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Gustavo De la Rosa

17/06/2023 - 12:04 am

Los derechos de la niñez

Bueno sería que abriéramos un receso en las alegaciones y adivinanzas sobre los futuros candidatos y reflexionáramos que hacemos y haremos para que se conviertan en realidad. 

“En los ámbitos jurisdiccional y administrativo, se garantiza la participación de las niñas, niños y adolescentes en todos los procesos que afecten sus derechos”. Foto: Marco Polo Guzmán, Cuartoscuro

En estos momentos, en que la atención, casi obsesiva, se centra en el proceso para designar a la candidata o candidato de Morena a la Presidencia de la República, es bueno tener un descanso, conociendo los derechos que la ley reconoce a los niños, invisibles aún para un gran sector de la sociedad, que está dispuesta a llegar a los puños por que su posible, tal vez y ojalá sea, la/el candidata/o de la izquierda.

Les presento, los principios jurídicos que sostienen la primacía de los derechos de las niñas y niños, legislados, o en proceso de legislación, para que nos asomemos a ese mundo que no queremos ver:

El principio del interés superior de la niñez tiene consideración primordial en todas las decisiones y actuaciones de las autoridades administrativas, jurisdiccionales, legislativas y de las demás instituciones públicas, así como de las privadas de bienestar social, debiendo aplicarse como derecho, principio y norma de procedimiento, a fin de garantizar de manera plena los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Este principio guía todas las acciones afirmativas, la protección integral, el diseño, presupuesto, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en la materia.

El desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes y el ejercicio pleno de sus derechos serán criterios rectores en la elaboración de las normas correspondientes, su interpretación y su aplicación.

En los ámbitos jurisdiccional y administrativo, se garantiza la participación de las niñas, niños y adolescentes en todos los procesos que afecten sus derechos, con base en su edad y madurez.

Además de los que se establecen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte y en la Ley de la materia, las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a alimentación, vivienda, salud física y emocional, vivir en familia con lazos afectivos, educación, inclusión, accesibilidad, identidad, y sano esparcimiento, satisfacción de sus necesidades en condiciones de libertad, integridad y dignidad; así como a ser protegidos contra cualquier forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, o explotación. De igual manera tienen derecho a la protección de su honra, imagen, intimidad, privacidad, reputación, voz y/o cualquier otro dato que haga identificable a niñas, niños y adolescentes.

Las niñas y niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, teniendo como base la lactancia materna como alimento inicial y preferente. El Estado procurará la adecuada protección y promoción de este derecho y la Ley definirá las bases y modalidades en materia de nutrición y lactancia infantil.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

Este es el catálogo de la prioridad jurídica entre los derechos humanos.

Bueno sería que abriéramos un receso en las alegaciones y adivinanzas sobre los futuros candidatos y reflexionáramos que hacemos y haremos para que se conviertan en realidad.

NOTA: Ese texto es el avance que lleva el Congreso de Chihuahua, en el dictamen de reforma a la Constitución Estatal, coincidente con otras legislaciones que han adecuado sus textos para armonizarlos con el artículo primero constitucional, que establece el paradigma de la supremacía de los Derechos Humanos sobre el texto de la ley.

Gustavo De la Rosa
Es director del Despacho Obrero y Derechos Humanos desde 1974 y profesor investigador en educacion, de la UACJ en Ciudad Juárez.

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