La Corte, la Ley y los Derechos Humanos

25/12/2013 - 12:00 am

El día 6 de junio del 2011, se publicaron las reformas más avanzadas en la historia de México, en materia de Derechos Humanos. Es el mayor logro obtenido por los defensores de los hombres y mujeres en el mundo.

La oficina de la comisionada de la ONU en México, Amnistía Internacional, Front Line de Europa, Human Rights Watch, Wola  y todas las más importantes organizaciones nacionales, unieron fuerzas y lograron concretizar importantes cambios en la Constitución, fundamentalmente al artículo primero.

Esa reforma, colocó a México, como un país de avanzada en la civilización occidental, superando en la Teoría a los Estados Unidos y poniéndose al nivel de los países nórdicos.

Sin embargo, resulta muy difícil para las autoridades de un país, donde la única ley que vale es la de la gravedad de Newton, según la cual  “Todo cae de arriba para abajo, como la manzana”, encontrarse con que ahora ellos deben de actuar con pleno respeto a los Derechos Humanos y no solo con respeto a la Ley.

Expliquémonos, antes del 6 de junio de 2011,  los funcionarios leían la ley de su oficina, el reglamento interno, y los oficios recibidos de la superioridad, y actuaban sin ningún riesgo, no estaban obligados a pensar, solo a obedecer, y cuando tenían que fundamentar sus actos, buscaban el artículo de la ley aplicable y listo.

Si acaso la ley violaba la Constitución, ese no era su problema,  el ciudadano perjudicado con esa decisión podía presentar un amparo y el Juez Federal decidiría si el funcionario ajustó sus actos a la Ley o no. Lo demás no importaba. Así exactamente; “El Juez federal revisaba el acto de autoridad para decidir si el funcionario respetó o no la ley”,  no interesaba la constitucionalidad de la Ley, salvo que esta fuera la materia del juicio de Amparo, lo cual era muy raro en términos cuantitativos.

 ¿Y los Derechos Humanos?, esos ni siquiera existían en la memoria permanente  de los funcionarios. No estaban en su disco duro.

Pero ahora el artículo primero de la Constitución, exige que:

“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”

Ese es un idioma extranjero para los funcionarios mexicanos, es como si alguien les hablara en latín culto del siglo tercero, medio entienden alguna palabra, pero solo por el sonido.

Así que ahora ellos, los burócratas, están obligados, ¡Sí, obligados!, a interpretar la Constitución y los tratados internacionales en el mejor beneficio de la persona, cuando apliquen una norma de derechos humanos.

 ¿Y qué diablos es eso? se preguntan. Si antes cuando solo debían respetar la Ley no lo hacían, ahora respetar a la persona es incomprensible para ellos.

Por eso los vemos que actúan con la misma ineficacia y autoritarismo que antes, dicen como los tarahumaras de la sierra de Chihuahua “Mi… No comprender”.

Pero esa ignorancia es entendible en los funcionarios, en los regidores, en los empleados de base, hasta en los policías. Pero, ¿En los Jueces?,  Y más aún,  ¿Cómo entenderlo en los Ministros de la Suprema Corte de Justicia?

Pues aunque usted no lo crea, así sucede.

Hace días, el canal del Congreso transmitía una sesión de la corte, donde se discutía el acuerdo de un cabildo que concesionó la administración de los estacionometros, otorgándole a la empresa privada incluso el derecho de retirar las placas o inmovilizar los automóviles que no depositaran la moneda por el pago del uso de la calle. La disputa se centraba en definir si aquel acuerdo era o no era constitucional, y la competencia de la corte dependía de un acuerdo previo, ¿Ese acto de autoridad se refiere a  los Derechos Humanos?

Y me pareció increíble escuchar a algunos ministros que afirmaban que esos actos no tenían vinculación con  los Derechos Humanos de los automovilistas de ese municipio de Nuevo León.

Seguramente nunca se han estacionado en la calle, porque  siempre tienen chóferes que los dejan a las puertas del restaurante al que van y tienen cochera en su casa.

Si hay algo que le fastidia la vida a un conductor es salir  de comer y encontrar que le han puesto un mecanismo monstruoso en la llanta delantera porque el estacionometro  no funciona y no registró el depósito que hizo para asegurar el espacio. Claro que inmovilizar un automóvil, sin motivo es un acto violatorio de los derechos del ciudadano. Es como cerrarle la puerta de su casa para que no entre a ella. Entonces donde queda la capacidad de juicio de esos Ministros de la Corte, que solo alcanzan a dilucidar que el cabildo tenía facultades legales para concesionar un servicio y, por lo tanto, si la ley los autoriza entonces su acción es legal y asimismo constitucional. Siguen sin comprender la Reforma Constitucional.

Un caso similar se da  en Ciudad Juárez: El cabildo pasado acordó asumir el pago de los escoltas y gastos que fueran necesarios para proteger al entonces Presidente Municipal y al Secretario de Seguridad Pública, Héctor Murguía y Julián Leyzaola,  cuando estos dejaran el puesto,  Plan Estratégico, una importante organización civil en la Ciudad promovió la presentación de un amparo que fue firmado por 1,600 Juarenses, toda  una reacción de indignación popular. El caso llegó al Juez de Distrito y este decidió que los ciudadanos no tenían interés jurídico alguno, para interponer el amparo puesto que habían nombrado a los regidores como sus representantes y que la intervención del ciudadano se agotaba ahí, en la elección, en el voto y que no tienen ningún derecho reconocido por la ley para vigilar como usan los regidores  la facultad  de disponer de los recursos públicos.

Es increíble la simplicidad del argumento, en boca de un profesional del Derecho, ajusta su trabajo a la letra de la ley y así hace Justicia.

Porque es tan difícil comprender que los recursos públicos son para usarse en bien de toda la comunidad, en servicios que sean públicos, en la atención del ciudadano más vulnerable, y que vigilar que así sea, es un Derecho Humano de toda la población de esta ciudad.

No lo pueden comprender porque su memoria reciente todavía no capta la nueva visión del derecho, porque la modernidad  jurídica que viene de 1948, acaba de llegar a México que ha venido forjando el pensamiento de sus abogados con ideas previas a la segunda guerra mundial.

Batallan para entender los Derechos Humanos del individuo, así que para comprender los Derechos Humanos de la comunidad, o del hombre en comunidad, al parecer va tardar años en que lo asimilen. A menos que los ciudadanos hagamos algo para acelerar el aprendizaje de nuestros gobernantes.

Gustavo De la Rosa
Es director del Despacho Obrero y Derechos Humanos desde 1974 y profesor investigador en educacion, de la UACJ en Ciudad Juárez.
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