DISCRIMINACIÓN POR DISCAPACIDAD INTELECTUAL

12/04/2012 - 12:00 am


“En México no hay políticas públicas reales y efectivas que garanticen los derechos de las mujeres con discapacidad y menos con discapacidad intelectual”, sostiene el abogado Agustín de Pavía, de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C (CMDPDH), quien actualmente realiza la documentación y el acompañamiento del caso de Regina, una mujer de 37 años de edad con Síndrome de Down quien fue discriminada y maltratada durante un período de hospitalización de 98 días en hospitales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La CMDPDH  presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) al respecto.

Después del maltrato recibido, la pérdida de salud y los gastos excesivos, su hermana Claudia ha tenido que hacerse cargo de toda la familia, de Regina y sus padres de más de 70 años. “Yo tenía una vida, mi hermana y mis papás también”, comenta Claudia.

Ante el evidente fracaso de las instituciones del Estado y algunas organizaciones de defensa de derechos de las mujeres; Agustín de Pavía está dispuesto a demostrar que Regina es una mujer con derechos y que el Estado mexicano está obligado a hacerlos valer.

El primer paso en la estrategia de defensa, explica el abogado, es garantizar la integridad física y mental de Regina, en este sentido se busca que el Estado se haga cargo de una rehabilitación integral con el fin que se tenga un diagnóstico y un plan de rehabilitación concreto realizado por un equipo multidisciplinario. Esto no es una solicitud sino una exigencia del derecho humano a recibir el más alto nivel posible de salud y de rehabilitación integral con el fin de lograr que Regina vuelva a gozar el máximo grado de independencia y autonomía posible.

Sin embargo, si se esperan a que el Estado garantice estos derechos a través de medios jurídicos que no son expeditos, se corre el riesgo de que se siga deteriorando la salud y las condiciones físicas y psicológicas de Regina, por lo que se requiere del apoyo de la sociedad civil para llevar este caso a sus últimas consecuencias.

El derecho a una rehabilitación integral, movilidad personal y calidad de vida es primordial.

El derecho a recibir una rehabilitación integral y efectiva es el derecho de cualquier persona cuando se le genera una discapacidad en cualquier momento durante el transcurso de su vida, esta violación la puede sufrir cualquier persona.

Hasta el día de hoy, Regina no ha recibido una rehabilitación integral tanto en la parte física, ni en la psicológica que considere su condición de mujer con discapacidad intelectual.

Esto ha impedido que ella pueda hablar sobre los hechos ocurridos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para declarar ante el juzgado competente. Además, la presunta negligencia médica ha generado gastos que la familia ha tenido que asumir.

En este sentido, explica De Pavía, se exige al IMSS, a través de la queja ante la CNDH se presente un diagnóstico y plan de rehabilitación para Regina. Aunado a lo anterior, se le pide que proporcione un servicio de transporte accesible confiable para acudir a las terapias necesarias.

Se exige también que proporcione los apoyos técnicos y humanos para garantizar la movilidad de Regina; hasta hoy son los familiares -como es la regla general en situaciones similares en México- quienes buscan y adquieren una silla de ruedas, y una grúa de desplazamiento y que piden ayuda de vecinos y otras personas para que pueda salir a la calle con el fin de que continúe con su vida.

La omisión del Estado en proporcionar estos servicios de forma gratuita ha obligado a los familiares a gastar miles de pesos en estos bienes y servicios además de otros productos de salud para garantizarle a Regina una vida digna.

 

98 DÍAS DE VEJACIÓN Y MALOS TRATOS EN EL IMSS

Antes de que la salud de Regina se deteriorara, como hija de derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la llevaban a consultas médicas y revisiones periódicas a clínicas de esa institución, donde era atendida de las afectaciones propias de las personas con Síndrome de Down, como alteraciones del desarrollo, de la tiroides, de vías respiratorias y del corazón.

En marzo de 2010 enfermó gravemente. Tenía dificultades para respirar y en una clínica del IMSS le diagnosticaron faringitis, un mal diagnóstico que la llevó a empeorar su estado. Regresó al hospital días después con fiebres altísimas y el rostro amoratado por la dificultad para respirar. Su hermana Claudia relata así la atención que recibieron del médico en turno de la sala de urgencias: “El médico, sin el menor tacto nos dijo frente a ella, esto es el final, tiene cardiopatía, tiene neumonía, no hay nada qué hacer”. El golpe fue tremendo, incluso para Regina, pues entendió las palabras del doctor. Les recomendó llevársela en un taxi a un hospital porque no había ambulancias.

De esa forma, empezó una pesadilla de 98 días de hospitalización. “Ningún doctor les hablaba de las implicaciones físicas o psicológicas del tratamiento que iban a aplicarle para combatir la neumonía”. Todo el personal discriminaba: médicos, residentes, enfermeras, directivos del hospital argumentando que Regina a sus 35 años ya había vivido lo suficiente, peor aún, “ya está viviendo demás”, comentaban.

Claudia llegó a preguntarles: “¿Cómo reciben a una persona con Síndrome de Down si no saben atenderla?, la respuesta fue: “Señora, el IMSS fue creado para trabajadores”. En otras palabras, Regina no representa a la fuerza laboral, no trabaja, es derechohabiente de segunda. Discriminación reiterada.

Pero esto quizás no era lo peor. Reconocían que era una persona con Síndrome Down; sin embargo, se negaban a aceptar las súplicas de la familia para que les permitieran acompañarla y explicarle en todo momento lo que estaba sucediendo. Para el personal del hospital, la hermana y la mamá de Regina no tenían derecho a un pase de 24 horas para ser las intérpretes de Regina, y argumentaban que lo solicitado era un “privilegio”, no un derecho.

“No cuidaban su integridad como mujer con discapacidad sujeto de derechos; sólo pensaban en mantenerla viva en las condiciones que fuera”, sostiene Claudia. Esta situación aumentó la vulnerabilidad de Regina. Por desgracia esa falta de sensibilidad y de criterio por parte de la institución, tuvo consecuencias graves. Derivó en la negligencia y conductas en perjuicio de la joven con Síndrome de Down. Por esa razón Claudia envió cartas con su queja a las oficinas de la Presidencia de la República, a la atención del presidente Felipe Calderón, a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) y al Consejo Nacional para prevenir la Discriminación (Conapred).

El 10 de mayo cuando vieron que ya podía respirar mejor, empezaba a comunicarse más con su hermana y su mamá, fueron informadas de que la llevarían a otro piso a practicarle una tomografía y también les negaron el derecho a acompañarla.

Cuando les permitieron volver a verla, Regina era otra: su deterioro era evidente, estaba sedada, había perdido el avance de días anteriores. Cuando Claudia cuestionó a los médicos, uno de ellos atinó a decir: “Es que se nos cayó… digo,… se nos cayó el tratamiento”. Nunca fueron informadas realmente de lo que había pasado. Varias semanas después y en otro hospital del mismo IMSS supieron que Regina había tenido un infarto cerebral, el cual no les había sido informado en el momento que ocurrió.

Claudia notó que Regina tenía moretones en ambas piernas, buscando consejos con sus allegados fue advertida: “Tu hermana pudo haber sido víctima de abuso sexual”.

Cabe anotar que a Regina la dieron de alta el 6 de julio de 2010 porque la neumonía había sanado e hicieron todo para deslindarse de cualquier responsabilidad.

“¿Qué hace un ciudadano común, como yo y sin palancas?”, exclama Claudia ante la falta de acceso a la justicia y de mecanismos de defensa de derechos para personas, en especial de mujeres, con discapacidad.

Finalmente, buscó en internet la forma de presentar una queja ante la CNDH y el CONAPRED; le aterraba tener que levantar un acta en el Ministerio Público y como dice ella: “Que un estúpido agente re victimizara a mi hermana”.

“A las dos de la tarde hice la denuncia a la CNDH y a las once de la noche teníamos una visitadora. Mi hermana gritaba, como defendiéndose, en los días posteriores a la vista del médico legista. La segunda vez que fue la visitadora me dijo que tenía que presentar la denuncia al Ministerio Público.” Pero el reporte de la CNDH no fue congruente, la visitadora asentó que los moretones eran por efecto de los anticoagulantes. “La intervención de la CNDH sirvió para transferirla a un hospital de mayor nivel donde finalmente supieron atender una neumonía, pero no sirvió de nada para hacer valer los derechos de mi hermana como mujer con discapacidad intelectual”, comenta Claudia.

 

ACCIONES PRESENTADAS POR LA CMDPDH

Se sigue en espera de que IMSS conteste la queja presentada ante la CNDH por la CMPDH, para que se garantice el derecho a la rehabilitación y la movilidad de Regina como una medida inmediata.

Asimismo y con independencia de las acciones que realicen o no los mecanismos de defensa y promoción de Derechos Humanos nacionales, las dependencias penales, y las acciones legales que procedan presentadas por la CMDPDH, el abogado Agustín de Pavía advierte que se documentará el caso para ser presentado ante los Relatores de Derechos Humanos, el  Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Libertad Hernández / dis-capacidad.com
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