Ciudad de México, 30 de enero (SinEmbargo).– La esperanza de encontrar justicia en México se ha terminado para los padres de los 43 normalistas de Ayotzinapa. Su objetivo ahora es buscar la justicia que les es negada, en instancias internacionales.
Los hechos e investigaciones han confirmado a los padres de los normalistas que el delito contra sus hijos se llama “desaparición forzada” y, por tanto, estarán el próximo 2 de febrero en Ginebra para presentar el Informe Ayotzinapa en el contexto de la evaluación de México ante el Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas, durante el examen que realiza al Estado mexicano en su octava sesión.
“La desaparición de 43 jóvenes estudiantes significa una profunda herida para la sociedad mexicana, que anuncia peores atrocidades si es que no se logra construir como un verdadero punto de inflexión respecto de la indiferencia gubernamental y social ante las desapariciones forzadas”, dice el informe elaborado por los representantes de las víctimas, el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, el Centro Regional de Defensa de los Derechos Humanos José María Morelos y Pavón AC, la Red Guerrerense de Organismos Civiles de Derechos Humanos y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, AC (Centro Prodh), detalla con precisión las omisiones y errores cometidos por la Procuraduría General de la República en su investigación sobre el crimen de Ayotzinapa, el cual consideran un “crimen de Estado”.
El delito de desaparición forzada, es un delito supone la violación de múltiples derechos humanos. De acuerdo al derecho internacional constituye además un crimen permanente, de lesa humanidad, imprescriptible.
Para los padres de los normalistas, sus hijos sufren el delito de desaparición forzada, un crimen que inicia con la privación de la libertad por agentes del Estado o bien, grupos o individuos que actúan con apoyo del Estado. Es un delito que se caracteriza por la negativa del Estado de reconocerlo para no permitir el acceso a la justicia.
La desaparición forzada sucede para favorecer la impunidad de los responsables, con el objetivo de intimidar o aterrorizar a una comunidad, un colectivo o un grupo social.
“El caso Ayotzinapa muestra que en México las investigaciones por desaparición forzada no se inician ni inmediatamente ni por de manera oficiosa, con lo que frecuentemente se dejan pasar momentos decisivos para el esclarecimiento de los hechos. En el caso, pese a que desde la noche del 26 de septiembre había indicios sobre la desaparición forzada de 43 jóvenes estudiantes, las investigaciones iniciales no fueron por la desaparición sino por los homicidios; de hecho, ante la ausencia de una investigación oficiosa por las desapariciones, los familiares tuvieron que presentar las denuncias para que se abrieran los expedientes respectivos. También muestra el caso Ayotzinapa que las búsquedas en vida no inician inmediatamente. Sólo hasta que los familiares lo exigieron se iniciaron búsquedas por parte de las fuerzas policiales, al margen de las investigaciones criminales; como en la gran mayoría de los casos, las autoridades del Estado mexicano relegaron la búsqueda de los desaparecidos frente a la detención de los probables responsables. De hecho, las primeras brigadas de búsqueda fueron organizadas por las propias familias y sus representantes”.
En 22 páginas, el informe exhibe la incapacidad del gobierno de Enrique Peña Nieto para atender la magnitud de la tragedia en torno a la desaparición forzada de los 43 estudiantes, su tardía reacción y los vacíos sobre la legislación en materia de desaparición forzada que existen en México.
“El caso Ayotzinapa muestra que el Estado Mexicano no es capaz de erradicar la desaparición forzada y que el país se enfrenta hoy una grave crisis en esta materia. Entre otras cosas, la desaparición de los 43 estudiantes evidencia la insuficiencia del marco jurídico; las faltas de claridad sobre aspectos de competencia y jurisdicción en materia de desaparición forzada; la inexistencia de mecanismos de búsqueda inmediata en vida; las limitaciones de la Unidad de Búsqueda de PGR [Procuraduría General de la República]; la ausencia de una involucramiento sistemático de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en materia de desaparición forzada; la insuficiencia de los datos estadísticos sobre denuncias y sentencias en materia de desaparición forzada; los defectos de la legislación estatal en materia de desaparición forzada; la irrelevancia real de los protocolos para las investigaciones en materia de desaparición forzada; las fallas del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas; el insuficiente registro de las detenciones; la nula incidencia de la formación pública en materia de derechos humanos; el fracaso de la justicia transicional; el rezago práctico en el respeto a los derechos de las víctimas; las deficiencias de los servicios periciales; y la falta de debida diligencia en las investigaciones”.
El texto, ofrece los hechos y la información básica sobre el caso Ayotzinapa, los antecedentes y narra con detalle lo sucedido el 26 y 27 de septiembre en Iguala, Guerrero.
Critica severamente a la Comisión Ejecutiva de Antención a Víctimas (CEAV) y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por no actuar a tiempo en apoyo a las víctimas:
“El caso Ayotzinapa muestra que la labor de la CNDH no ha sido relevante frente a la crisis de desapariciones. El primer acercamiento del Ombudsman Nacional se dio hasta diciembre de 2014, en el contexto del relevo en dicha institución, sin que antes se diera ningún gesto de cercanía desde el más alto nivel de ese organismo. Por otro lado, la propia CNDH ha referido dificultades para acceder a las investigaciones de PGR, cuestión que en casos de esta índole se presenta recurrentemente y que demuestra la debilidad estructural del sistema Ombudsman frente al sistema de procuración y administración de justicia. Finalmente, pese a que se ha ventilado en los medios de comunicación la posibilidad de que algunos de los detenidos hayan sido torturados, la CNDH no ha anunciado el inicio oficioso de un expediente de queja para investigar estas violaciones. El caso Ayotzinapa muestra también que de nada han servido las reformas mediante las que se facultó a la CNDH para realizar investigaciones especiales por violaciones graves a derechos humanos; en efecto, la primera vez que se empleó esa facultad fue en un caso que también involucró a estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa. No obstante, el empleo de tal facultad no sirvió para revertir la impunidad que cobija hasta al día de hoy a las autoridades que ejecutaron extrajudicialmente a dos estudiantes, impunidad que desde luego fue uno de los factores que incentivó los ataques contra los jóvenes el 26 de septiembre”.
Luego, muestra las acciones del Estado Mexicano frente a la desaparición forzada de los 43 normalistas, o más bien, la falta de acción y de “capacidad”, así como la “tardía” reacción del gobierno federal.
“El caso Ayotzinapa comprueba de forma contundente que el marco jurídico es insuficiente y que las autoridades ignoran por completo la Convención: tras la desaparición forzada de los 43 estudiantes, ninguna persona enfrenta un juicio penal por el delito de desaparición forzada; más aún, ninguna autoridad mexicana ha usado o invocado la Convención en resoluciones jurídicas vinculadas con la persecución y el juzgamiento de este delito. Los cargos penales presentados a raíz de este caso se han encuadrado bajo la figura del “secuestro” y la Convención ha sido, para las autoridades mexicanas, por entero irrelevante en el tratamiento legal del más grave caso de desaparición de la historia nacional”.
El informe plantea la exigencia aún de un auténtico “plan de búsqueda en vida” que lamentablemente solo han desarrollado los propios padres y otros grupos de la sociedad civil, sin las autoridades.
Exige también la investigación profunda de los hechos y las medidas de atención a las familias victimizadas y la urgente necesidad de las medidas cautelares solicitadas a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El texto analiza detalladamente el delito de desaparición forzada en torno al caso Ayotzinapa, el marco jurídico, la competencia y jurisdicción sobre este delito en la Convención para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
El Informe Ayotzinapa es un alegato a favor de todas las miles de víctimas de desaparición forzada que existen en México y que el Estado ha abandonado a su suerte y una critica sobre los protocolos nada efectivos para las investigaciones en torno a este delito.
“La revisión que realizará el Comité ocurre en un momento particularmente significativo para evidenciar la enorme deuda de México en materia de desaparición forzada; igualmente, la constitución de un Grupo Interdisciplinario de Expertos y Expertas Internacionales, en el marco de las medidas cautelares ordenadas por la CIDH [Comisión Interamericana de Derechos Humanos], puede permitir una revisión a fondo de las falencias [fallas] estructurales del Estado Mexicano en la prevención, investigación y procesamiento de las desapariciones”.
Sobre la impunidad que cubre el crimen contra los 43 normalistas, explica:
“El caso Ayotzinapa muestra la inexistencia de figuras adecuadas para separar de sus funciones a autoridades potencialmente involucradas en el caso e incluso la incapacidad del Estado para emplear figuras procesales que impidan la fuga de autoridades potencialmente involucradas. Así por ejemplo, el Secretario de Seguridad Pública de Iguala, superior jerárquico de los policías de Iguala, compareció a declarar ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero prácticamente inmediatamente después de los hechos y pese a ser evidente su responsabilidad, no se generó ningún mecanismo para vigilar que no se evadiera de la acción de la justicia. Hoy en día sigue prófugo, sin que el Estado sea capaz de hacerle comparecer ante la justicia”.
Para los organismos de derechos humanos que acompañan a los padres de los 43 normalistas, está claro que no hay voluntad política de proporcionar el acceso a la justicia a las víctimas.
“La desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa pone en evidencia que la conceptualización del aumento exponencial de las desapariciones forzadas en México como un desafío y no como la profunda y generalizada crisis de derechos humanos que es, acompañada de una generalizada tolerancia frente a esta práctica, ha generado condiciones propicias para que las desapariciones no sólo sigan sucediendo, sino que incluso empiecen a tener un carácter masivo como lo acredita la comisión de este crimen contra 43 jóvenes en un solo hecho atroz. En ese sentido, el caso Ayotzinapa demuestra que es inexistente “la voluntad y convicción del Gobierno de la República de prevenir y sancionar conforme al derecho internacional el delito de desaparición forzada”.