Por Sarahí Salvatierra y Anaid García, investigadoras en @FundarMexico
México vive una grave crisis de derechos humanos y actos de corrupción de la que padecemos sus ciudadanos día con día. Las instituciones carecen de credibilidad y legitimidad, lo que afecta su desempeño; y cuando se vuelve imprescindible la publicación de información que brinde confianza en las instituciones prevalece su reserva sobre el interés público.
Después de realizadas las comparecencias públicas en las que participaron 32 candidatas y candidatos para ocupar el cargo de Fiscal Anticorrupción, hicimos una solicitud[1] al Senado de la Republica para conocer las cédulas de evaluación que el Comité de Acompañamiento Ciudadano[2] elaboró. Sin embargo, el Senado se negó a dar acceso a dicha información y la reservó por un año, bajo el argumento de que su divulgación podría generar un perjuicio al interés público, ya que la decisión definitiva sobre la ratificación podría verse afectada por presiones externas, por tratarse del nombramiento de un servidor público con un cargo trascendente en el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).
Por su parte el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (INAI) confirmó dicha reserva por considerar que al existir un proceso deliberativo que aún no concluye y que no tiene plazo fijo para que termine, la publicidad de la información podría inhibir la determinación final del Senado.
Las posturas del Senado y del INAI generan preocupación porque la información sobre el proceso de designación de una pieza clave para el combate a la corrupción, como es la del Fiscal Anticorrupción, es de interés público debido a la trascendencia del papel que ejercerá en la investigación y persecución de delitos de corrupción.
El INAI como máximo órgano garante en materia de transparencia y como integrante del SNA, tiene un papel relevante pasa asegurar que la información que constituye interés público sea develada de manera oportuna y sin reservas, sobre todo tratándose de procesos cuyo conocimiento en tiempo real es necesario para exigir y vigilar que la designación del Fiscal se realice con base en los mejores estándares.
Las designaciones de los titulares de las instituciones son relevantes para construir confianza en las instituciones, ya que de esta forma se asegura tanto la capacidad de sus titulares para cumplir con su mandato como su independencia, por medio de perfiles desvinculados al tráfico de influencias o conflicto de interés. Por lo tanto, los procesos de selección deben caracterizarse por procedimientos transparentes, objetivos e incluyentes de la participación ciudadana, que doten de certeza jurídica el proceso y permitan garantizar a las y los candidatos idóneos para ocupar los cargos en cuestión.
No obstante, la opacidad es uno de los mayores problemas que existen, a pesar de que las designaciones y las comparecencias tienen sesiones públicas y en la mayoría de las ocasiones las comisiones del Senado hacen pública información relacionada, los procesos no dejan de ser opacos, no se rinden cuentas del proceso de deliberación política, ni detallan las razones detrás de los acuerdos que resuelven la designación más allá de la idoneidad del o la candidata designada para determinada institución.
En un proceso de designación como el del Fiscal Anticorrupción no puede reservarse la información que da cuenta de los méritos profesionales, académicos, trayectoria y capacidades probadas que tienen las y los aspirantes porque ello menoscaba el derecho de la ciudadanía para conocer uno de los elementos fundamentales para evaluar la idoneidad de los perfiles y de asegurarse que la determinación final del Senado sea la mejor; máxime cuando el proceso se ha llevado, no sólo con retraso, sino en un contexto complejo y polémico.
[1] Mediante acceso a la información, No. de folio: 0130000030417.
[2] El comité de Acompañamiento Ciudadano quedó conformado por los académicos y especialistas: María Cristina Puga Espinosa, Issa Luna Pla, Silvia Inclán Oseguera, Luis Carlos Ugalde, Juan Carlos Sánchez, Ricardo Jiménez González