México

SCJN se cuelga la medalla

La Corte afirma que su fallo contra la Ley Eléctrica libró a México de multa en T-MEC

29/02/2024 - 6:36 pm

A finales de enero, la SCJN determinó que la reforma de la LIE de 2021 vulnera los principios de competencia y libre concurrencia.

Ciudad de México, 29 de febrero (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que el amparo concedido a empresas en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) de 2021, contribuyó a resolver el panel de controversia con Estados Unidos y Canadá en la materia.

Por medio de un comunicado, el máximo Tribunal detalló que México evitó una condena económica de grandes sanciones y el fin del asunto en el tema energético, dejando sin efecto el panel del Gobierno de Washington y secundado por el de Canadá bajo el tratado comercial entre los tres países (T-MEC).

“La inconstitucionalidad declarada dejó sin materias las consultas que, en el Panel de Energía, formularon esos países en julio de 2022; lo que se traduce en que se evitó para México, una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”, indicó.

El 31 de enero, la SCJN determinó que la reforma de la LIE de 2021 vulnera los principios de competencia y libre concurrencia, por lo que declaró inconstitucional el orden de prelación en el despacho de energía eléctrica.

“No sólo significó conceder el amparo a las quejosas, sino que también generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista. Además, una de las implicaciones de esa decisión impactó de manera decisiva en la controversia que tanto EU como Canadá habían presentado, en el marco del T-MEC, contra México por la política del Gobierno”, dijo.

Durante la Segunda Sala del máximo tribunal, se ordenó aplicar la Ley que estaba vigente antes de que entrara en vigor la reforma del 9 de marzo de 2021. Incluso, se concedió la protección de la justicia a las empresas La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila y Eóliatec de Istmo.

La Ley de la Industria Eléctrica, que fue declarada constitucional y vigente por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto: Cuartoscuro.

Ante ello, los ministros destacaron que dicha decisión no sólo significó conceder el amparo a las empresas que presentaron el recurso; sin embargo, Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guarradama se pronunciaron en contra.

En 2022, el alto tribunal ya se había pronunciado sobre la reforma que da ventaja a la generación gubernamental de electricidad sobre las plantas privadas de energía. Entonces, el pleno de la Corte no logró la mayoría calificada para anularla, por lo cual siguió vigente. Sin embargo, el pronunciamiento dejó la puerta abierta a que empresas pudieran ampararse contra determinados artículos, que es lo que sucedió.

De ahí que ahora determinara que la forma de asignación de los contratos de cobertura eléctrica, las reglas en el orden del despacho de energía que se introdujeron en 2021 y el sistema de adquisición de certificados de energías limpias son aspectos que contradicen los preceptos de la Carta Magna, explicó la SCJN en un comunicado.

Asimismo, indicó que, aunque la concesión del amparo parte de la tutela a las empresas reclamantes, éste generará consecuencias en el resto de actores del mercado eléctrico.}

Tras el proceso de liberalización del sector energético que tuvo lugar en el Gobierno de Enrique Peña Nieto (2012-2018), las reformas realizadas en 2021 por el partido de Andrés Mnauel López Obrador y sus socios establecieron que la electricidad debe ser comprada primero a las plantas que son propiedad del Estado, las cuales se alimentan mayormente de combustibles fósiles como carbón, petróleo y diésel.

Sin embargo, en marzo de 2021, compañías energéticas privadas interpusieron amparos para poder seguir operando, y muchas consiguieron el aval temporal de los tribunales para bloquear la normativa. De forma paralela a esos recursos judiciales, se interpuso una acción de inconstitucionalidad, que es la que la Suprema Corte desestimó en 2022.

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