Ciudad de México, 29 de julio (SinEmbargo).– El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que los gobernadores de Chiapas, Manuel Velasco Coello; de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, y del Estado de México, Eruviel Ávila Villegas, hicieron una promoción indebida de su imagen durante el proceso electoral pasado mediante gacetillas publicadas en medios impresos.
Por mayoría de votos, el INE resolvió que los tres gobernadores incumplieron las medidas cautelares que les ordenó la Comisión de Quejas y Denuncias en diciembre de 2014, al no suspender la publicación de propaganda personalizada (imagen, nombre y logros de gobierno) en medios impresos.
El órgano electoral exhortó a los congresos de esos estados para que determinen las sanciones correspondientes. Las sanciones deberán ser comunicadas al INE en un plazo máximo de 15 días hábiles.
En sesión ordinaria el Instituto Electoral también dio conocimiento de su fallo a la Secretaría de la Función Pública de Chiapas, a la Contraloría General de Veracruz, y la Secretaría de la Contraloría del Estado de México para determinar las sanciones que procedan.
Durante la discusión del punto, Córdova Vianello aclaró que al INE no le corresponde resolver “si ha habido contratación ilegal o no por algún funcionario público”.
Se trata, dijo, de proyectos de resolución que tienen el objetivo de determinar si ha habido incumplimiento o no de medidas cautelares, “y en ese sentido anticipo que coincido con el sentido del proyecto (…) y formación de las medidas que tomen los congresos de los estados respecto de la vista que se les está dando”.
“Creo que la discusión de fondo no es si hubo algún tipo de actuación de los funcionarios respecto a las medidas cautelares que fueron emitidas, sino sobre si las medidas que adoptaron fueron suficientes para dar cumplimiento a la medida cautelar”, concluyó.
El Consejo del INE indicó que ninguno de los mandatarios implementó acciones para evitar la promoción de su gobierno en las gacetillas lo cual, indicó, contravino un acuerdo de la Comisión de Quejas en el que se pidió a los gobernadores no incluir su nombre e imágenes en este tipo de propaganda.
A su vez, el consejero electoral Javier Santiago dijo que en los tres casos “estamos en presencia de un desacato a las medidas cautelares previamente otorgadas, ya fuera por el TEPJF o por la Comisión de Quejas, pero el hecho fundamental es que hay un desacato”.
Recordó que el desacato a un mandato de la Sala Superior del Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación (TEPJF), como máxima autoridad en materia electoral, constituye una violación a los artículos 6° y 134 de la Constitución Política.
Es, además, “una responsabilidad para el servidor público de que se trate, quien al tomar posesión de su cargo rindió protesta comprometiéndose a guardar la Constitución”, detalló.
La presidenta de la Comisión de Quejas, la consejera electoral Adriana Margarita Favela Herrera, consideró que no se realizaron las acciones suficientes para evitar que en los medios impresos se publicaran imágenes o nombres de los gobernadores en las llamadas gacetillas.
“Se ordena dar vista precisamente a los congresos locales para que procedan conforme a derecho, y proceder conforme a derecho sería imponer la sanción correspondiente”, explicó.
La funcionaria electoral resaltó que al INE le corresponde verificar si hay alguna infracción, pero no impone sanciones, eso corresponde a otras autoridades, en este caso a los congresos locales.