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Gabriel Sosa Plata

17/11/2015 - 12:01 am

Dos multitas a radio y TV

A casi tres años del sexenio de Enrique Peña Nieto, la Secretaría de Gobernación prácticamente no ha tocado a la industria de radio y televisión por violaciones a la ley en materia de contenidos: sólo dos multas. La cantidad contrasta con las casi mil multas que impusieron los gobiernos de Vicente Fox y Felipe Calderón […]

A casi tres años del sexenio de Enrique Peña Nieto, la Secretaría de Gobernación prácticamente no ha tocado a la industria de radio y televisión por violaciones a la ley en materia de contenidos: sólo dos multas. La cantidad contrasta con las casi mil multas que impusieron los gobiernos de Vicente Fox y Felipe Calderón entre el 2002 y el 2012.

Por corrupción de lenguaje, Emisoras Incorporadas de Monterrey (Banda 93.3, ubicada en Monterrey, de Grupo Radio México) fue multada en julio de 2013 con 34 mil 970 pesos. Un mes antes, Súper Estéreo Peninsular (Súper Estéreo 93.7, en Mérida, de Grupo Rivas) se hizo acreedora a una multa por 7 mil 771 pesos por irregularidades en la transmisión de concursos. Y nada más.

Estas dos multas forman parte de tan sólo seis procedimientos administrativos que ha iniciado la dependencia en lo que va del sexenio a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC), de los cuales cuatro quedaron “sin efectos”.

¿Qué significa esto? ¿que los empresarios de la radiodifusión y los medios públicos están cumpliendo a cabalidad la ley en la nueva era del PRI en el gobierno, a diferencia de lo ocurrió en los sexenios de la alternancia?

Para nada. Por supuesto sí han existido cientos de violaciones a la ley, más de 900, pero el gobierno sólo ha emitido en estos casos “observaciones” y “extrañamientos”, que son como sacar la tarjeta amarilla y decirles “ya pórtense bien”.

Por ejemplo, en septiembre de 2015, a Laura Bozzo se le hizo un “extrañamiento” por transmitir contenidos que son contrarios a la “integración de las familias, el desarrollo armónico de la niñez y la igualdad entre mujeres y  hombres”. Suponemos que esta “llamada de atención” se hizo a partir del punto de acuerdo que presentó, en junio, la Diputada Verónica Juárez para que la Secretaría de Gobernación realizara un “seguimiento puntual y exhaustivo del contenido del programa de la conductora Laura Bozzo, a fin de que no pongan en peligro, de forma individual o colectiva, la vida, integridad, dignidad o vulneren el ejercicio de derechos de niñas, niños y adolescentes”. Este hecho lo analizamos en SinEmbargo, en julio pasado.

El mismo mes de septiembre 2015, el programa Big Brother, que también transmite Televisa, recibió otro “enérgico” “extrañamiento” por la misma razón.

Las mismas inofensivas tarjetas se han mostrado a los programas que engañan con productos y servicios milagrosos (hay 26 casos), a los que corrompen el lenguaje (19 casos), a quienes abusan de las audiencias en los concursos (7 casos), a quienes transmiten programas grabados fuera de horario (7 casos), a los que hacen apología del crimen, la violencia y el crimen (4 casos), y a otras emisiones que han violado la ley.

Por ejemplo, pese a demostrarse a cabalidad que programas como “El ABC de la magia” y “Los poderes de la mente”, que transmiten Radio ABC y Radio Capital, respectivamente, son un engaño y por lo tanto violan la ley con “publicidad engañosa”, sólo han ameritado la tarjeta amarilla. Y aunque la conducta es reiterada se les sigue sacando… ¡la misma tarjeta!

Es más, los concesionarios han podido violar cientos de veces (más de 800, también en lo que va de esta administración) su obligación de transmitir en tiempo y forma los spots o programas que producen las instituciones de gobierno (como parte de los llamados tiempos oficiales y fiscales, previstos en la ley), o bien encadenarse y tampoco ha pasado nada. De esta manera, campañas relacionadas con la salud o prevención de desastres, tan necesarias para el país, pudieron no haber tenido los resultados previstos, justo por la inobservancia de la ley.

La Secretaría de Gobernación ha sido “buena onda” con los regulados, pese a que muchas violaciones a la ley implican violaciones a los derechos de las audiencias. También, como comenté en mis dos anteriores colaboraciones en SinEmbargo, fue “buena onda” con la publicación de los lineamientos de clasificación de programas, que derivarán en la transmisión de más contenidos inapropiados para niñas y niños y más publicidad de “comida chatarra”.

Parte de la “buena ondez” de la dependencia que encabeza Miguel Ángel Osorio Chong quizás tenga una razón “legal” (démosle el beneficio de la duda): no hay aún reglamento en el que se detallen las multas en materia de contenidos. Recuérdese que con la reforma constitucional de junio de 2013 y su ley reglamentaria, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de julio de 2014, cambiaron ciertas reglas del juego.

Al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se le dieron atribuciones para supervisar programación y publicidad destinada a la niñez, así como para supervisar y sancionar a las estaciones que transmitan más publicidad de la autorizada. También es el órgano que regulará lo relacionado con las defensorías de las audiencias. A RTC se le dejó todo lo demás.

El problema o más bien la negligencia estriba en que no hay reglamento de contenidos porque simple y sencillamente ¡la misma Secretaría de Gobernación no lo ha propuesto! y por si fuera poco, por esta misma razón, ha violado la ley sin problema alguno, como varios de sus regulados, y con una ventaja adicional: nadie le saca la tarjeta.

El artículo quinto transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (14 julio 2014) establece lo siguiente: “El Ejecutivo Federal deberá emitir, dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la expedición del presente Decreto, las disposiciones reglamentarias y lineamientos en materia de contenidos establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que se expide por virtud del presente Decreto”.

Es decir, aunque debió hacerlo desde febrero de 2015, fue hasta octubre que la dependencia publicó los malogrados lineamientos de clasificación de contenidos, pero falta lo demás: los lineamientos de publicidad destinada a niñas y niños, así como el reglamento que particularmente regule el “Título Décimo Primero, de los Contenidos Audiovisuales”, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Este vacío se suma a otro: los lineamientos de los derechos de las audiencias, propuestos por el IFT y en consulta entre los meses de julio y septiembre, pero a la fecha no se ha emitido resolución final.

La Secretaría de Gobernación y el IFT, por lo visto, no tienen prisa en dar seguimiento a un tema sensible para la sociedad: los contenidos en radiodifusión y los derechos de las audiencias. ¿Por qué?

En contraparte se podrá argumentar que no hay nada mejor que la libertad de expresión plena, con los límites previstos en la Constitución. De acuerdo. Pero justo hay que establecer las reglas de esos límites y aplicarlas, así como impedir que se siga engañando impunemente a la audiencia con publicidad o programas con productos y servicios “milagrosos”, con concursos fraudulentos, que se siga fomentando el sexismo y la violencia hacia las mujeres, o que se sigan transmitiendo, en horarios infantiles, anuncios de bebidas alcohólicas, contenidos con altas dosis de violencia o apología de la delincuencia.

gabrielsosaplata.com

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