La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el oficio del INE, que en su momento respondió a Morena que la ley impide que sus representantes y los de cualquier organización política puedan estar presentes durante el ejercicio ciudadano.
Ciudad de México, 22 de julio (SinEmbargo).– El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los partidos políticos no podrán tener representantes en las mesas que se instalarán para llevar a cabo la consulta popular sobre “actores políticos del pasado” del próximo 1 de agosto.
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del TEPJF confirmó el oficio emitido por el director ejecutivo de la Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), en el que respondió a Morena que los partidos políticos con registro nacional no podrán nombrar representantes ante cada una de las casillas receptoras que se instalarán el día de la consulta.
En sesión pública no presencial, por videoconferencia, los magistrados concluyeron que, contrario a lo que señalaba Morena, las direcciones ejecutivas del INE sí tienen facultades para dar respuesta a las consultas que les formulen los partidos políticos, máxime si en dicha respuesta solamente se le señalan al partido las disposiciones aplicables respecto a su solicitud.
BOLETÍN | No podrá haber representaciones partidistas en la Consulta Popular, confirma el #TEPJF.
📌La #SalaSuperior rechaza también la difusión de propaganda gubernamental de tres instituciones de Aguascalientes, con motivo de dicha consulta.
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— TEPJF (@TEPJF_informa) July 21, 2021
Aunado a ello, desestimaron la inconstitucionalidad que, se argumentaba, había en la adenda a los lineamientos establecidos para la consulta del próximo 1 de agosto, porque no se impugnó en su momento.
Durante la sesión, la Sala Superior también resolvió por unanimidad de votos, rechazar, como lo establecía el acuerdo del INE, la solicitud del Instituto de Educación de Aguascalientes para que ocho de sus campañas estuvieran exentas de las reglas de suspensión de propaganda gubernamental por la consulta popular.
Los magistrados confirmaron la decisión del INE, en el sentido de que estos programas (Beca de Permanencia; Apoyo a la Gestión Escolar; Beca Universitario al 100; Creciendo Juntos; Tutor al 100; Que Nadie se Vaya de la Educación y Uniformes Escolares) no cumplen con los criterios de necesidad y generalidad, pues están dirigidos a un sector en específico de la población, además de que tienen que ver con la entrega de recursos a la ciudadanía.
La Sala Superior recordó que es la Constitución la que reconoce el derecho de la ciudadanía de votar en las consultas populares, con la clara precisión de que la promoción de éstas tiene que ser imparcial. Además, establece que deberá suspenderse la difusión de toda propaganda de cualquier orden de Gobierno, salvo la que tenga que ver con autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
La consulta popular fue propuesta por el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, y aprobada en ambas Cámaras del Congreso, donde Morena, su partido, tiene mayoría. Luego, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que era un ejercicio constitucional, pero decidió cambiar la propuesta de preguntar a la ciudadanía sobre si se debería “enjuiciar a expresidentes”.
La pregunta definida por la Corte que se hará a los electores el domingo 1 de agosto es: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminados a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”.
Sin embargo, el oficialismo ha hecho campaña asegurando que se trata de un ejercicio para definir si exmandatarios como Enrique Peña Nieto, Felipe Calderón, Vicente Fox, Ernesto Zedillo y Carlos Salinas de Gortari deben ser juzgados por posibles actos de corrupción, entre otros.
La consulta popular, incluso ya modificada por la Corte, ha sido motivo de duras críticas, incluso de organismos internacionales como Human Rights Watch, que argumentan que el Gobierno de México y las autoridades correspondientes deben investigar y en su caso procesar a cualquier funcionario que haya podido cometer algún delito sin necesidad de consultar a la ciudadanía.
Sin embargo, los defensores del ejercicio, el primero de este tipo desde la creación de la Ley Federal de Consulta Popular en 2014, es la posibilidad de ejercer “democracia directa” para los ciudadanos, debido a que las autoridades y las mismas leyes no han estado a la altura en la persecución de estos delitos en el país.