SCJN atrae amparo sobre matrimonio entre personas del mismo sexo

06/06/2012 - 5:30 pm

México, 6 Jun. (Notimex).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó atraer un amparo contra la negativa del Registro Civil de Villa de Etla, Oaxaca, a celebrar un matrimonio entre dos personas del mismo sexo.

En la solicitud de Facultad de Atracción 125/2012, se refiere que dos hombres presentaron su solicitud de matrimonio, lo cual se declaró improcedente en virtud de que el Código Civil de Oaxaca sólo prevé el matrimonio entre un hombre y una mujer.

Sin embargo, los inconformes interpusieron juicio de amparo, en el que su argumento central es que la legislación civil de esa entidad transgrede el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación por razones de índole sexual.

El juez de Distrito negó el amparo respecto al oficio y sobreseyó respecto a la omisión legislativa; sin embargo, los quejosos interpusieron el recurso de revisión que se solicitó atraer por la Primera Sala de la SCJN.

En sesión pública, la Primera Sala de máximo tribunal del país mencionó que sin prejuzgar el fondo del asunto se estará en posibilidad de analizar, entre otras cuestiones, si los amparos promovidos antes de que entrara en vigor la reforma al Artículo 103 Constitucional son o no procedentes contra omisiones legislativas.

Por otra parte, también se estará en posibilidad de analizar el cómo se deben proteger los derechos a la igualdad, identidad y no discriminación en razón de la preferencia sexual y, por supuesto, el alcance a la protección de la familia contenida en el Artículo 4 Constitucional.

La SCJN podrá determinar si el Artículo 30 Constitucional sólo alude al matrimonio de parejas heterosexuales o no hace restricción al respecto, y de ser así, si ello trasciende o no a la protección que brinda a la familia el citado artículo constitucional.

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