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Sesión SCJN

¿La Corte se excedió?

¿Se puede invalidar la Reforma Judicial por su contenido? Juristas explican la Ley

13/10/2024 - 9:00 pm

La Reforma Judicial sigue siento centro de debate a pesar de que ya es constitucional y la razón se debe a diversos recursos jurídicos que partidos, el Congreso de Guanajuato, políticos, jueces y magistrados han interpuesto en su contra, uno de ellos admitido por la Suprema Corte para su análisis y que, de avanzar, podría desatar una pugna entre los poderes públicos.

Ciudad de México, 13 de octubre (SinEmbargo).– ¿La Suprema Corte puede invalidar una reforma que ya está en la Constitución? Esa es la pregunta que en los últimos días diversos actores políticos han puesto sobre la mesa luego de que la Ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández encomendó al Ministro Alberto Pérez Dayán la tarea de elaborar el primer proyecto que revisará la constitucionalidad de la reforma al Poder Judicial y con ello determinar si es posible o no que el Máximo Tribunal lleve a cabo un control constitucional de la legislación y, en su caso, ordene que se suspenda.

La respuesta a esta pregunta es compleja y tiene varias interpretaciones. De entrada, algunos expertos consideran que las reformas constitucionales no están sujetas a impugnación porque representan el Estado a nivel internacional y a la sociedad en sus principios, valores, forma de ser y pensar.

No obstante, hay jueces y magistrados que argumentan que hay violaciones de contenido en la Reforma Judicial y lo que se aprobó va en contra de la Constitución. El problema en este razonamiento, coinciden los juristas, es que ese contenido ya está en la Constitución desde el pasado 15 de septiembre y entró en vigor el día 16, por lo que sería como decir que la Constitución está en contra de sí misma.

La Reforma Judicial incluye cambios importantes al Poder Judicial, como la reducción del número de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la eliminación de la pensión vitalicia para sus integrantes y su punto nodal: la elección de jueces, magistrados y ministros por voto directo de la ciudadanía a partir de 2025.

Los críticos de la reforma sostienen que con la elección de los jueces por voto popular las cortes se llenarán de personas afines al partido gobernante y con poca experiencia, y se abrirá el camino para que políticos y delincuentes puedan influir en las decisiones de los tribunales. Pero los que defienden la legislación reviran y argumentan que el Poder Judicial debe renovarse porque actualmente está cooptado por una élite económica.

SinEmbargo consultó a cuatro especialistas en Derecho Constitucional para saber las posibilidades de que una reforma constitucional se invalide y los posibles escenarios en caso de que esto ocurra.

Algunos abogados constitucionalistas, como el exsenador Israel Zamora Guzmán, consideran que “no es posible que la Corte pueda anular o modificar el sentido de una reforma constitucional en virtud de que el propio Constituyente, en el artículo 135, estableció que el órgano límite de esta facultad de hacer reformas o adiciones a la Constitución es el propio poder reformador Constituyente”.

Ministra Norma Piña
Norma Lucía Piña Hernández, Ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto: SCJN / Cuartoscuro

Otros juristas, como Alfonso Herrera García, doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, piensan que sí es posible la invalidez de la reforma, al menos, a nivel de procedimiento.

Si bien aún no se hace público el sentido del proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán para saber si decide que la Corte lleve a cabo un control constitucional de la reforma, la maestra en Derecho Sonia Juárez Moreno, catedrática de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la UNAM, y la abogada Jesika Alejandra Velazquez Torres, maestra en derecho Constitucional por la UNAM y exservidora pública en el Tribunal Electoral, opinan que la Suprema Corte sí tiene la facultad para analizar si esta acción contraviene a la Constitución.

Por considerar que los argumentos de cada jurista consultado son relevantes y abonan al debate sobre la intervención de la Suprema Corte en la Reforma Judicial, SinEmbargo resume a continuación las declaraciones de los expertos.

“LA CORTE NO PUEDE ANULAR O MODIFICAR REFORMA”: ZAMORA

Israel Zamora, abogado constitucionalista y exsenador de Morena, reiteró su postura sobre la no intervención de la Suprema Corte en reformas constitucionales como la Judicial.

“Lo que está haciendo la Corte es tomar un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que es el número 11, que dice en su primer párrafo que el legislador ordinario, no el Constituyente, le dio la facultad de realizar un control a la propia Constitución y sus adiciones y reformas, pero eso es inexacto, nunca dice que van a poder hacer ese análisis”, detalló.

Agregó que la SCJN no tiene las facultades ni constitucionales ni legales para hacer ese control constitucional y “estaría realizando un acto viciado de origen de inconstitucionalidad y por lo tanto no tendría ninguna validez”.

El abogado consideró además que el Poder Judicial se ha convertido en juez y parte al dar entrada al análisis de esta reforma: “Tienen un conflicto de intereses, ¿con qué imparcialidad pueden emitir una resolución?”

Ocho de los 11 ministros del Máximo Tribunal ratificaron el lunes la decisión de tramitar las solicitudes que presentaron jueces federales para que la Suprema Corte realice diversas acciones en torno a la reforma en materia judicial. También recibió una acción de controversia constitucional que presentó el Gobierno de Guanajuato que será evaluada en los próximos días para determinar si se admite o no.

Además hay más de 70 suspensiones provisionales contra la Reforma Judicial y al menos dos fueron dictadas contra los actos que debía llevar a cabo el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para implementarla.

A pesar de estas acciones, el exsenador de Morena consideró que la Reforma Judicial está soportada en la representación de más de mil legisladores que votaron a favor y que estos a su vez representan a millones de mexicanos.

“No hay precedente de que la Corte haya echado para atrás una reforma constitucional y no lo habrá porque esta reforma está soportada en la representación de más de mil legisladores que votaron a favor”.

Sobre la resistencia en el Poder Judicial a esta reforma, el abogado constitucionalista subrayó que se debe a que es el último reducto del poder económico en México.

“México fue gobernado hasta 2018 por una plutocracia, que era el gobierno en manos de los mas ricos, y por una cleptocracia, que era el gobierno en manos de ladrones. Cuando Andrés Manuel López Obrador llega a la Presidencia en 2018, el único bastión que quedó para defender esos intereses fue el Poder Judicial”.

“SÍ SE PODRÍA SUSPENDER REFORMA”: JESIKA VELÁZQUEZ

La jurista Jesika Alejandra Velázquez Torres, quien fue servidora pública en el TEPJF, expuso que para que un partido político pueda presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, uno de los requisitos es que tengan el 33 por ciento de las cámaras. En este caso, Acción Nacional no lo tiene en Senadores, pero en Diputados sí lo alcanza y es por eso que se pudo dar entrada a este recurso.

“Dentro de las atribuciones de la SCJN es que van a poder interpretar a la Constitución y asegurar que los actos del Congreso hayan sido conforme a derecho y que esta reforma no contravenga a la Constitución”.

En este caso, abundó, “sí se puede otorgar suspensión, es decir, interrumpir que se lleve a cabo este proceso electoral del Poder Judicial en lo que resuelven el fondo”.

Protesta Poder Judicial
Trabajadores del Poder Judicial en una protesta del 3 de octubre exigen justicia para revocar la Reforma Judicial. Foto: Graciela López, Cuartoscuro.

Sobre los tiempos que corren para la Corte, teniendo en cuenta que la elección de más de mil jueces y magistrados se desarrollará en dos etapas, la maestra en derecho Constitucional por la UNAM precisó que la Corte tendría que resolver a mas tardar el 15 de octubre para otorgar esta suspensión a la reforma.

La primera etapa de la elección del Poder Judicial, que se tiene prevista para el 1 de junio de 2025, contemplará la votación popular de los ministros de la Suprema Corte, de las plazas vacantes en el Tribunal Electoral, de los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de jueces y magistrados federales y algunos jueces estatales.

En la segunda etapa, ya en 2027, se votará por el resto de los jueces.

En un escenario de que el proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán determine que si es posible que la Suprema Corte lleve a cabo un control constitucional de la legislación y la suspenda, la abogada Jesika Velázquez indicó que tanto el Senado, como los consejeros del INE tendrían que acatar la resolución.

“El INE debe estar muy al pendiente porque el 15 de octubre es la fecha de plazo para el Ministro”.

“REFORMA PUEDE INVALIDARSE EN UNOS CASOS”: HERRERA

Alfonso Herrera García, doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y profesor de la Universidad Iberoamericana, valoró dos posibles escenarios en donde la Corte sí podría declarar la invalidez de la reforma.

“Hay al menos cuatro vías a través de las cuales se está intentando esta posible revisión de control, la primera es la que formuló la propia Ministra presidenta, que se llama consulta a trámite, la segunda es el juicio de amparo, pero el problema de esta vía es que la Ley de Amparo establece en el artículo 61, fracción I, que este recurso no procede contra adiciones y reformas a la Constitución”.

La tercera vía, añadió el abogado, es la acción de inconstitucionalidad que se están presentando los partidos PAN y PRI, los cuales sí pueden ir contra el decreto de manera directa y lo tienen que justificar diciendo que es una materia electoral.

“En este punto, la Corte debe observar cuál es la naturaleza del decreto de reforma y cuando lo analice tendrá que revisar el proceso legislativo, por ejemplo, si el cambio de sede fue adecuado, si estuvo justificado o si las personas que votaron eran diputados propietarios y tenían derecho al voto. En el Senado también hubo distintas complicaciones, ver si hubo en efecto condiciones extralegislativas para que los votos se pudieran conseguir a través de extorsiones”, puntualizó.

La cuarta vía es la controversia constitucional, que consiste en conflictos de competencia que puede promover un Congreso local en contra del decreto de reformas, en este caso es el que promovió Guanajuato.

“Yo sí creo que es posible el control y es posible la invalidez, al menos, a nivel de procedimiento. Hay una segunda parte que es el análisis de fondo del contenido en la reforma y ahí es donde decimos que puede haber problemas para justificar que la Corte le entre al análisis”.

Para el doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, la Corte no solo puede justificar la invalidez en la revisión de procedimiento, también lo podría hacer en caso de que argumente en el derecho internacional de los derechos humanos y diga “no estoy diciendo que estoy en contra de la Constitución, sino que es contraria a los tratados internacionales de DDHH que México se comprometió a respetar y dentro de los cuales se encuentra el derecho de acceso a un tribunal independiente e imparcial, como establece el artículo 8 de la Comisión Americana sobre Derechos Humanos”.

“Considero que (la Suprema Corte) sí podría llegar a declarar la invalidez de la reforma por cuestiones formales o de procedimiento, pero ahí también hay un peligro de que no se acate esta resolución y eso nos llevaría a una crisis constitucional”.

“HAY QUE ESPERAR EL PROYECTO”: SONIA JUÁREZ

La maestra en Derecho Sonia Juárez Moreno, catedrática de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la UNAM, prefirió esperar al proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán antes de emitir algún comentario.

“La Suprema Corte es el más alto tribunal y lo que están haciendo ahorita los ministros es decir ‘vamos a revisar si es procedente cómo se llevó a cabo esta reforma’ porque para que se llevara a cabo se debió haber llevado un tiempo prudente para la lectura del contenido a cada uno de los legisladores y vimos que no se dio ese tiempo y muchos diputados mandaron a su suplente a votar”.

A finales de este mes los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deberán instalar sus comités de evaluaciones para definir los candidatos que competirán por los diferentes cargos. A partir de febrero de 2025 se aprobarán las listas de postulados que competirán en la votación.

En este proceso de elección corren dos tiempos: el primero es el que está organizando el INE y el segundo es la impugnación de la controversial Reforma Judicial que, de avanzar, podría desatar una pugna entre los poderes públicos.

Guadalupe Fuentes López
Periodista con más de una década en medios digitales. Edita y escribe sobre temas de economía, corrupción, política, derechos humanos
en Sinembargo al Aire

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