México

El “Quién es Quién en las Mentiras” del 7 de julio fue para ayudar a Morena: TEPJF

10/09/2021 - 8:13 am

El TEPJF consideró que el uso de las conferencias matutinas con fines de promoción de una opción política ante la opinión pública vulnera el modelo de comunicación política.

Ciudad de México, 10 de septiembre (SinEmbargo).- La sección “Quién es Quién en las Mentiras de la Semana” de la conferencia de prensa matutina del Presidente Andrés Manuel López Obrador, realizada el  7 de julio, hizo promoción a Morena, lo que representó un uso indebido en tiempos de televisión y recursos públicos, determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El TEPJF concluyó que hubo una adquisición indebida de tiempos de televisión y del uso de recursos públicos por parte del Presidente de la República, los titulares del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie) y de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, la Directora de Área adscrita a dicha coordinación, Ana Elizabeth García Vilchis y Morena, por el monitoreo realizado por el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)  y su cobertura específica sobre Morena en el marco del proceso electoral 2020-2021.

La mayoría del pleno consideró que estas manifestaciones tuvieron como objetivo inicial plantear en un espacio oficial de comunicación una asimetría en el trato noticioso que algunos medios le dieron a algunos partidos durante la campaña electoral que culminó el 6 de junio, en la que se renovó la Cámara de Diputados y se considera la más grande de la historia por el número de cargos elegidos y su número de electores.

La decisión del Tribunal consideró que se incurrió en apreciaciones subjetivas con el fin de exponer que la cobertura periodísticas buscó afectar a Morena frente a otros partidos, las cuales no constituyeron mecanismos de comunicación gubernamental puesto que no se presentó información vinculada a la actual administración pública ni datos para el ejercicio de los derechos de la ciudadanía, por lo que se acreditó la adquisición indebida de tiempo en radio y televisión en favor de dicha institución atribuida al mandatario y a sus funcionarios, así como a Morena.

El Tribunal ordenó darle vista a la Presidencia y a su órgano de control interno de información, con la finalidad del cumplimiento del fallo, que dicte la sanción correspondiente en un plazo de 30 días hábiles.

Asimismo, el TEPJF solicitó a la Coordinación de Comunicación Social eliminar todas las expresiones de la conferencia matutina que constituyeron las conductas sancionadas de las cuentas oficiales de Facebook y Twitter, de los medios digitales de difusión como YouTube y Spotify, así como el sitio de internet oficial, todos del Gobierno de México.

El Magistrado presidente Rubén Jesús Lara Patrón emitió voto particular considerando que dicha conducta no fue un posicionamiento en favor de Morena ni de algún otro actor político, sino que únicamente se trató de la difusión de información, planteamientos y opiniones relacionadas con un supuesto trato desigual entre partidos políticos de acuerdo a menciones hechas por diversos periodistas y medios de comunicación, pero sin que por ello se actualicen las infracciones.

Por su parte, el Magistrado Luis Espíndola Morales, ponente del asunto, hizo un voto concurrente en el que señaló que se debía haber emitido un exhorto al Presidente de la República y a los funcionarios involucrados para limitarse al modelo constitucional de comunicación política dada la existencia de un reciente criterio de la Sala Superior en el que confirmó una determinación similar.

en Sinembargo al Aire

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