México
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó la mañana de este martes que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) y sus medidas, con el fin de proteger la salud de la población y prevenir la exposición a niveles altos de ozono.

No cede la contaminación

La CAMe mantiene la contingencia ambiental; se extiende No Circula para el 15 de mayo

14/05/2024 - 5:30 pm

Para las 15:00 horas, fueron registradas concentraciones de 175 partes por billón (ppb) en la estación Tlalnepantla, 163 ppb en Cuautitlán, 162 en el Centro de Ciencias de la Atmósfera y 157 ppb en las estaciones Pedregal y Gustavo A. Madero.

Ciudad de México, 14 de mayo (SinEmbargo).-La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó esta tarde que continúa la Fase 1 de la Contingencia Ambiental Atmosférica por ozono en la zona del Valle de México, por lo que las restricciones de movilidad se extenderán para el día de mañana.

Durante el día de hoy, la influencia de un sistema de alta presión ha persistido, por lo que genera condiciones de estabilidad atmosférica fuerte, cielo despejado, radiación solar intensa y temperatura alrededor de los 30 grados. En consecuencia, estos factores propiciaron la formación de ozono, mientras que el viento débil de dirección variable ayudó a su acumulación.

Para las 15:00 horas, fueron registradas concentraciones de 175 partes por billón (ppb) en la estación Tlalnepantla, 163 ppb en Cuautitlán, 162 en el Centro de Ciencias de la Atmósfera y 157 ppb en las estaciones Pedregal y Gustavo A. Madero.

Es por ello que la CAMe decidó mantener la contingencia ambiental, incluyendo la serie de medidas de restricción de actividades y movilidad en el Valle de México. Para el día de mañana, 15 de mayo, los siguientes vehículos tendrán restricciones:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último  dígito numérico sea  1, 3, 4, 5, 7 y 9
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa  3 y 4.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50 por ciento de las unidades de reparto de gas LP a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación  00, 0, 1 o 2 que deban dejar de ircular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará  la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma 00 o 0 vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I.

Previamente, la CAMe pidió través de un comunicado a la población que se mantenga al tanto de la calidad del aire. Asimismo, hizo un llamado a evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.

Asimismo, recordó las restricciones y exenciones a la circulación en el Sector Transporte, las cuales se enlistan a continuación:

Hoy martes 14 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 7 y 8.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rosa, terminación de placa  7 y 8.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50 por ciento de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR
  6. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CdMx o del Edomex.
  7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rosa y terminación de placa 7 y 8.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes, y que cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I.

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