En marzo del año pasado se difundió un video que exhibía a Jorge Francisco Pereda Ceballos mientras abusaba de una joven. Tras una denuncia por el delito de violación fue detenido en noviembre. Otras dos órdenes de aprehensión por el delito de pornografía se giraron contra los jóvenes Serafín González García y Oswaldo Rafael Cruz Mateos, hoy prófugos de la justicia. La semana pasada el Juez, José Arquímedes Gregorio Loranca Luna, otorgó un amparo al único detenido al considerar que no se pudo comprobar que la víctima no tenía la capacidad para resistirse al acto sexual.
Por Itzel Loranca
Veracruz, 29 de marzo (SinEmbargo/BlogExpediente).– Bajo el argumento de que la víctima no estaba lo suficientemente ebria como para no oponerse a la relación sexual, un Juez federal otorgó un amparo a Jorge Francisco Pereda Ceballos, acusado de violar a una estudiante de la Universidad del Valle de México (UVM) en Boca del Río.
El caso, denominado por la opinión pública como los “Porkys II”, fue conocido por un video que se difundió en páginas pornográficas y en la red social Facebook.
El 14 de marzo de 2016 la grabación fue conocida por la víctima, quien hasta ese momento desconocía haber sido violada a causa del grado de embriaguez que padeció dos días antes, en la fiesta en la que ocurrió el hecho.
La denuncia, quedó asentada en la causa penal 169/2016 en la que se acusa a José Francisco del delito de violación específica. El joven fue detenido el 12 de noviembre pasado y seis días después, recibió auto de formal prisión.
El imputado solicitó un amparo, que este 23 de marzo le fue concedido por el Juez José Arquímedes Gregorio Loranca Luna, del Juzgado Cuarto de Distrito del Poder Judicial de la Federación (PJF), en Boca del Río. No sólo eso, sino que José Arquímedes Gregorio ordena al Juez Quinto de Primera Instancia que lleva el caso a emitir un auto de libertad en favor de Pereda Ceballos.
El probable responsable del delito de violación podría evitar ser procesado y recibir una pena de hasta 25 años de prisión, como se marca en el artículo 184 del Código Penal del Estado, a quien viole a una persona “que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistir”.
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El Juez Loranca Luna, dentro de los argumentos del amparo concedido, pone en duda que la joven víctima de violación haya sido incapaz de oponerse a la relación sexual, favoreciendo la versión de que se trató de un acto consensuado.
Descalifica el testimonio de la víctima y de un peritaje sobre el video, en el que un médico certifica que la chica se observa en un estado de inconsciencia y debilidad muscular.
“No se acredita a cabalidad […] que la sujeto pasivo carecía de la capacidad para resistir la imposición de la cópula por parte del activo”, sentencia el juez añadiendo que no se alcanza a demostrar que la joven “se encontrara el día de los hechos en un grado tal de intoxicación etílica, que impidiera cualquier tipo de oposición de su parte al acto sexual”.
La familia de la joven advirtió que promoverá un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado, en contra del amparo que podría absolver a Jorge Francisco. Recuerdan que, además, existen órdenes de aprehensión por el delito de pornografía contra los jóvenes Serafín González García y Oswaldo Rafael Cruz Mateos, hoy prófugos de la justicia.
El amparo otorgado a Francisco es similar al que protege desde esta semana a Diego Cruz Alonso, uno de los tres jóvenes acusados como responsables del delito de pederastia y abuso sexual contra la joven Daphne Fernández, cuando ella era menor de edad, en enero de 2015.
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El caso es conocido por la opinión pública como “Los Porkys de Costa de Oro”, en alusión a la posición privilegiada de los presuntos responsables como hijos de empresarios y de un ex Alcalde de Nautla.
Contra Diego, quien fue extraditado de España, se dictó un auto de formal prisión el pasado 23 de enero por la causa penal 83/2016. Sin embargo, el 27 de marzo el juez tercero de distrito del PJF, en Boca del
Río, Anuar González Hemadi, le concedió el amparo 159/2017.
En él se acusa a la fiscalía de no acreditar el estado de indefensión de la víctima y el abuso sexual. El juez añade que en los tocamientos que sufrió la joven “no se observa una intención lasciva ni intención de “copular”, por lo que lo sucedido no se considera un acto sexual ni intención lasciva sino un roce o frotamiento incidental”.
González Hemadi ordena que se dicte auto de libertad a Diego Cruz, lo que ha generado la indignación en Veracruz y a nivel nacional, como muestran redes sociales y artículos de opinión diversos.