Desde 2002 la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda como Máximo Tolerable de consumo de azúcar el 10% del total de calorías, es decir, 10 cucharadas cafeteras (200 calorías) en todo un día. La semana pasada la OMS inició una consulta para reducir esta recomendación a la mitad, a 5% del consumo total de calorías, es decir, a 5 cucharadas cafeteras en todo un día (100 calorías).
Unos días antes , en México, en el Diario Oficial de la Federación se publicaron los criterios para un etiquetado frontal obligatorio para todos los alimentos y bebidas estableciendo que se informara a los consumidores, entre otras cosas, el contenido de azúcares totales estableciendo como Ingesta Diaria Recomendada 360 calorías, es decir, 18 cucharadas cafeteras. Como puede observarse hay una gran diferencia entre la OMS que recomienda como Máximo Tolerable 10 o, aún menos, 5 cucharadas y COFEPRIS-SS establece como Ingesta Diaria Recomendada 18 cucharadas cafeteras de azúcar.
Una larga lista de estudios han evaluado los etiquetados que tradicionalmente vienen en la parte posterior de los alimentos y bebidas, como lo son la tabla nutrimental y la lista de ingredientes, concluyendo que no son útiles para la mayor parte de los consumidores partiendo del hecho que son difíciles de entender.
Ante la epidemia global de sobrepeso y obesidad y la proliferación de la comida chatarra que tiene como común denominador altas concentraciones de azúcar, grasas y sal, la Organización Mundial de la Salud y diversos organismos internacionales y nacionales han recomendado el desarrollo de etiquetados al frente de los productos que de manera muy sencilla orienten a los consumidores sobre las concentraciones de estos compuestos.
Frente a esta recomendación la industria reaccionó desarrollando su propio etiquetado frontal presentándolo como una opción para evitar que los gobiernos les impusieran otro. El etiquetado de las empresas es confuso, los consumidores no lo entienden y tiene criterios totalmente engañosos. Este etiquetado brinda información sobre el porcentaje que el producto o la ración del producto contiene de azúcar, grasas y sodio teniendo como referencia una ingesta diaria recomendada. En ese etiquetado, por ejemplo, se nos puede informar que unas galletas o ración de galletas “X” contienen el 30% de nuestro requerimiento diario recomendado de sodio. El problema es, en primer lugar, que los consumidores en general no entienden este concepto partiendo del hecho de la dificultad que significa estar sumando los porcentajes presentes en los diversos productos consumidos en un día.
El Instituto Nacional de Salud Pública evaluó el etiquetado basado en la ingesta diaria recomendada, desarrollado por la industria, encontrando que entre más de 100 estudiantes de nutrición menos del 2% pudo interpretar cabalmente ese etiquetado. Por lo tanto, el uso del criterio de la ingesta diaria recomendada para el desarrollo de etiquetados frontales no ayuda a los consumidores a entender las cualidades de un producto. Este es un elemento suficiente para descartar este etiquetado de la Estrategia Nacional para Prevenir y Combatir la Obesidad y la Diabetes. Desgraciadamente, la COFEPRIS y SS han desarrollado un etiquetado frontal obligatorio retomando el etiquetado de las empresas basado en este criterio, es decir, los consumidores seguirán sin entender si los productos tienen o no altos contenidos de azúcar, grasas y/o sal.
COFEPRIS argumentará en su defensa que el etiquetado que ha promovido establece “azúcares totales” y no “azúcares añadidos”. En primer lugar, la recomendación es que en el etiquetado frontal se use el criterio de “azucares añadidos”, de hecho, en la propia Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, Obesidad y la Diabetes presentada por el Presidente Enrique Peña Nieto se especificó que el etiquetado frontal contendría el criterio de “Azúcares añadidos”. El etiquetado frontal obligatorio establecido por COFEPRIS-SS contradice la propia Estrategia y establece “Azúcares añadidos” siguiendo el juego del engaño establecido por la industria.
La OMS establece como “azúcares añadidos” todos los azúcares que se añaden a los alimentos procesados, los que agregamos en casa, los jarabes, las mieles, los propios jugos naturales y los concentrados de fruta. Entre los productos ultraprocesados industrialmente los únicos que contienen azúcares no añadidos y que podrían justificar el uso de “azucares totales” son los que contienen lácteos y partes de fruta o verduras. Pero, incluso en estos casos, perfectamente podrían indicarse la cantidad de azúcares añadidos y los azúcares de origen lácteo o presentes en las frutas o verduras. El uso, por parte de la industria del criterio de “azúcares totales” responde a un artilugio en el que se suman los azúcares que vienen en las raciones recomendadas de frutas y verduras (no procesadas industrialmente) y de lácteos (mínimamente procesados) con los azúcares añadidos que no son recomendables.
Las empresas introdujeron en su etiquetado frontal el concepto de “azúcares totales” con el único fin de engañar y permitirse un criterio totalmente laxo, de lo contrario, en muchos de sus productos tendrían que poner que el contenido de azúcar sería mayor al 100% si se consideraran “azúcares agregados”.
El tema no es menor, el alto consumo de azúcar, trátese de azúcar de caña o jarabe de maíz de alta fructuosa, es una de las principales causa de la epidemia global y nacional de obesidad y diabetes que tiene colapsado el sistema de salud pública. Un etiquetado obligatorio frontal que establece como ingesta diaria recomendada el consumo de 18 cucharadas cafeteras de azúcar es un etiquetado a favor de la diabetes.