, también en el hecho de que se obliga a que los defensores de las audiencias de cada medio no tengan conflicto de interés con el concesionario, es decir, que se garantice que el defensor protegerá los derechos de las audiencias y no los intereses del concesionario que pudieran ir en contra de las audiencias.
La CIRT argumenta que se está violando el derecho a la libertad de expresión cuando en ningún momento se prohíbe que el medio, el conductor o el periodista de su opinión. La CIRT demanda que cada medio pueda hacer su propio código de ética, que los conductores y periodistas puedan dar su opinión sin distinguirla de la información.
En la mayor parte de los casos, los defensores de las audiencias han sido seleccionados por el propio concesionario para que sirva a sus intereses, incluso a su ideología, sin importar que tanto afecta los derechos de las audiencias. La importancia del defensor está en el hecho de que debe ser el que de respuesta inmediata a denuncias , por ejemplo, sobre la trasmisión de contenidos no adecuados de acuerdo al horario, de la presencia de publicidad dentro de los programas sin distinguirla de los contenidos, de publicidad engañosa, de contenidos o comentarios que agredan los derechos de las mujeres, de la comunidad LGTB+, de discriminación por raza, credo o facultades mentales o físicas, etcétera.
Un caso ejemplar fue el trabajo de Gabriel Sosa Platas como defensor de las audiencias en Noticias MVS y su despido en agosto de 2015. Sosa Platas, uno de los principales promotores de la defensoría de las audiencias y reconocido académico en la defensa del derecho a la información, había realizado varias acciones como defensor de las audiencias en MVS, como exigir la inserción de avisos preventivos que permitieran distinguir anuncios publicitarios de contenidos en los programas o la corrección a la que obligo en el caso de la difusión de una nota que acusaba de hechos delictivos a una familia sin existir ninguna evidencia ni testimonio. Sin embargo, lo que se considera fue el motivo principal de su despido fue su postura en contra del despido de la periodista Carmen Aristegui. MVS, después de despedir a Sosa Platas, anunció la desaparición del cargo de defensor de las audiencias en la estación radiofónica. El caso ejemplifica la importancia de los defensores de las audiencias y la necesidad de su independencia.
Como audiencia nuestro principal derecho es el derecho a la información. La regulación aprobada en 2014, derogada en 2017, resuelta para ser reestablecida por la SCJN y combatida por la CIRT, está dirigida a proteger el derecho a la información de las audiencias en los medios que han sido concesionados por el Estado a particulares. Son medios del Estado porque deben, en primera instancia, cumplir con un sentido social.
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