Pedro Mellado Rodríguez
25/02/2023 - 12:05 am
Congreso pondrá freno a excesos del Tribunal Electoral
Sí, el Congreso de la Unión debe definir con claridad los límites en las facultades del Poder Judicial en materia electoral, y en particular las del Tribunal Electoral, que en reiteradas ocasiones ha pretendido someter y poner de rodillas a las cámaras de diputados y senadores, que representan un poder soberano, depositario de la voluntad popular.
Entre las reformas urgentes que se requieren en el país está una que defina, con claridad, cuales son las facultades y alcances, así como los estrictos ámbitos de competencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, porque siendo los magistrados electorales designados por el Poder Legislativo a través de la Cámara de Senadores, es absurdo que esa institución de administración de justicia electoral pretenda imponerle sus criterios a un poder soberano que es depositario de la voluntad popular expresada a través del voto, como lo es la Cámara de Diputados.
En forma reiterada, el Tribunal Electoral se ha excedido en sus funciones y facultades al pretender regular las decisiones que el Poder Legislativo ha tomado, en su ámbito interno, en el cual es independiente y soberano. Es absurdo que el Tribunal Electoral pretenda imponer al Poder Legislativo criterios que le someten y le agravian.
Una vez aprobado el “Plan B” de la Reforma Electoral se iniciará un análisis de las atribuciones y facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), anunció el pasado martes 21 de febrero del 2023 el diputado Ignacio Mier Velazco, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena y presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados.
Explicó el legislador morenista que se integrará un equipo de trabajo para que haga una revisión minuciosa del marco jurídico que regula al Tribunal Electoral, además de todas las sentencias emitidas por ese cuerpo colegiado en los más recientes 20 años, en las que se hubiese excedido en las atribuciones que le determinan la Constitución y las leyes secundarias.
El coordinador de Morena mencionó que una de las últimas controvertidas decisiones tomada por el Tribunal Electoral, es la que establece que sólo el Comité Técnico de Evaluación tiene facultades para informar de las etapas del proceso para el nombramiento de cuatro nuevos consejeros del Instituto Nacional Electoral que iniciarán sus funciones en abril, pese a que es la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados (Jucopo) la responsable de realizar las designaciones finales.
En otra resolución controvertida del Tribunal Electoral, el jueves 4 de agosto del 2022 el Pleno de la Sala Superior emplazó a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para que en un máximo de tres días integrara de forma plural y representativa la Comisión Permanente, en atención a un reclamo del partido Movimiento Ciudadano que exigía un lugar en ese órgano legislativo que opera en los recesos de los periodos ordinarios de sesiones del Congreso de la Unión.
El Artículo 78 de la Constitución General de la República señala que “durante los recesos del Congreso de la Unión habrá una Comisión Permanente compuesta de 37 miembros de los que 19 serán Diputados y 18 Senadores, nombrados por sus respectivas Cámaras la víspera de la clausura de los períodos ordinarios de sesiones”.
En ninguna parte de este artículo constitucional se especifica que deban estar representadas todas las fracciones políticas de diputados y senadores, o en qué proporciones y términos deberían estar representadas.
El exhorto del Tribunal Electoral fue desestimado en por lo menos cuatro ocasiones –entre enero y agosto del 2022– por las juntas de coordinación política, tanto de senadores como de diputados, al considerar que los magistrados electorales se excedían en sus funciones y vulneraban la dignidad a independencia del Poder Legislativo, al involucrarse, indebidamente, en los asuntos internos de un poder soberano.
El Artículo 99 de la Constitución del país establece que el Tribunal Electoral es la máxima autoridad jurisdiccional en esa materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación en todo lo concerniente a elecciones, sus resultados, la impugnación de sus resultados y la preservación de los derechos políticos de ciudadanos y partidos políticos.
Pero es claro que la organización interna y el funcionamiento del Poder Legislativo no está en su ámbito de competencia. Un Poder designado, por el mismo congreso, no puede imponerle condiciones y criterios a un poder electo por el voto popular. Diputados y senadores están en ejercicio de una función pública que es totalmente ajena al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En un comunicado oficial de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados publicado el 9 de junio del 2022, el coordinador parlamentario de Morena, Ignacio Mier Velazco, advirtió que era inatendible la sentencia del Tribunal Electoral, por considerarla inconstitucional y ambigua.
Mier Velazco fue claro al precisar que sería inconstitucional que la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados diera cumplimiento a esa sentencia del Tribunal Electoral, porque el Pleno de la Cámara de Diputados es, como órgano deliberativo superior del Poder Legislativo del Estado Mexicano, la única instancia facultada para definir su organización interna.
De tal forma que el 14 de junio del 2022, con el voto de la mayoría parlamentaria de Morena, Partido Verde y Partido del Trabajo, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados votó en contra de cumplir la sentencia del Tribunal Electoral, de incluir a legisladores de Movimiento Ciudadano en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en periodos de receso legislativo.
Frente a la presión permanente de ese órgano del Poder Judicial, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, el morenista Ricardo Monreal Ávila, informó que la Cámara Alta emprendería una reforma legal para evitar que el Tribunal Electoral (TEPJF) decida sobre los acuerdos de los órganos de Gobierno del Poder Legislativo, publicó el periódico Excélsior, el miércoles 24 de agosto del 2022.
Por otra vertiente, el jueves 22 de septiembre del 2022 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que analizará la constitucionalidad de esa resolución del Tribunal Electoral que en enero del 2022 ordenó a las cámaras de Senadores y Diputados otorgar un espacio en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a representantes del partido Movimiento Ciudadano y a senadores del llamado Grupo Plural.
Pero ha habido otros forcejeos enérgicos entre el Poder Judicial de la Federación y la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en asuntos relacionados con la materia electoral.
El 1 de julio del 2022 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el presupuesto asignado al Instituto Nacional Electoral (INE), para el ejercicio fiscal 2022, que fue reducido en más de cuatro mil millones de pesos, tras advertir que la Cámara de Diputados no motivó reforzadamente la modificación que hizo al anteproyecto que dicho Instituto presentó.
Esta resolución fue consecuencia de una controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral contra la Cámara de Diputados y contra el Poder Ejecutivo Federal.
Al resolver el asunto, la Primera Sala de la Suprema Corte advirtió que la Cámara de Diputados redujo en más de 26 por ciento el presupuesto solicitado por el INE, sin motivar la disminución referida. El INE pretendía un presupuesto de 24 mil millones de pesos, al cual le fueron recortados más de cuatro mil millones de pesos, para quedar finalmente en 19 mil millones de pesos.
La Cámara de diputados respondió con un escueto decreto publicado el 4 de octubre del 2022 en el Diario Oficial de la Federación: “La Cámara de Diputados, en ejercicio de sus facultades exclusivas y atendiendo los resolutivos de la sentencia dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (…) reitera su decisión respecto al monto de los recursos aprobados al Instituto Nacional Electoral, en el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022”.
El referido documento agrega, lacónico: “Archívese como asunto total y definitivamente concluido”.
Sí, el Congreso de la Unión debe definir con claridad los límites en las facultades del Poder Judicial en materia electoral, y en particular las del Tribunal Electoral, que en reiteradas ocasiones ha pretendido someter y poner de rodillas a las cámaras de diputados y senadores, que representan un poder soberano, depositario de la voluntad popular.
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