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11/07/2016 - 12:00 am

El Estado mexicano y el GIEI: una apuesta por el olvido

Desde que se supo en definitiva que el GIEI no podría permanecer en el país, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dejó claro que no abandonarían el caso, para lo cual se establecería un mecanismo especial de seguimiento

CIUDAD DE MÉXICO, 24ABRIL2016.- James L. Cavallaro, presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y relator para México, recibió el segundo informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), el cual recopila las conclusiones de las investigaciones que realizaron sobre la desaparición de los 43 normalisas de la escuela "Raúl Isidro Burgos" de Ayotzinapa, la noche del 26 de septiembre de 2014, en Iguala Guerrero. En la imagen los integrantes del GIEI; Alejandro Valencia, Angela Buitrago, Francisco Cox, Claudia PAz y Carlos Beristain.  FOTO: MOISÉS PABLO /CUARTOSCURO.COM
James L. Cavallaro, presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y relator para México, recibió el segundo informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI). Foto: Cuartoscuro

Por Humberto Francisco Guerrero Rosales[1]

El 30 de abril pasado el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) para el caso Ayotzinapa se fue de México. Desde que se supo en definitiva que el GIEI no podría permanecer en el país, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dejó claro que no abandonarían el caso, para lo cual se establecería un mecanismo especial de seguimiento a las medidas cautelares emitidas con relación a los hechos del 26 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero.

Conforme al párrafo 10 del artículo 25 del Reglamento de la CIDH, ésta puede determinar las medidas de que estime apropiadas para el seguimiento a medidas cautelares. A la letra, el referido artículo dice:

La Comisión podrá tomar las medidas de seguimiento apropiadas, como requerir a las partes interesadas información relevante sobre cualquier asunto relacionado con el otorgamiento, observancia y vigencia de las medidas cautelares. Dichas medidas pueden incluir, cuando resulte pertinente, cronogramas de implementación, audiencias, reuniones de trabajo y visitas de seguimiento y revisión.

Como se puede apreciar, las medidas de seguimiento del reglamento son de carácter ilustrativo; no limitativo, por lo que su determinación es discrecional por parte de la CIDH, atendiendo a los criterios de idoneidad y pertinencia. Para la adopción de estas medidas en el caso Ayotzinapa, la CIDH ha pedido su parecer a las partes involucradas; es decir, a las personas beneficiarias (en este caso a las víctimas con sus representantes), y también al Estado.

La parte final del trabajo del GIEI demostró que en el caso Ayotzinapa, el Estado incurrió no sólo en fallas producto de carencias técnicas o jurídicas, sino en una política deliberada de obstaculización de la investigación. Por ello, la presencia y el acceso del GIEI a la investigación eran la única garantía de confianza en el trabajo de las instituciones del Estado, en especial la PGR.

En ese contexto, para las víctimas y sus representante es fundamental que el mecanismo de seguimiento post GIEI siga garantizando la confianza en la investigación a través de la observación internacional. Para ello, desde la perspectiva de las víctimas, dicho mecanismo debe contar con ciertas condiciones mínimas de conformación y trabajo, que se pueden resumir de la siguiente forma:

  1. El objeto del mecanismo debe ser el seguimiento a las medidas cautelares y a las recomendaciones del GIEI. Esto pudiera parecer una obviedad pero existen personas que quisieran que cualquier referencia al legado del GIEI se olvidara por completo;
  2. El mecanismo debe ser presidido por el comisionado relator para México, James Cavallaro, quien ha demostrado su liderazgo y conocimiento en el tema;
  3. La CIDH debe contar con un equipo operativo de apoyo que tenga la posibilidad de viajar y estar en México por el tiempo necesario para cumplir con funciones de documentación, tomando en cuanta la gran cantidad de información que el caso sigue generando.
  4. Tanto el relator como el equipo operativo deben tener la posibilidad de acceder plenamente, sin restricciones, a la información y personas relacionadas con las medidas cautelares del caso Ayotzinapa, incluyendo el expediente de investigación, así como personas relacionadas con los hechos (autoridades, testigos, personas detenidas, etc); y
  5. El relator y/u otros integrantes de la CIDH deberían poder realizar visitas oficiales de seguimiento al país, con cierta periodicidad y con la posibilidad de informar públicamente a la sociedad mexicana sobre sus hallazgos, en aras de garantizar la transparencia del proceso.

Estas condiciones que para las víctimas y sus representantes son mínimos, para el Estado parecen ser demasiado, y ha desplegado una serie de estratagemas de negociación que son indicativas de una postura que apuesta más por la opacidad y el olvido. Pero para esconder ¿qué?, esa es la pregunta que sigue en el aire desde abril pasado en que el GIEI cerró su actuación en nuestro país.

A pesar de las adversidades todo indica que habrá un mecanismo de seguimiento, pero no sin mucho tiempo y frustraciones de por medio para los padres y madres de los 43 estudiantes desaparecidos. Para las autoridades el paso del tiempo no significa mucho, es un día más en sus vidas, pero para los familiares de una persona desaparecida cada día sin saber de sus seres queridos es una tortura constante.

Las autoridades deberían entender esto: la paciencia de los familiares no es infinita, han sido respetuosos de las vías institucionales hasta ahora, pero su confianza en las instituciones, de por sí desgastada desde un principio, parece llegar a un final definitivo. La continuidad de la observación internacional puede ayudar a reconstruir esa confianza de manera indirecta, aunque el Estado parece no estar dispuesto a aprovechar esa oportunidad al máximo.

[1] Coordinador del área de Derechos Humanos de Fundar, Centro de Análisis e Investigación

Fundar
Centro de Análisis e Investigación, para la capacitación, difusión y acción en torno a la democracia en México.

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