SSA: ¿contra el derecho a la salud y los derechos de la infancia?

27/08/2013 - 8:08 am

En el enfrentamiento que se desarrolla entre la industria procesadora de alimentos y bebidas y los gobiernos, especialistas y asociaciones que promueven la salud pública impulsando regulaciones que modifiquen las condiciones que han generado la epidemia de obesidad que vivimos, hay dos argumentos centrales: las empresas defienden su derecho a la libertad de comercio y los demás el derecho a la salud, el derecho a la alimentación saludable y los derechos de la infancia.

Al promoverse regulaciones desde el Estado, como la propuesta de establecer que solamente alimentos y bebidas que cumplan ciertos criterios nutricionales puedan estar al interior de los planteles escolares, estas controversias han llegado a los tribunales impulsadas por quienes defienden las libertades comerciales.

En la región de América Latina existe ya un caso ejemplar, el de Costa Rica. Frente a la iniciativa de sacar la comida chatarra de las escuelas de ese país, los encargados de la oferta de alimentos al interior de los planteles escolares, incitados y apoyados por la industria procesadora de alimentos y bebidas, apelaron ante la Corte Constitucional esta regulación. La Corte Constitucional de Costa Rica respaldó la regulación concluyendo en su sentencia:

El Estado debe velar por la salud de los habitantes del país, especialmente de los menores de edad, por lo que puede restringir, –como en este caso– dentro de los centros educativos, la libertad de comercio, a los concesionarios de sodas de estos centros de estudio, sobre la base de las potestades conferidas a la Administración en el ordenamiento jurídico, en el marco de una relación de sujeción especial, realizando una adecuada ponderación entre el interés superior del niño, niña y adolescente, y la libertad de comercio. En cuyo caso tiene un papel más relevante el interés superior del menor, en relación con la libertad de comercio la cual debe estar circunscrita a los objetivos institucionales, tales como apoyar al educando en su formación integral, la cual no sólo implica la enseñanza en las ciencias y letras, sino también en los buenos hábitos alimenticios que conforman en gran medida la base de la salud del ser humano". (p. 15 de la sentencia)

En todas las experiencias que conocemos en la región de América Latina y fuera de ella, no ha habido regulación alguna, ya sea en alimentos y bebidas dentro de las escuelas, publicidad de estos productos dirigida a la infancia, etiquetados, etcétera, donde la industria no haya intervenido tratando, por todos los medios posibles, de impedirlas o modificarlas para que carezcan de sentido. Sin embargo, a pesar de las presiones de la industria que llevan detrás de si millones de dólares en cabildeo y campañas engañosas en los medios de comunicación para posicionarse como empresas socialmente responsables, los gobiernos comprometidos con el interés público han logrado avanzar apoyados en las legislaciones nacionales e internacionales, en los derechos humanos básicos.

Si el Estado puede basarse en el derecho a la salud como un derecho superior al de la libertad de comercio, lo puede hacer más con base en el interés superior de la infancia, para impulsar las regulaciones que deben establecerse para que las elecciones saludables sean más factibles que las no saludables, para cambiar el ambiente obesigénico en uno más saludable.

Como sabemos, parte de las regulaciones –desde las establecidas a  la publicidad de alimentos y bebidas dirigidas a la infancia, hasta el control de estos productos en el ámbito escolar, así como su etiquetado– tienen que ver con la protección de la salud de la infancia.

La Convención de los Derechos de la Infancia, que son ley en nuestro país, incluyen la protección de los niños y niñas frente a los intereses comerciales y de negocios. En el Comentario General del 17 de abril de 2013 de esta Convención se establecen las obligaciones de los Estados en el impacto del sector de los negocios en los derechos de los niños:

“La obligación de establecer el mayor interés de la infancia como primera consideración se convierte en crucial cuando los Estados se enfrentan a evaluar prioridades, como consideraciones económicas de corto plazo y decisiones de desarrollo de largo plazo. Los Estados deben estar en posición de explicar cómo el derecho a el mayor interés de la infancia ha sido respetado en la toma de decisiones incluyendo cómo se ha evaluado frente a otras consideraciones”.

Establece que: “El mercadeo de alimentos a niños de cigarros y alcohol así como de alimentos y bebidas altos en grasas saturadas, grasas trans, azúcar, sal o aditivos puede tener un impacto de largo plazo en su salud (...) Las medidas referidas al sector de los negocios tienen que ser adoptadas de acuerdo al contexto e incluyen medidas preventivas como regulaciones efectivas y monitoreo de las industrias de mercadeo y publicidad y el impacto ambiental de los negocios”.

“El Estado es responsable por las violaciones a los derechos de la infancia causados por una empresa o negocio cuando ha fallado al no tomar las medidas necesarias, apropiadas y razonables para prevenir  y remediar esas violaciones o colaborar con o tolerar las mismas”. Durante años hemos señalado que el Estado mexicano ha violado por omisión el derecho a la salud de los mexicanos, en general, y los derechos de la infancia, en particular, al permitir: el desarrollo de ambientes obesigénicos en las escuelas, la ausencia de acceso a agua para beber en los planteles escolares, el desarrollo de una publicidad engañosa y manipuladora dirigida a la infancia y de etiquetados también engañosos.

El documento de la Convención es claro al señalar: “Los Estados deben asegurar que el mercadeo y la publicidad no tienen impactos adversos en los derechos de la infancia adoptando regulaciones y llamando a las empresas a adherirse a códigos de conducta y al uso de información y etiquetados que permitan a los padres y niños realizar decisiones de consumo informadas”. En miles de experiencias hemos comprobado lo contrario: una ignorancia total de los padres e hijos en sus elecciones, una falta de información generado por publicidad y etiquetados engañosos. Por ejemplo, todo mundo sabía que los refrescos tenían mucha azúcar pero hasta que lanzamos desde la sociedad civil la campaña que preguntaba: ¿te comerías 12 cucharadas de azúcar? , ¿por qué bebes refresco?, la población se dio cuenta del riesgo que significan estas bebidas. Información básica siempre oculta en la publicidad y los etiquetados.

La Secretaria de Salud, la Dra. Mercedes Juan, ha anunciado que la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control de la Obesidad y la Diabetes contendrá regulaciones al etiquetado y a la publicidad dirigida a la infancia. Sin embargo, en diversas ocasiones ha señalado que esta política se está negociando con las empresas, que se está diseñando con su participación. Aún más grave, ha anunciado que el centro de la Estrategia será la educación de los padres de familia y que ésta se dará en campañas que la Secretaría de Salud hará con la colaboración de las empresas.

Todo indica que las regulaciones serán cosméticas y que perderemos otros seis años agudizando nuestros índices de obesidad, diabetes y muertes por diabetes, de los más altos del mundo. Para ello continuará la violación del derecho a la salud de la población, en general, y de los derechos de la infancia, en particular. La dimensión del problema es muy grave y lo que vemos es que la política que se está elaborando no es consultada con profesionales, con expertos en nutrición y  salud pública, con las instituciones nacionales e internacionales líderes en la materia.

Existen ya experiencias exitosas en otros países, los organismos internacionales ya han elaborado recomendaciones específicas de política pública, no hay mucho por inventar. Se han medido los impactos de diversas políticas regulatorias y deben impulsarse las que se han demostrado ser efectivas en otros países, al igual que en experiencias piloto en nuestro territorio. Sin embargo, todo indica que la política cosmética, “la que no moleste a las empresas”, será la que prevalecerá, a costa de todo, con etiquetados “light” y regulaciones de la publicidad con criterios totalmente empresariales que les permitirán continuar con sus prácticas.

Todo deja ver que la Estrategia no estará a la altura del reto y esto sólo será responsabilidad de los funcionarios que la elaboran y la ejecutaran. Quisiéramos estar equivocados, aunque todo indica lo contrario.

Alejandro Calvillo
Sociólogo con estudios en filosofía (Universidad de Barcelona) y en medio ambiente y desarrollo sustentable (El Colegio de México). Director de El Poder del Consumidor. Formó parte del grupo fundador de Greenpeace México donde laboró en total 12 años, cinco como director ejecutivo, trabajando temas de contaminación atmosférica y cambio climático. Es miembro de la Comisión de Obesidad de la revista The Lancet. Forma parte del consejo editorial de World Obesity organo de la World Publich Health Nutrition Association. Reconocido por la organización internacional Ashoka como emprendedor social. Ha sido invitado a colaborar con la Organización Panamericana de la Salud dentro del grupo de expertos para la regulación de la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a la infancia. Ha participado como ponente en conferencias organizadas por los ministerios de salud de Puerto Rico, El Salvador, Ecuador, Chile, así como por el Congreso de Perú. el foro Internacional EAT, la Obesity Society, entre otros.
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