Alejandro Calvillo
02/04/2019 - 12:03 am
Gobernación y COFEPRIS se aliaron contra los niños
¿Qué podría motivar a un Gobierno a realizar estos cambios para que los niños y niñas se expusieran a contenidos no aptos?,
Si usted quisiera desde el Gobierno “naturalizar” la violencia, el sexo, el consumo de sustancias adictivas y el lenguaje soez entre los niños, es decir, exponerlos de manera cotidiana a contenidos que dieran rienda suelta a estas conductas, lo mejor que podría hacer es tirar abajo los horarios de programación televisiva y en medios de radiodifusión que estipulan, en gran parte del mundo, los criterios para tratar de proteger a los niños de este tipo de contenidos. Entre más democrática es una sociedad y mayor respeto a los derechos humanos ejerce, mayor cuidado hay sobre los contenidos a los que se exponen a los niños, mayor cuidado en no “naturalizar” la violencia física y verbal, el sexismo y el consumo de sustancias adictivas.
Pero, ¿qué podría motivar a un Gobierno a realizar estos cambios para que los niños y niñas se expusieran a contenidos no aptos?, ¿qué beneficios se podrían obtener de hacerlo o a quién se podría favorecer?
Las preguntas son necesarias para tratar de explicar por qué en un país con los niveles de violencia que se viven en México, de feminicidios, de desapariciones, la Secretaría de Gobernación de la administración anterior, modificó los horarios de televisión para que desde las 4 pm los niños y las niñas se expusieran a contenidos con “violencia eventual y justificada”, “desnudez velada”, “drogas implícitas” y “lenguaje soez eventual”.
Y que a partir de las 7 pm - de acuerdo a un reporte del Instituto Federal de Telecomunicaciones, la mayor audiencia infantil se presenta entre las 7 y 10 pm- justo cuando crece la audiencia infantil, los niños se expusieran a contenidos con “violencia física y justificada”, “desnudez en 2 y 3 plano”, “palabras soeces”, y a partir de las 9 pm, a “consumo de sustancias ilícitas”, “desnudez erótica sin genitales” y “cualquier tipo de lenguaje”.
En la administración anterior diversas dependencias actuaron muy bien coordinadas, no por el interés público, pero sí por la protección de los intereses de las grandes corporaciones, en especial, de las de comida chatarra y bebidas endulzadas. Y, aunque le parezca extraño, esto explica el cambio en los horarios, esto explica por qué la Secretaría de Gobernación estableció estos criterios que violan el interés superior de la infancia para proteger el interés de estas corporaciones.
Previamente, se había establecido, en la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes presentada por EPN, que se prohibiría la publicidad de alimentos y bebidas no saludables a los menores de 12 años. La epidemia de sobrepeso y obesidad en los niños mexicanos era ya objeto de atención mundial y una de las recomendaciones básicas era prohibir este tipo de publicidad.
El diseño de la regulación cayó en COFEPRIS, que en contubernio con la industria la volvió una gran simulación, estableciendo que solamente se prohibiría este tipo de publicidad cinco horas entre semana en televisión de 2.30 a 7:30 pm y de 7 am a 7 pm en sábados y domingos solamente en programas con clasificación para niños. Los criterios para definir qué alimentos y bebidas no son saludables también fueron extremadamente laxos.
La industria no podía perder ni un ápice de su poder en México, el país al que había convertido en el mayor consumidor de comida chatarra en América Latina, como lo reportaba un estudio de la Organización Panamericana de la Salud. De hecho, estas corporaciones lograrían convertir la regulación en una oportunidad. Si COFEPRIS había establecido una regulación raquítica de la publicidad de estos productos, la Secretaría de Gobernación le haría el favor a estas corporaciones de ampliar el horario de programación para adolescentes y adultos, invadiendo el horario infantil, sin importar la protección de los niños y las niñas. De esta manera, la publicidad de sus productos, que ha contribuido a la epidemia de sobrepeso y obesidad infantil en México, se podría transmitir en los programas y horarios más vistos por los niños.
La decisión de la Secretaría de Gobernación tendría otros beneficiarios: las televisoras. La dimensión de las ganancias para las televisoras y lo que nos podemos imaginar reditúa la publicidad a niños a través del aumento de ventas de sus productos, nos lo puede dar el siguiente dato: entre enero y agosto de 2012, es decir, en solamente 8 meses, la inversión en publicidad televisiva de únicamente 8 dulces alcanzó los 400 millones de pesos.
En varias naciones del norte de Europa y en la región de Quebec está prohibida todo tipo de publicidad dirigida a la infancia, en varias naciones existe esta prohibición para los alimentos y bebidas no saludables a la que se expone a los niños.
Clara Luz Álvarez, experta en telecomunicaciones, interpuso un amparo contra esta modificación a los horarios establecido por la Secretaría de Gobernación. El juez sentenció que esta modificación violaba el interés superior de la infancia y era regresiva en la protección de los derechos humanos. SEGOB reaccionó, modificó parte de los lineamientos pero no los horarios, con el fin de evadir la sentencia, se trataba ya de unos “lineamientos diferentes”. Otra experta en telecomunicaciones, también madre de un menor, como Clara Luz, Adfriana Solorzano, interpuso otro amparo enfocándose en los horarios, obtuvo una sentencia similar de un juez que señaló que estos lineamientos violan los derechos de la infancia y son regresivos. SEGOB impugnó la sentencia y esta se encuentra en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El caso es similar a los amparo que interpusimos diversas organizaciones y ciudadanos contra el etiquetado frontal que estableció COFEPRIS en alimentos y bebidas como parte de la estrategia contra la obesidad. Al igual que la regulación de la publicidad, COFEPRIS estableció el etiquetado frontal diseñado por la industria, sin ninguna consulta con expertos. Existen ya dos amparos contra este etiquetado que han obtenido sentencias favorables, estableciendo que viola el derecho a la información, el derecho a la salud y el interés superior de la infancia. COFEPRIS impugnó estas dos sentencias y una de ellas se encuentra también en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La nueva administración se enfrenta a la necesidad urgente de detener estas violaciones a los derechos humanos, a la salud de los niños, al interés superior de la infancia, desde la Secretaría de Gobernación, desde la Secretaría de Salud y desde COFEPRIS.
No tenemos duda de la posición que hubiera tomado frente a estos casos la ex Ministra Olga Sánchez Cordero, actual Secretaria de Gobernación. Ahora, con toda la autoridad que tiene, debe derogar esos lineamientos y retomar los estudios del IFETEL y actuar en concordancia con las políticas de protección de la salud de los niños.
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