Para el investigador de la Universidad de Columbia, Edgardo Buscaglia, en el nuevo marco legal anticorrupción que se discute hace falta que se incluyan mecanismos de vigilancia ciudadana y técnica sobre las nuevas instituciones. Sobre todo, en la nueva Fiscalía General, cuya autonomía deberá estar garantizada desde los procesos de postulación y selección de candidatos hasta el monitoreo de su trabajo como titular del Ministerio Público: “Ninguna postulación que venga ni del Poder Ejecutivo ni del Legislativo va a tener un mínimo de legitimidad para poder considerarla autónoma. Así de mal están las cosas…”, alertó en entrevista con SinEmbargo.
ADEMÁS
Ciudad de México, 28 de diciembre (SinEmbargo).– En el tránsito de México a la democracia, el combate a la corrupción fue finalmente colocado este 2016 el centro de la discusión política. El pasado 5 de junio, por ejemplo, de acuerdo con el análisis de los partidos, motivó el “voto de castigo” a los partidos en el poder en estados cuyos hoy ex mandatarios estaban acusados de este tipo de abusos, como Chihuahua, Veracruz o Quintana Roo, entre otros.
Fue también el año de publicación de la nueva Ley General del Sistema Nacional Anti-corrupción, que obliga la coordinación de al menos siete entidades en contra de estos delitos: la Auditoría Superior de la Federación, la Fiscalía Especializada en Combate a la Anticorrupción, la Secretaría de la Función Pública, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el Instituto de Acceso a la Información Protección de Datos Personales, el Consejo de la Judicatura y un miembro del Comité de Participación Ciudadana.
Y fue, también, el año en el que al reclamo de las organizaciones de la sociedad civil le siguió la eliminación de un artículo que daría al cuestionado abogado priísta Raúl Cervantes Andrade, actual Procurador General de la República, pase automático para ser nombrado el próximo Fiscal de la nación.
Pero el camino hacia un efectivo combate al abuso de poder político es todavía largo para México, dice el académico e investigador de la Universidad de Columbia, Edgardo Buscaglia.
Hace falta que el nuevo marco legal anticorrupción que se discute incluya, dice, mecanismos de vigilancia ciudadana y técnica sobre las nuevas instituciones.
Sobre todo, insiste Buscaglia, sobre la nueva Fiscalía General, cuya autonomía no llegará por nomenclatura, sino que debe estar garantizada desde los procesos de postulación y selección de candidatos hasta el monitoreo de su trabajo como titular del Ministerio Público.
“Las democracias modernas, todas, tienen redes de auditores de sociedad civil que cubren al sistema Judicial; a jueces, fiscales, policías, donde auditan al sistema de administración de justicia penal”, dice Buscaglia en entrevista.
“En Alemania, en Estados Unidos se llama CourtWatch, y esa capacidad de auditoría de la sociedad civil en México no existe; es un vacío de Estado, en el que no se regula la capacidad auditora de la sociedad civil. Eso tendría que estar proponiendo la sociedad civil mexicana ahora para el caso del Fiscal General: establecer una capacidad auditora de sociedad civil por ley, aprovechando esta reforma para auditar a los agentes del Ministerio Público y al Fiscal General”, agrega el también autor de títulos como Lavado de dinero y corrupción política: el arte de la delincuencia organizada y Vacíos de poder en México: el camino hacia la seguridad ciudadana, entre otros.
ADEMÁS
–En México se pospuso la discusión sobre el Sistema Nacional Anticorrupción. ¿Cuál es tu análisis de todo el proceso?
La experiencia internacional, que es la única que me da fundamentos para lo que recomiendo, es bastante clara: en países donde las instituciones del Estado adolecen de niveles de confianza paupérrimos, como es el caso de México, o como era el caso de Guatemala o el de Colombia o el de Italia, lo que tienes es que se necesitan instituciones adecuadas para que los fiscales sean, primero, autónomos en la práctica y no solamente en el texto de la Constitución, e instituciones mucho mas fuertes que las que uno observa en países con una tradición de Estado de Derecho y de democracia, como Francia, Alemania o de Estados Unidos, que no necesitan instituciones tan restrictivas para el nombramiento de sus fiscales generales.
En el caso de países donde han sido ampliamente penetradas sus instituciones del Estado, como es el caso de México, lo que necesitas es separar el mecanismo. Una de las características de los casos de éxito es separar el nombramiento y la nominación, la postulación del Fiscal general, separar los candidatos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
–¿Quién lo nombraría?
Tendrías que tener una comisión de postulación, de tres o cuatro candidaturas que después se lleven al Senado, y que esa comisión no esté formada por representantes del Estado, sino que deben ser dos o tres representantes de asociaciones de víctimas, dos decanos de Derecho, un presidente de la barra de abogadas, pero que tuviera dientes, no como en México, que no tienen ningún tipo de control de calidad sobre la calidad de sus abogados; pero en los países donde sí existe una barra de abogados fuerte, como Argentina, ahí tiene mucha influencia en la selección de postulaciones. ¿A qué me refiero? A las listas iniciales de candidatos, que tiene que estar elevada por una comisión constitucional de postulación, que revisen tres o cuatro candidaturas. Y una vez que estas tres candidaturas se elevan al Senado, se tienen que sujetar a lo que indique la Ley Orgánica de la Fiscalía General, en cuanto a los requisitos de los candidatos, que tienen que ser abogados, sin antecedentes penales, con ciertas características. Y luego el Congreso en pleno tiene que evaluar a estos tres candidatos, no sólo el Senado, aunque después las dos terceras partes del Senado sean las que tienen que votar. Es decir, que se le tiene que dar también una capacidad a la Cámara de Diputados para que puedan emitir juicios sobre las precandidaturas, pero no pueden empezar a incorporar amigos o a “carnales”, como le dicen en México, o a otros candidatos que envíe el Presidente o que envíe el Senado. Entonces sí, ahí sí, si quiere Cervantes someterse a la postulación de esa comisión de sociedad civil, que vaya y que le den una oportunidad. Pero tendría que pasar por ahí.
Ninguna postulación que venga ni del Poder Ejecutivo ni del Legislativo va a tener un mínimo de legitimidad para poder considerarla autónoma. Así de mal están las cosas y así de mal estaban las cosas en Italia, en Colombia y en Guatemala.
Entonces, hay que separar la postulación, hay que eliminar ese ‘pecado original’ del postulado, que es el quién te postula. Ya el hecho de que te postule alguien de los partidos, ya eso implica una mancha en la imagen y, por tanto, hay que eliminarlo.
–¿Qué detalles te han llamado la atención de la discusión?
Ante todo, la sociedad civil, felicidades. La sociedad civil, que al menos yo veo, se movió ante lo de Cervantes y forzó al Presidente a recular, y eso es bueno y hay que felicitar y acreditar esa reacción. No llevaron millones a las calles, como hicieron en Italia o como hacen en los países realmente democráticos, pero digamos que es mejor que nada.
Pero cuando veo las conferencias, no se animan a forzar estas mejores prácticas internacionales, como la que acabo de mencionar, que darían un rol a la sociedad civil a través de la comisión de postulación (del futuro Fiscal), técnica, que tiene que estar constitucionalmente establecida. Eso es lo que tendría que estar proponiendo la sociedad civil mexicana para que las postulaciones, los nombres, surjan de la sociedad.
Después de esto, olvídate por un minuto del Fiscal, tienes que tener una ley orgánica de agentes del ministerio público, que establezca un servicio civil de carrera totalmente autónomo, como el que establece la colombiana, un servicio civil de carrera fuerte, que reevalúe a todos los miembros de la PGR [Procuraduría General de la República] y de las fiscalías de los estados; que los someta a mecanismos de evaluación, de exámenes, nuevamente para ver quién puede pasar o no estos aspectos técnicos para que puedan seguir o no trabajando en las fiscalías o ministerios públicos, pero tiene que haber un servicio civil de carrera, con mecanismos de nombramiento, mecanismos disciplinarios.
En cuanto a éstos, la sociedad civil tiene que estar también involucrada a través de una comisión en la que no sean sólo inspectorías internas las que decidan si a alguien se le remueve como agente del ministerio público, sino que también tiene que haber una comisión auditora de sociedad civil, que a través de denuncias sociales o de víctimas se pueda evaluar los casos de agentes del ministerio público acusados de corrupción o de diferentes tipos de faltas. Ese tipo de mecanismos todavía no están propuestos en la Ley General Orgánica del Ministerio Público; por tanto, los requisitos de nombramiento y remoción a través de comisión de sociedad civil y de una inspectoría interna no están ni siquiera propuestos.
ADEMÁS
Edgardo Buscaglia explicó que este tipo de inspectorías internas deben realizar revisiones patrimoniales al azar. Sin embargo, alertó, que como en el caso de la Ley Tres de Tres, no basta con que se presenten las declaraciones patrimoniales, además aún se tienen que someter a auditorías esas declaraciones.
“Estas auditorías además tienen que estar financiadas autónomamente, no sujetas al nombramiento del Fiscal General. Las democracias modernas, todas, tienen este tipo de redes de auditores de sociedad civil que cubren al sistema judicial, a jueces, fiscales, policías, donde auditan al sistema de administración de justicia penal. En Alemania, en Estados Unidos se llama CourtWatch, y esa capacidad de auditoria de sociedad civil en México no existe; es un vacío de Estado, en el que no se regula la capacidad auditora de la sociedad civil”, agregó.
En el caso del futuro Fiscal General, consideró el investigador, la propuesta desde la ciudadanía debe proponer que se establezca “una capacidad auditora de sociedad civil por Ley, aprovechando esta reforma para auditar a los agentes del Ministerio Público y al Fiscal General”.
“Después tienes el tema de los órganos de control de la Fiscalía General por parte del Poder Legislativo. El control técnico de los órganos autónomos está ausente en el Legislativo, donde podría haber un proceso de comparecencias no anual, como sugirió un Senador, no: todos los meses, el Fiscal General tendría que comparecer ante una comisión técnica de control del Poder Legislativo, a la que le dé cuentas investigación por investigación para ver si cumplen con el orden jurídico vigente y con convenciones de Derechos Humanos”, precisó.
Buscaglia destacó que este tipo de comparecencias técnicas ya son implementadas en Francia, España y Estados unidos.
“Cada investigación del FBI hay una subcomisión del Congreso norteamericano que la evalúa a través de un plantel técnico de servicio civil de carrera que se llama el Congressional Research Service, que son empleados sujetos a un servicio civil de carrera, que están detrás de las comisiones de Congreso, para que cuando el director del FBI vaya mensualmente a comparecer ante la subcomisión –a puerta cerrada o abierta, dependiendo de la causa– el punto es que tiene que dar cuentas técnicamente hablando ante la subcomisión del Congreso. Claro, envía el reporte una semana antes para que los legisladores lo puedan evaluar con la ayuda técnica del plantel de servicio civil de carrera”, ejemplificó.
El académico puntualizó que este tipo de control técnico Legislativo es necesario en toda democracia, para que ésta pueda llamarse así. Alertó que es preciso que la evaluación debe ser legislara desde ahora para que se establezca dentro del marco jurídico para el nombramiento del Fiscal General.
Señaló que “los países que han tenido resultados positivos en sus nuevas fiscalía autónomas han tenido fiscales autónomos sometidos a una comparecencia técnica mensual, en la que cada investigación es evaluada por las subcomisiones del Congreso”.
“Eso es ciencia ficción en el congreso de México. Pero voy a poner un ejemplo: en Uruguay y en Colombia, la comisión del Congreso que se dedica a hacer comparecer al Fiscal le exige que, en cada investigación por delincuencia organizada o asociación ilícita, que presente cinco investigaciones paralelas para abarcar a toda la red criminal, sea caso de corrupción política o sea caso de delincuencia económica privada. Ahí te das cuenta por qué funciona; no porque se llama autónoma, sino porque el Congreso exige que esas cinco investigaciones también estén: la penal, financiera, patrimonial, tributaria y la investigación por extinción de dominio, que en México es otra simulación”, destacó.
Finalmente, el investigador consideró que “con ese monitoreo legislativo ya encuentras una presión para que la Fiscalía funcione. No por ser autónoma va a funcionar; no es una panacea la palabra “autónoma”, por más que el Fiscal sea nombrado autónomamente, tienes que asegurarte que el monitoreo sea técnico”.