México

"Partido cometió fraude"

El TEPJF revoca triunfo de Edil electo del PRD en Michoacán por simular ser una mujer

31/08/2024 - 10:42 am

Los magistrados detallaron que el candidato perredista tuvo la intención desde el inicio de utilizar el recurso de diversidad sexual para incumplir con el principio de paridad, por lo que negaron el triunfo de Rubén Torres como Alcalde electo en Charapan.

Ciudad de México, 31 de agosto (SinEmbargo).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inelegible al Alcalde electo de Charapan, Michoacán, Rubén Torres García, por haberse postulado como mujer bajo acción afirmativa.

Durante una sesión pública, los magistrados consideraron el recurso SUP-REC-1153/2024, el cual fue presentado por el partido Morena, en el que determinaron que tras la revisión de las pruebas, el candidato del Partido de la Revolución Democrática (PRD) es inelegible para ocupar el cargo a la Presidencia municipal en Charapan tras simular ser mujer.

De acuerdo con los hechos presentados, el Edil Torres García se hizo pasar como candidata mujer en las elecciones del pasado 2 de junio, al haberse inscrito bajo la acción afirmativa de diversidad sexual, además de presentar una carta en la que aseguró pertenecer al género femenino; sin embargo, en su comportamiento no actuó así.

Los Magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y Mónica Valle fueron quienes plantearon desestimar los juicios promovidos por el Patido de la Revolución Democrática (PRD), el Partido Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (MC).
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inelegible al Alcalde electo de Charapan, Michoacán, Rubén Torres García, por haberse postulado como mujer bajo acción afirmativa. Foto: TEPJF,

“Se observa un mecanismo de fraude a la paridad por parte de los partidos políticos consistente en entregar formatos escritos de autoadscripción de géneros falsos para cumplir con el requisito de paridad de género en sus postulaciones y así eludir la postulación de mujeres en cargos que la norma fundamental de paridad exige”, determinó el Tribunal.

Los magistrados detallaron que el candidato perredista tuvo la intención desde el inicio de utilizar dicho recurso para incumplir con el principio de paridad, por lo que negaron el triunfo de Rubén Torres como Alcalde electo en Charapan. Ante ello, la Síndica del municipio deberá rendir protesta el día de mañana, 1 de septiembre, durante la renovación de las presidencias municipales.

Asimismo, los diputados de la 75 Legislatura deberán convocar a una sesión pública a fin de determinar al próximo representante interino del municipio indígena, después de que Rubén Torres fue declarado por la Sala Superior como inelegible.

El TEPJF ha resuelto casos sobre irregularidades en elecciones de Coahuila y el Edomex. Foto: Misael Valtierra, Cuartoscuro

Durante su intervención, la presidenta de la Sala Superior, Mónica Soto, propuso lo mismo para el Presidente electo de Lagunillas, Michoacán, Octavio Chávez, quien también mintió sobre su género. A pesar de las denuncias, se desechó por cuatro votos contra el suyo, debido a que el quejoso no firmó la denuncia.

En ambos casos, los magistrados reclamaron a sus partidos de hacer fraude a la ley para quedarse con posiciones que correspondían a mujeres, incluso, aclararon que no juzgaron el físico, pues su apariencia es masculina, sino que durante sus campañas se promovieron como hombres.

“No se ostentó con el género femenino ni como perteneciente a la comunidad de la diversidad sexual en la propaganda que utilizó en sus redes sociales, en realidad se presentó ante el electorado como un candidato a presidente municipal”, dijo Reyes Rodríguez.

La Sala Superior del Tribunal Electoral. Foto: Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación.

Finalmente, la Magistrada Janine Otálora lamentó que los partidos invisibilicen la lucha que han realizado por años quienes integran la comunidad LGBT+: “Es una vergüenza que utilicen los principios y criterios que favorecen a las personas que, de forma discriminatoria, han sido excluidas de los espacios de deliberación y toma de decisiones para pervertirlos con prácticas que se alejan de los objetivos constitucionales que justifican su existencia”, dijo.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video

más leídas

más leídas