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Germán Petersen Cortés

13/05/2014 - 12:01 am

Anular elecciones

La reforma política promulgada a principios de este año, y cuya legislación secundaria se discute en el Congreso, tiene claroscuros. En lo general, es insatisfactoria, sobre si se consideran los múltiples problemas que pudieran corregirse con una reforma que verdaderamente adecuara las instituciones públicas a la realidad democrática del país. Con todo, la reforma también […]

La reforma política promulgada a principios de este año, y cuya legislación secundaria se discute en el Congreso, tiene claroscuros. En lo general, es insatisfactoria, sobre si se consideran los múltiples problemas que pudieran corregirse con una reforma que verdaderamente adecuara las instituciones públicas a la realidad democrática del país. Con todo, la reforma también incluye algunos elementos que podrían promover la consolidación democrática.

Uno de los aspectos positivos de la reforma es la posibilidad de crear instrumentos que permitan anular una elección si no cumple con criterios mínimos de legalidad. Debido a la reforma, la Constitución ahora contempla la nulidad por excesos en el gasto de campaña, en la compra de cobertura o tiempo en radio y televisión, y por disponer de recursos públicos o de procedencia ilícita. Transitar de la mera posibilidad de que se anulen elecciones bajo estos supuestos a que efectivamente se anulen depende de la legislación secundaria, donde las orientaciones generales establecidas en la Constitución tendrían que traducirse en instrumentos específicos que permitan a las autoridades judiciales declarar nulidades.

La reforma política dista de lo que se requiere para mejorar el funcionamiento de la democracia. Se ha dicho hasta la saciedad que la reelección finalmente aprobada, en la cual los alcaldes y legisladores deben buscar la reelección abanderando al mismo partido que los postuló en los comicios anteriores, desvirtúa el sentido de la reelección: que los ciudadanos puedan premiar o castigar a sus gobernantes con la menor intervención de los partidos. La centralización del control de los procesos electorales en el INE es una regresión para un país que constitucionalmente se asume como federal, además de que no soluciona los problemas institucionales propios de las elecciones.

Entre lo que considero celebrable de la reforma, pendiente aún de especificarse en la legislación secundaria –y que por ello tampoco puede darse por sentado–, destacan las cuotas de género –siempre y cuando sean vistas como acciones afirmativas– y las candidaturas independientes, además de la mencionada elevación a rango constitucional de nuevas causales de nulidad electoral.

Al momento de elaborar cualquier legislación secundaria se corre el riesgo de que no se optimicen las posibilidades que abrió la reforma constitucional. Si la Constitución ahora permite –ojo, permite, no asegura– que el Tribunal tenga dientes afilados para perseguir y sancionar violaciones relativas al gasto, la compra de cobertura o tiempo en medios electrónicos, o el uso de recursos públicos o de procedencia ilícita, los legisladores podrían dotarle solo de unas encías desdentadas que hagan imposible castigar a quienes cometan estas violaciones. Las sanciones aplicadas a quienes han cometido estas prácticas en el pasado, sobre todo económicas, no han disuadido a los partidos de incurrir en ellas, lo que obliga a escalar las penas y reducir la impunidad.

De entrada los legisladores deben aclarar a qué se refiere la Constitución cuando señala que, para ser sancionadas con la nulidad, estas violaciones deben ser “graves, dolosas y determinantes”. ¿En qué situaciones puede hablarse de gravedad?, ¿cómo pretenden los legisladores que el Tribunal observe el dolo, si tiene que ver con las intenciones de los sujetos?, ¿cómo definir si una de estas acciones fue determinante?, ¿determinante para qué?

Según la Constitución podrá declararse nulidad al excederse el gasto de campaña en un cinco por ciento de lo establecido o al comprar cobertura o tiempo en radio y televisión fuera de los supuestos que marca la ley. En los hechos, no se podrá sancionar esto si las autoridades electorales no pueden obligar a los partidos a que transparenten sus finanzas y sus compras de cobertura o tiempo en medios. Actualmente, los partidos transparentan poco y, si llegan a presentárseles problemas con lo transparentado, pueden cambiar la contabilidad. Por otra parte, las autoridades electorales precisan de mayores facultades de fiscalización, con las que puedan indagar en aquello que los partidos no transparenten.

Mención aparte merece la causal de nulidad por utilizar recursos públicos o de procedencia ilícita. Tanto el INE como el Tribunal deben contar con facultades legales, capacidades técnicas y funcionarios profesionales para detectar en las campañas recursos provenientes de actividades criminales o del presupuesto público. Para aquellos sectores de la clase política mexicana prestos a aliarse con el crimen, corresponde a la autoridad electoral impedir que lleguen a ocupar cargos públicos, así como a la PGR proceder penalmente contra ellos. Usar dinero público para fines partidistas o personales es robarle a la sociedad y alguien que robó para llegar al cargo debería estar imposibilitado para asumirlo.

Los legisladores tienen que esmerarse en el “aterrizaje” de la reforma constitucional en leyes secundarias, pues es inadmisible en una democracia que pretende consolidarse que sigan despachando en cargos públicos personajes que llegaron ahí a base de dispendio o, peor aún, financiados por el crimen o con recursos de todos. Se ha hecho en el pasado, con terribles daños sobre la legitimidad de la democracia, y no puede seguirse haciendo en el futuro.

@GermanPetersenC 

Germán Petersen Cortés
Licenciado en Ciencias Políticas y Gestión Pública por el ITESO y Maestro en Ciencia Política por El Colegio de México. En 2007 ganó el Certamen nacional juvenil de ensayo político, convocado por el Senado. Ha participado en proyectos de investigación en ITESO, CIESAS, El Colegio de Jalisco y El Colegio de México. Ha impartido conferencias en México, Colombia y Estados Unidos. Ensayos de su autoría han aparecido en Nexos, Replicante y Este País. Ha publicado artículos académicos en revistas de México, Argentina y España, además de haber escrito, solo o en coautoría, seis capítulos de libros y haber sido editor o coeditor de tres libros sobre calidad de vida.

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